Publicaciones de la Sección Oficial de 29/06/2023
Fecha de publicación | 29 Junio 2023 |
Sección | Sección Oficial |
AÑO CXIV - Nº 29535 La Plata, jueves 29 de junio de 2023.-
AUTORIDADES
Gobernador Dr. Axel Kicillof
Secretaria General Lic. Agustina Vila
Subsecretaria Legal y Técnica Dra. María Sol B erriel
D E L A P R O V I N C I A D E B U E N O S A I R E S
Domicilio Legal Calle 12 e/ 53 y 54 - Torre II - Piso 7 - La Plata, Pcia. de Buenos Aires Tel./Fax 0221 429.5621 - e-mail info@boletinoficial.gba.gob.ar
www.boletinoficial.gba.gob.ar
Sumario
DECRETOS 3
RESOLUCIONES 20
DISPOSICIONES 61
DISPOSICIONES FIRMA CONJUNTA 70
HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS 71
LICITACIONES 76
COLEGIACIONES 97
TRANSFERENCIAS 97
CONVOCATORIAS 99
SOCIEDADES 104
VARIOS 117
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BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUE NOS AIRES
La Plata > jueves 29 de junio de 2023
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Sección
Oficial
◢ DECRETOS
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETO N° 1060/2023
LA PLATA, BUENOS AIRES
Lunes 26 de Junio de 2023
VISTO el expediente EX-2023-12540228-G DEBA-SSLYTSGG de la S ecretaría General y las Leyes N° 14.111 y N° 15.405,
y
CONSIDERANDO:
Que por Ley N° 14.111 se declaró Sitio Arquitectónico Ambiental -definitivamente incorp orado al Patrimonio Cultur al de la
Provincia de B uenos Aires, en los términos de la Ley N° 10.419 y sus modificatorias- al comprendido por el Hos pital
Interzonal Psiquiátrico “Colonia Dr. Domingo Cabred”, ubicado en la localidad de Open Do or, p artido de Luján, cuyos datos
catastrales son los siguientes: Circunscripción VIII, Parcela 1.88 1a y parcela 1.913a, inscripto su dominio en las Matrículas
32.851 y 32.852 respectivamente;
Que la provincia de Buenos Aires es titular dominial del cita do predio:
Que, posteriormente, por Ley N° 15.405 se desafectó parcialmente de su destino originario un polígono de dieciocho (18)
hectáreas del inmueble detallado en la citada Ley N° 14.111;
Que, asim ismo, se determinó que el predio desafectado se destinará a un proyecto integral de urbanización, que podrá
incluir la construcción de viviend as, equipamiento social, comercial, plantas de potabilización y/o de saneamiento, así como
toda otra obra o edificación necesaria a tales efectos;
Que, finalmente, se autorizó al Poder Ejecutivo a reglamentar los lineamientos y los alcances de lo normad o, delimitando el
polígono que se desafecta y disponiendo todas las medidas pertinentes para la ejecución del referido proyecto integral;
Que, por lo tanto, corresponde en es ta instancia delimitar el polígono de dieciocho (18) hectáreas que fue ra desafectado de
su destino original por Ley N° 15.405;
Que en el predio mencionado se desarrollará un proyecto integral de urbanización en el que intervendrán el Ministerio de
Hábitat y Desarrollo Urbano, el Ministerio de Infraestructur a y Servicios Públicos y el Comité de Cuenca del Río Luján;
Que el citado Ministerio de Há bitat y Desarrollo Urban o tendrá a su cargo la realización, dentro del mencionado proyecto,
de complejos de viviendas comunitarias, colectivas y unifam iliares y de locales comerciales;
Que, por su parte, el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos y el Comité de Cuenca del Río Luján tendrán a su
cargo la construcción de una planta de tratamiento de aguas residuales;
Que, en consecuencia, corresponde en esta instancia delimitar la fracción de terreno en que se emplazará el proyecto
mencionado;
Que, además, se establece que de las viviendas y de los locales comerciales que se construyan tendrán que destinarse 30
(treinta) y dos (2), respectivamente, de acuerdo a las etapas del desarrollo del proyecto, al Ministeri o de Salud, a fin de ser
destinados a proyectos institucionales de adecuación y refor ma de los hospitales neuropsiquiátricos públicos;
Que, de las mencionadas dieciocho (18) hectáreas, catorce (14) hectáreas, treinta nueve (39) áreas, c uarenta y seis con
cuarenta y seis centiáreas (46.46) serán destinadas a la constru cción del complejo habitacional a carg o del Ministerio de
Hábitat y Desarrollo Urbano;
Que la cantidad de tres (3) hectáreas, sesenta (60) á reas, cincuenta y tres con cincuenta y cuatro (53.54) centiáreas serán
destinadas a la construcción de la planta de tratamiento de aguas residuales, a cargo del Ministerio de Infraestructura y
Servicios Públicos y del Comité de Cuenca del Río Luján;
Que corre sponde encomendar al Ministerio de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección de Recursos Inmobiliarios
Fiscales, a realizar, en caso de ser necesario, todas las acciones para proceder a las afectaciones de uso, a fin de cumplir
con lo impuesto por el artículo 2° de la Ley N° 15.405;
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