Publicaciones de la Sección Oficial de 27/12/2023

AÑO CXIV - Nº 29658 La Plata, miércoles 27 de diciembre de 2023.-
AUTORIDADES
Gobernador Dr. Axel Kicillof
Secretaria General Lic. Agustina Vila
Subsecretaria Legal y Técnica Dra. María Sol B erriel
D E L A P R O V I N C I A D E B U E N O S A I R E S
Domicilio Legal Calle 12 e/ 53 y 54 - Torre II - Piso 7 - La Plata, Pcia. de Buenos Aires Tel./Fax 0221 429.5621 - e-mail info@boletinoficial.gba.gob.ar
www.boletinoficial.gba.gob.ar
Sumario
DECRETOS 3
RESOLUCIONES 4
RESOLUCIONES FIRMA CONJUNTA 40
DISPOSICIONES 42
HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS 104
LICITACIONES 105
COLEGIACIONES 131
TRANSFERENCIAS 131
CONVOCATORIAS 133
SOCIEDADES 135
VARIOS 147
Sección
Oficial
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUE NOS AIRES
La Plata > miércoles 27 de diciembre de 2023
SECCIÓN OFICIAL > página 2
Sección
Oficial
DECRETOS
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETO Nº 38/2023 B
LA PLATA, BUENOS AIRES
Martes 26 de Diciembre de 2023
VISTO el expediente EX-2023-51810609-GDEBA-DSTAMGGP, por el cual se propicia establecer que la representación de
la provincia de Buenos Aires ante la sociedad COORDI NACIÓN ECOLÓGICA METROPOLITANA SOCIEDAD DEL
ESTADO (CEAMSE) será ejercida a través del Ministeri o de Gobierno, y
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto-Ley N° 8782/77 se aprobó el Convenio celebrado el 7 de enero de 1977, entre la entonces Municipalidad
de la Ciudad de Buenos Aires y la provincia de Buenos Aires, instrumentado según acta de igual fecha, y se au torizó la
constitución de una Sociedad del Estado dentro del marco de la Ley Nº 20.705, con el objeto de proyectar, ejecutar y
fiscalizar la disposición final de residuos mediante el sistema de rel leno sanitario en el área metropolitana, como así
también, proyectar, construir y administrar el sistema de parques recreativos regionale s y completar los estudios técnicos
necesarios para integrar el “Cinturón Ecológico de Buenos Aires”;
Que, posteriormente, por De creto-Ley N° 8981/78 se aprobó el convenio ampliatorio celebrado entre la enton ces
Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires y la provincia de Buenos Aires, donde las partes formalizaron el acta de
constitución y el estatuto social del "Cinturón Ecológico Soci edad del Estado";
Que, asimismo, se estableció que la representación de la provincia de Buenos Aires en las asambleas de la sociedad sería
ejercida a través del Ministerio de Gobierno;
Que, a su vez, por Decreto N° 5 89/20 se estableció que la referida representación recaería e n el Ministerio de Jefatura de
Gabinete de Ministros, a quien se facultó a dictar las normas interpretativas, complementarias y aclaratorias que resultaren
necesarias;
Que por Ley N° 15.164 y su modificatoria se ha establecido que el Poder Ejecutivo es asistido en sus funciones por las/los
Ministras/os Secretarias/os, de acuerdo con las facultades y responsabilidades que les confiere la citada ley;
Que la mencionada norma dispone que le corresponde al Ministerio de Gobierno entender en los asuntos municipales y en
la coordinación interjurisdiccional, por lo que resulta conveniente determinar que la represe ntación de la provincia de
Buenos Aires ante la Coordinación Ecológica Metropolitana Sociedad del Estado (CEAMSE) será ejercida a través del
aludido Min isterio, facultando al titular d e dicha carte ra ministerial a dictar las normas inter pretativas, complementarias y
aclaratorias que resulten necesarias;
Que han tomado la intervención de su competencia Asesoría General de Gobierno, Fiscalía de Estado y la Secretaría
General;
Que el presente se encuadra en el artículo 6° de la Ley N° 1 5.164, su modificatoria y en el Decreto N° 11/20;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la
Provincia de Buenos Aires y por el artículo 11 de Ley N° 15. 164, y su modificatoria N° 15.309;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUEN OS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1°. Estab lecer que la representación de la provincia de Buenos Aires ante la sociedad COORDINACIÓN
ECOLÓGICA METROPOLITANA SOCIEDAD DEL E STADO (CEAMSE) será ejercida a través del Ministerio de Gobierno.
ARTÍCULO 2°. Facultar al Ministro Secretario en el Departam ento de Gobierno a dictar las normas interpretativ as,
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La Plata > miércoles 27 de diciembre de 2023
SECCIÓN OFICIAL > página 3

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