Publicaciones de la Sección Suplemento de 16 de Marzo de 2017

AÑO CVIII/ LA PLATA, JUEVES 16 DE MARZO DE 2017 Nº 27.991
D E L A P R O V I N C I A D E B U E N O S A I R E S
S U P L E M E N T O D E 24 P Á G I N A S
D ecretos y Resoluciones
Decretos
________________
DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD
DECRETO 824
La Plata, 15 de julio de 2016.
VISTO el expediente Nº 21.100-228.353/16 y la Ley N° 14.803, su modif‌i catoria, y
Decreto Nº 1.160/04, Decreto Nº 2.232/06, Decreto Nº 10/16, Decreto Nº 359/16, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Provincia de Buenos Aires establece que el despacho de los
negocios administrativos de la Provincia estará a cargo de dos o más Ministros Secretarios,
y una ley especial deslindará los ramos y las funciones adscriptas al despacho de cada uno
de los ministerios;
Que la Ley N° 14.803 determina que el Poder Ejecutivo es asistido en sus funciones
por los Ministros Secretarios, que tendrán a su cargo el despacho de los asuntos de su
competencia establecidos en la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y en la citada
Ley;
Que asimismo prevé la potestad del Poder Ejecutivo de establecer las estructuras
orgánico-funcionales necesarias para el desarrollo de las competencias de cada Ministerio
y demás organismos en ella presentes;
Que el artículo 23 de la citada Ley, establece las funciones del Ministerio de Seguridad,
determinando sus atribuciones y responsabilidades particulares;
Que mediante Decreto Nº 10/16 se aprobó la estructura orgánico funcional del Ministerio
de Seguridad;
Que deviene oportuno y conveniente adecuar la estructura del Ministerio citado
precedentemente, en un todo de acuerdo con los principios de austeridad, ef‌i ciencia
administrativa y modernización, a f‌i n de dar respuesta a las políticas públicas y calidad de
gestión requerida por el Gobierno Provincial;
Que en el Decreto N° 10/16 se omitió la incorporación de veinticinco (25) Inspector
Supervisor de la Unidad de Inspección Operativa con rango y remuneración equivalente a
Director, con dependencia directa del Ministro, con sus correspondientes acciones, por lo
que es oportuno y conveniente la incorporación de los mismos en la estructura organizativa
que por el presente se aprueba;
Que a esos f‌i nes, la cartera referida ha procedido a modif‌i car el Decreto de estructura
organizativa, de conformidad con las exigencias de las respectivas áreas de su competencia;
Que en los casos en los que la unidad organizativa no haya sufrido modif‌i cación alguna,
el funcionario de rango inferior a Subsecretario oportunamente designado que no haya sido
limitado, tramite su limitación, haya renunciado o cesado, se ratif‌i ca su designación en el
cargo;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo
144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DECRETA:
ARTÍCULO 1º. Aprobar la modif‌i cación de la estructura orgánica funcional del Ministerio
de Seguridad, de acuerdo al Organigrama, Acciones, Cambio de Denominaciones,
Supresiones y Absorciones que como Anexos 1, 2, 3, 4 y 5 forman parte integrante del
presente Decreto.
