Publicaciones de la Sección Oficial de 29/06/2023

AÑO CXIV - Nº 29535 La Plata, jueves 29 de junio de 2023.-
AUTORIDADES
Gobernador Dr. Axel Kicillof
Secretaria General Lic. Agustina Vila
Subsecretaria Legal y Técnica Dra. María Sol B erriel
D E L A P R O V I N C I A D E B U E N O S A I R E S
Domicilio Legal Calle 12 e/ 53 y 54 - Torre II - Piso 7 - La Plata, Pcia. de Buenos Aires Tel./Fax 0221 429.5621 - e-mail info@boletinoficial.gba.gob.ar
www.boletinoficial.gba.gob.ar
Sumario
DECRETOS 3
RESOLUCIONES 20
DISPOSICIONES 61
DISPOSICIONES FIRMA CONJUNTA 70
HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS 71
LICITACIONES 76
COLEGIACIONES 97
TRANSFERENCIAS 97
CONVOCATORIAS 99
SOCIEDADES 104
VARIOS 117
Sección
Oficial
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUE NOS AIRES
La Plata > jueves 29 de junio de 2023
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Sección
Oficial
DECRETOS
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETO N° 1060/2023
LA PLATA, BUENOS AIRES
Lunes 26 de Junio de 2023
VISTO el expediente EX-2023-12540228-G DEBA-SSLYTSGG de la S ecretaría General y las Leyes N° 14.111 y N° 15.405,
y
CONSIDERANDO:
Que por Ley N° 14.111 se declaró Sitio Arquitectónico Ambiental -definitivamente incorp orado al Patrimonio Cultur al de la
Provincia de B uenos Aires, en los términos de la Ley N° 10.419 y sus modificatorias- al comprendido por el Hos pital
Interzonal Psiquiátrico “Colonia Dr. Domingo Cabred”, ubicado en la localidad de Open Do or, p artido de Luján, cuyos datos
catastrales son los siguientes: Circunscripción VIII, Parcela 1.88 1a y parcela 1.913a, inscripto su dominio en las Matrículas
32.851 y 32.852 respectivamente;
Que la provincia de Buenos Aires es titular dominial del cita do predio:
Que, posteriormente, por Ley N° 15.405 se desafectó parcialmente de su destino originario un polígono de dieciocho (18)
hectáreas del inmueble detallado en la citada Ley N° 14.111;
Que, asim ismo, se determinó que el predio desafectado se destinará a un proyecto integral de urbanización, que podrá
incluir la construcción de viviend as, equipamiento social, comercial, plantas de potabilización y/o de saneamiento, así como
toda otra obra o edificación necesaria a tales efectos;
Que, finalmente, se autorizó al Poder Ejecutivo a reglamentar los lineamientos y los alcances de lo normad o, delimitando el
polígono que se desafecta y disponiendo todas las medidas pertinentes para la ejecución del referido proyecto integral;
Que, por lo tanto, corresponde en es ta instancia delimitar el polígono de dieciocho (18) hectáreas que fue ra desafectado de
su destino original por Ley N° 15.405;
Que en el predio mencionado se desarrollará un proyecto integral de urbanización en el que intervendrán el Ministerio de
Hábitat y Desarrollo Urbano, el Ministerio de Infraestructur a y Servicios Públicos y el Comité de Cuenca del Río Luján;
Que el citado Ministerio de Há bitat y Desarrollo Urban o tendrá a su cargo la realización, dentro del mencionado proyecto,
de complejos de viviendas comunitarias, colectivas y unifam iliares y de locales comerciales;
Que, por su parte, el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos y el Comité de Cuenca del Río Luján tendrán a su
cargo la construcción de una planta de tratamiento de aguas residuales;
Que, en consecuencia, corresponde en esta instancia delimitar la fracción de terreno en que se emplazará el proyecto
mencionado;
Que, además, se establece que de las viviendas y de los locales comerciales que se construyan tendrán que destinarse 30
(treinta) y dos (2), respectivamente, de acuerdo a las etapas del desarrollo del proyecto, al Ministeri o de Salud, a fin de ser
destinados a proyectos institucionales de adecuación y refor ma de los hospitales neuropsiquiátricos públicos;
Que, de las mencionadas dieciocho (18) hectáreas, catorce (14) hectáreas, treinta nueve (39) áreas, c uarenta y seis con
cuarenta y seis centiáreas (46.46) serán destinadas a la constru cción del complejo habitacional a carg o del Ministerio de
Hábitat y Desarrollo Urbano;
Que la cantidad de tres (3) hectáreas, sesenta (60) á reas, cincuenta y tres con cincuenta y cuatro (53.54) centiáreas serán
destinadas a la construcción de la planta de tratamiento de aguas residuales, a cargo del Ministerio de Infraestructura y
Servicios Públicos y del Comité de Cuenca del Río Luján;
Que corre sponde encomendar al Ministerio de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección de Recursos Inmobiliarios
Fiscales, a realizar, en caso de ser necesario, todas las acciones para proceder a las afectaciones de uso, a fin de cumplir
con lo impuesto por el artículo 2° de la Ley N° 15.405;
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