Publicaciones de la Sección Suplemento de 01 de Marzo de 2017

Nº 27.980
AÑO CVIII/ LA PLATA, MIÉRCOLES 1° DE MARZO DE 2017
SUPLEMENTO DE 16 PÁGINAS
Resoluciones, Compras (Ley N° 14.815)
y Sociedades
Resoluciones
_________________________________________________
Provincia de Buenos Aires
DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN
Resolución N° 69
La Plata, 31 de enero de 2017.
VISTO el Expediente Nº5800-1169864/16, la Ley Nacional de Educación Técnico
Profesional Nº 26.058, la Ley de Educación Provincial Nº 13.688, la Resolución de la
Dirección General de Cultura y Educación de la provincia de Buenos Aires Nº 112, de
fecha 11 de marzo de 2013, la Disposición Conjunta entre la Subsecretaría de Educación
y el Consejo Provincial de Educación y Trabajo Nº 1, del 29 de abril de 2013, y;
CONSIDERANDO:
Que las Prácticas Profesionalizantes son estrategias formativas integradas en la pro-
puesta curricular, con el propósito que los estudiantes consoliden, integren, y amplíen las
capacidades y saberes construidos a lo largo de su trayectoria formativa, cuya organización
requiere de la elaboración de un plan pedagógico enmarcado en el Proyecto Institucional;
Que en este marco, se promueve el desarrollo de prácticas educativas, en empresas,
organismos gubernamentales y no gubernamentales, organizaciones culturales y de la
sociedad civil, que posibiliten a los estudiantes el manejo de tecnologías o brinden el
acceso al mundo del trabajo;
Que la Dirección Provincial de Educación Técnico Profesional, a través de las
Direcciones de la modalidad, son las responsables de aprobar la pertinencia pedagógica
de los planes de prácticas, remitiendo al Consejo Provincial de Educación y Trabajo la
documentación inherente al marco normativo;
Que de acuerdo a la normativa vigente, el Consejo Provincial de Educación y Trabajo
(COPRET), en articulación con las Direcciones de Nivel y Modalidad generan la informa-
ción relativa al desarrollo y evaluación de las prácticas Profesionalizantes, siendo la res-
ponsable de avalar las Actas Acuerdo;
Que se han cumplimentado todos los procesos técnicos y administrativos que deter-
mina la normativa vigente;
Que, la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo
71 y el artículo 122 de la Ley 13.688;
Por ello,
EL DIRECTOR GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN, RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Aprobar las Prácticas Profesionalizantes de Educación Secundaria
Técnica del primer semestre del ciclo lectivo 2016 que como “ANEXO 1” forma parte de
la presente y consta de nueve (9) fojas.
ARTÍCULO 2°. Aprobar las Prácticas Profesionalizantes de Educación Secundaria
Agraria del primer semestre del ciclo lectivo 2016 que como “ANEXO 2” forma parte de la
presente y consta de tres (3) fojas.
ARTÍCULO 3°. Determinar que el Consejo Provincial de Educación y Trabajo (COPRET)
será el organismo responsable de notificar, por la vía que corresponda, a las áreas del
Ministerio de Trabajo de la provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 4°. La presente Resolución será refrendada por el Subsecretario de
Educación de la Dirección General de Cultura y Educación.
ARTÍCULO 5°. Registrar esta Resolución que será desglosada para su archivo en la
Dirección de Coordinación Administrativa, la que en su reemplazo agregará copia autenti-
cada de la misma, comunicar al Departamento Mesa General de Entradas y Salidas, noti-
ficar al Consejo General de Cultura y Educación, a la Subsecretaría de Educación, a la
Dirección Provincial de Educación Técnico Profesional, al Consejo Provincial de
Educación y Trabajo, al Ministerio de Trabajo de la provincia de Buenos Aires, y a quienes
corresponda. Publicar en el Boletín Oficial, dar intervención al SINBA. Cumplido, archivar.
Alejandro Finocchiaro
Director General
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
LA PLATA, MIÉRCOLES 1° DE MARZO DE 2017
PÁGINA 2BOLETÍN OFICIAL | PROVINCIA DE BUENOS AIRES
ANEXO I

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