ARTÍCULO 2°. Determinar para la estructura organizativa aprobada en el artículo
precedente los siguientes cargos: UN (1) Subsecretario de Coordinación y Logística
Operativa; UN (1) Subsecretario de Planif‌i cación, Gestión y Evaluación; UN (1) Subsecretario
de Relaciones Institucionales y Comunicación; UN (1) Subsecretario Legal, Técnico
y Administrativo; UN (1) Superintendente General de Policía con rango y remuneración
equivalente a Subsecretario; UN (1) Responsable de la Unidad Ministro con rango y
remuneración equivalente a Subsecretario; UN (1) Auditor General de Asuntos Internos con
rango y remuneración equivalente a Subsecretario; UN (1) Responsable de la Agencia de
Prevención de Violencia en el Deporte (A.Pre.Vi.De) con rango y remuneración equivalente
a Subsecretario; UN (1) Responsable de la Unidad de Comunicación Institucional y Gestión
de Nuevas Tecnologías con rango y remuneración equivalente a Director Provincial;
UN (1) Responsable de la Unidad de Inspección Operativa con rango y remuneración
equivalente a Director Provincial; UN (1) Auditor General Adjunto de Asuntos Internos
con rango y remuneración equivalente a Director Provincial; UN (1) Director Provincial de
Registro y Verif‌i cación de Autopartes; UN (1) Director Provincial de Logística Operativa;
LA PLATA, JUEVES 16 DE MARZO DE 2017 BOLETÍN OFICIAL | PROVINCIA DE BUENOS AIRES
PÁGINA 2
UN (1) Director Provincial de la Central de Atención Telefónica de Emergencia 911; UN (1)
Director General de Coordinación Rural; UN (1) Director Provincial de Suministros; UN (1)
Director General de Recursos Informáticos y Comunicaciones; UN (1) Director Provincial de
Arquitectura Policial; UN (1) Responsable Ejecutivo de la Coordinación General de Policía
Local con rango y remuneración equivalente a Director Provincial; UN (1) Director Provincial
de Planif‌i cación Estratégica; UN (1) Director Provincial de Formación, Capacitación
y Evaluación; UN (1) Director Provincial de Defensa Civil; UN (1) Director Provincial de
Policía Comunal y Prevención Local; UN (1) Director Provincial de Registro de Personas
Desaparecidas; UN (1) Director Provincial para la Gestión de la Seguridad Privada; UN
(1) Responsable Ejecutivo del Programa Integral de Protección Ciudadana con rango y
remuneración equivalente a Director Provincial; UN (1) Responsable de la Unidad Ejecutora
del Programa de Seguridad Ciudadana e Inclusión con rango y remuneración equivalente a
Director Provincial; UN (1) Responsable Ejecutivo de la Comisión Provincial de Guardavidas
con rango y remuneración equivalente a Director Provincial; UN (1) Director Provincial de
Relaciones Institucionales; UN (1) Director Provincial de Relaciones Interjurisdiccionales;
UN (1) Director Provincial de Relaciones con la Comunidad; UN (1) Director Provincial del
Registro y Control de la Comercialización de Bebidas Alcohólicas; UN (1) Director General
de Análisis Informativo; UN (1) Director General de Administración; UN (1) Director General
de Capital Humano; UN (1) Director General Legal y Técnico; UN (1) Director General de
Coordinación y Apoyo; UN (1) Director General de Asistencia Operacional; UN (1) Director
General de Capacitación y Evaluaciones; UN (1) Director General de Auditoría Interna; UN
(1) Director General Legal y Técnico de Auditoría; CUATRO (4) Auditor Sumarial con rango
y remuneración equivalente a Director Provincial; VEINTIOCHO (28) Inspector Supervisor
de la Unidad de Inspección Operativa con rango y remuneración equivalente a Director; UN
(1) Director de Veterinaria y Bromatología; UN (1) Director de Automotores; UN (1) Director
de Protocolos de Comunicación; UN (1) Director de Análisis de las Comunicaciones; UN
(1) Director de Atención de Emergencias; UN (1) Director de Gestión y Coordinación
Administrativa; UN (1) Director de Coordinación y Fiscalización; UN (1) Director de Registro;
