Publicaciones de la Sección Oficial de 29 de Noviembre de 2021

Fecha de publicación29 Noviembre 2021
Número de Gaceta11297
AÑO CXII - Nº 29148 La Plata, lunes 29 de noviembr e de 2021.-
AUTORIDAD ES
Gobernador Dr. Axel Kicillof
Secretario General Dr. Federico Thea
D E L A P R O V I N C I A D E B U E N O S A I R E S
·2021 Año de la Salud y del Personal Sanitario ·
Decreto Nº 3/2021
Domicilio Legal Calle 12 e/ 53 y 54 - Torre II - Piso 7 - La Plata, Pcia. de Buenos Aires Tel./Fax 0221 429.5621 - e-mail info@boletinoficial.gba.gob.ar
www.boletinoficial.gba.gob.ar
SUMARIO
SECCIÓN OFICIAL
DECRETOS pág. 33
RESOLUCIONES pág. 66
DISPOSICIONES pág. 4545
LICITACIONES pág. 6868
COLEGIACIONES pág. 9191
TRANSFERENCIAS pág. 9292
CONVOCATORIAS pág. 9393
SOCIEDADES pág. 101101
SOCIEDADES POR
ACCIONES
SIMPLIFICADAS
pág. 113113
VARIOS pág. 115115
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUE NOS AIRES
La Plata > lunes 29 de noviembre de 2021
SECCIÓN OFICIAL > página 2
Sección
Oficial
DECRETOS
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETO Nº 1081/2021
LA PLATA, BUENOS AIRES
Viernes 26 de Noviembre de 2021
VISTO el expediente EX-2021-2332799 9-GDEBA-MECGP, por el cual se propicia establecer una bonificación remunerativa
no bonificable para el personal de la Planta Permanente que desempeñe las funciones correspondientes a los cargos de
Director/a Delegado/a, bajo la órbita de la Dirección General de Control Contable de la Secretaría de Contabilidad y Control
de Gestión en la Contaduría General de la Provincia, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 13.767, la cual establece y regula la Administración Financiera y el Sistema de Control de la Administración
General del Estado Provincial, determinó que la Contaduría General de la Provincia ejercerá el control interno de la gestión
económico- financiera del Sector Público Provincial y de lo s Poderes Legislativo y Judicial de la Provincia de Buenos Aires;
Que en su rol de órgano rector del Subsistema de Contabilidad Gubernamental y de a plicación de la Ley Nº 13.981, con el
fin de lograr su cometido y en orden a la previsión contenida en el artículo 111 de la Ley N° 13.767, dicho Organismo
Constitucional cuenta con delegaciones fiscales en los difer entes estamentos del Estado Provincial;
Que tales dependencias se encuentran a cargo de contadores/as fiscales que se desempeñan como Directores/as
Delegados/as, bajo la órbita de la Dirección General de Control Contable de la Secretaría de Contabilidad y Control de
Gestión de dicha jurisdicción;
Que la implementación del Sistema Integral de Gestión y Administración Financiera en la Provincia de Buenos Aires
(SIGAF), en el marco de lo estipulado por la Ley N° 13 .767, ha incrementado la responsabilidad y la cantidad de
actividades que desarrollan los/as funcionarios/as firmantes en las delegaciones fiscales, quienes intervienen durante las
distintas etapas del proceso de control del gasto llevado a cabo por la Co ntaduría General, recayendo en los/as citados/as
una mayor obligación;
Que también ha n visto acrecentada su responsabilidad los/as referidos/as Dire ctores/as Delegados/as ante la instauración
del Sistema Provincia l Buenos Aires Compras (PBAC ), al operar la Contaduría General de la Provincia como Autoridad de
Aplicación de la Ley N°13.981, que regula el Subsistema de Contrataciones del Estado y lo incorpora al Sistema de
Administración Financiera del Sector Público de la Provin cia de Buenos Aires;
Que, por todo lo expuesto, deviene oportuno establecer una bonificación remunerativa no bonificable para los y las agentes
que desempeñen en la Contaduría General de la Provincia las funciones correspondientes a los cargos de D irector/a
Delegado/a, las cuales se vieran incrementadas en sus obligaciones y responsabilidades como consecuencia de los
motivos expuestos en los considerandos precedentes;
Que dic ha bonificación remunerativa no bonificable resultará equivalente a la diferencia salarial que, por todo concepto,
surja entre el 90% (noventa por ciento) de la remuneración asignada a un/a Director/a General de la C ontaduría General de
la Provincia y la remuneración correspondiente a cada agente alcanzado por el presente, computándose a tales efectos la
antigüedad en cada caso;
Que se han expedido favorablemente la Dirección Provincial de Presupuesto Público de la Subsecretaría de Hacienda y la
Dirección Provincial de Economía Laboral del Sector Público de la Subsecretaría de Coordinación Económica y
Estadística, ambas perteneci entes a la órbita del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y la Dirección Provincia de Personal,
dependiente de la Subsecretaría de Empleo Público y Gestión de Bienes del Ministerio de Jefatura de Gabinete de
Ministros;
Que han intervenido en razón de sus competencias Asesoría General d e Gobierno, Contaduría General de la Provincia y
Fiscalía de Estado;
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La Plata > lunes 29 de noviembre de 2021
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