UN (1) Director de Suministros y Abastecimiento; UN (1) Director de Análisis y Programación
de Recursos; UN (1) Director de Informática; UN (1) Director de Coordinación de Seguridad
Informática, Control e Innovación Tecnológica; UN (1) Director de Explotación de Datos
y Gestión del Conocimiento; UN (1) Director de Planif‌i cación de Obras; UN (1) Director
Operativo; UN (1) Director de Fiscalización; UN (1) Director de Planif‌i cación; UN (1) Director
de Coordinación y Control de Gestión; UN (1) Director de Ingresos y Desarrollo de Programas;
UN (1) Director de Formación y Estudios de Investigación; UN (1) Director de Capacitación
y Entrenamiento; UN (1) Director de Escuelas de Formación Policial; UN (1) Director de
Operaciones y Asistencia; UN (1) Director de Ceremonial; UN (1) Director de Educación
Civil; UN (1) Director de Policía Comunal; UN (1) Director de Planif‌i cación Operativa; UN
(1) Director de Prevención Local; UN (1) Director de Búsqueda e Identif‌i cación de Personas
Desaparecidas; UN (1) Director de Registro de Personas Desaparecidas; UN (1) Director
de Planif‌i cación y Coordinación de la Seguridad Privada; UN (1) Director de Habilitaciones
de la Seguridad Privada; UN (1) Director de Fiscalización de la Seguridad Privada; UN (1)
Director del Registro de Controladores de Admisión y Permanencia; UN (1) Responsable
Ejecutivo de la Unidad Ejecutora del Programa Integral de Protección Ciudadana con rango
y remuneración equivalente a Director; UN (1) Director de Relaciones con Entes Provinciales
y Nacionales; UN (1) Director de Competencias Municipales; UN (1) Director de Políticas
de Prevención de la Violencia; UN (1) Director de Proyectos y Relaciones Comunitarias;
Un (1) Director de Comunicación; UN (1) Director de Medios y Difusión; UN (1) Director de
Compras y Contrataciones; UN (1) Director de Contabilidad; UN (1) Director de Presupuesto;
UN (1) Director de Liquidación de Haberes; UN (1) Director de Asistencia al Personal Herido
y Familiares de Caídos en Actos de Servicio; UN (1) Director de Desarrollo Profesional y
Coordinación de Análisis de los Recursos Humanos; UN (1) Director de Coordinación de
Actuaciones Sumariales; UN (1) Director Jurídico y Técnico; UN (1) Director de Relaciones
Interadministrativas y Convenios; UN (1) Director de Servicios Técnicos Administrativos; UN
(1) Director de Despacho, Protocolo, Registro y Mesa General de Entradas; UN (1) Director
de Asistencia en Recursos Humanos; UN (1) Director de Situación; UN (1) Director de
Denuncias y Asesoramiento; UN (1) Director de Asistencias en Recursos Logísticos; UN (1)
Director de Operaciones; UN (1) Director de Análisis; UN (1) Director de Apoyo Tecnológico;
UN (1) Director de Programación; UN (1) Director de Capacitación y Planif‌i cación; UN (1)
Director de Monitoreo y Evaluaciones; UN (1) Director de Proyectos; UN (1) Director de
Relatoría; UN (1) Director de Asistencia Técnica y Legal; UN (1) Director de Políticas de
Prevención, Género y Derechos Humanos; CUATRO (4) Director de Delegación de Auditoría
Sumarial; CUATRO (4) Director Administrativo y Logístico; CUARENTA (40) Inspector de
Asuntos Internos, con rango y remuneración equivalente a Director, todos ellos conforme
a los cargos vigentes que rigen en la Administración Pública Provincial Ley Nº 10.430 y su
Decreto Reglamentario Nº 4.161/96 (T.O. Decreto Nº 1.869/96).
ARTÍCULO 3º. Ratif‌i car las designaciones efectuadas mediante los Decretos Nº 55/16 y
Nº 192/16 en las unidades organizativas que, a instancias del presente Decreto modif‌i caron
su denominación y que se listan en el Anexo 3 del presente para su correcta individualización.
ARTÍCULO 4°. Suprimir las unidades organizativas detalladas en el Anexo 4,
transf‌i riendo las respectivas plantas de personal, créditos presupuestarios, patrimonio,
recursos económicos, f‌i nancieros y presupuestarios, según lo establecido en el citado
Anexo.
ARTÍCULO 5º. Modif‌i car la dependencia funcional de las unidades organizativas
según se detalla en el Anexo 5, transf‌i riendo las respectivas plantas de personal, créditos
presupuestarios, patrimonio, recursos económicos, f‌i nancieros y presupuestarios.
ARTÍCULO 6°. Rectif‌i car el Artículo 2º del Decreto Nº 10/16 incorporando
VEINTICINCO (25) Inspector Supervisor de la Unidad de Inspección Operativa con rango
y remuneración equivalente a Director aprobados por Decretos Nº 1.160/04 y Nº 2.232/06¨,
con sus respectivas acciones, plantas de personal nominadas e innominadas, créditos
presupuestarios, recursos económicos, f‌i nancieros y materiales.
ARTÍCULO 7°. Ratif‌i car las designaciones oportunamente efectuadas en el Ministerio
de Seguridad, de todos los funcionarios de rango inferior a Subsecretario oportunamente
designados, en tanto la unidad organizativa a su cargo no haya sufrido modif‌i cación alguna,
o que dicho funcionario no haya sido limitado, tramite su limitación, haya renunciado, cesado
o que por norma específ‌i ca se requiera su ratif‌i cación expresa.
ARTÍCULO 8°. Limitar las designaciones del personal cuyas funciones no se
correspondan con las Unidades Orgánicas que se aprueban por este acto, debiendo
formalizarse tal decisión mediante el dictado de los actos administrativos correspondientes.
ARTÍCULO 9°. Absorber del Ministerio de Justicia la Dirección de Verif‌i cación y Registro
de Autopartes, junto con sus programas, plantas de personal, créditos presupuestarios,
patrimonio, recursos económicos, f‌i nancieros y presupuestarios, conforme al Anexo 5 del
presente.
ARTÍCULO 10. Dejar establecido que hasta tanto se efectúen las adecuaciones
presupuestarias pertinentes, la atención de las erogaciones correspondientes a las unidades
orgánicas transferidas por el presente acto, se efectuará con cargo al presupuesto de origen.
ARTÍCULO 11. Incorporar a la órbita de la Subsecretaría de Coordinación y Logística
Operativa las unidades organizativas transferidas por el Decreto Nº 359/16 con los alcances
allí dispuestos.
ARTÍCULO 12. Establecer que dentro del plazo de ciento ochenta (180) días desde la
vigencia del presente, el titular del Ministerio de Seguridad deberá efectuar la desagregación
integral de la totalidad de la estructura orgánico-funcional, como así también arbitrar los
medios necesarios para la elaboración de las plantas de personal innominadas y nominadas,
con sujeción a la estructura organizativa aprobada por el presente, previa intervención de
los organismos y dependencias competentes.
ARTÍCULO 13. Dejar establecido que durante el plazo f‌i jado por el artículo anterior
mantendrán su vigencia aquellas unidades orgánico-funcionales con nivel inferior a
Dirección oportunamente aprobadas que no fueran modif‌i cadas por el presente.
ARTÍCULO 14. Facultar al Ministerio de Economía para que, a través de las reparticiones
competentes, realice las adecuaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a
lo dispuesto en el presente Decreto, las que deberán ajustarse a las previsiones contenidas
en el ejercicio presupuestario vigente.
ARTÍCULO 15. El presente Decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los
Departamentos de Seguridad, de Coordinación y Gestión Pública, y de Economía.
ARTÍCULO 16. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Of‌i cial, y al S.I.N.B.A.
Cumplido, archivar.
Cristian Adrián Ritondo María Eugenia Vidal
Ministro de Seguridad Gobernadora
Roberto Gigante
Ministro de Coordinación
y Gestión Pública
Hernán Lacunza
Ministro de Economía
ANEXO 1

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR