Publicaciones de la Sección Oficial de 27 de Noviembre de 2020
Fecha de publicación | 27 Noviembre 2020 |
Sección | Sección Oficial |
Número de Gaceta | 10674 |
AÑO CXI - Nº 28.904
Domicilio Legal Calle 12 e/ 53 y 54 - Torre II - Piso 7 - La Plata, Pcia. de Buenos Aires Tel./Fax 0221 429.5621 - e-mail info@boletinoficial.gba.gob.ar
www.boletinoficial.gba.gob.ar
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
AUTORIDADES
Gobernador Dr. Axel Kicillof
Secretario General Dr. Federico Thea
Subsecretario Legal y Técnico Dr. Esteban Taglianetti
La Plata, viernes 26 de noviembre de 2020.-
SUMARIO
SECCIÓN OFICIAL
DECRETOSpág. 33
RESOLUCIONESpág. 1111
RESOLUCIONES
FIRMA
CONJUNTA
pág. 2929
DISPOSICIONESpág. 3333
LICITACIONESpág. 4747
VARIOSpág. 6565
COLEGIACIONESpág. 6767
TRANSFERENCIAS pág. 6767
CONVOCATORIASpág. 6969
SOCIEDADESpág. 7777
SOCIEDADES POR
ACCIONES
SIMPLIFICADAS
pág. 8787
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUE NOS AIRES
La Plata > viernes 27 de noviembre de 2020
SECCIÓN OFICIAL > página 2
Sección
Oficial
◢DECRETOS
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETO N° 1044/2020
LA PLATA, BUENOS AIRES
Viernes 20 de Noviembre de 2020
VIS TO el expediente EX-2019-28073459-GDE BA-DDDPRLMPGP del Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación
Tecnológica, por el cual se gestiona la designación de Car los Eugenio NAVAJAS, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución N° 1753/19 se aceptó la renuncia de Carlos Eugenio NAVAJAS al cargo de Director Provincial de
Gestión de Compensaciones al Transporte en el Mini sterio de Infraestructura y Servicios Públicos, a partir d el 1° de
noviembre de 2019, en el que había sido designado mediante Resolución N° 651/19 de dicho Ministerio;
Que se certifica que la persona citada registra una antigü edad en la Administración Pública naciona l, provincial y municipal
superior a los veinte (20) años, teniéndose por acreditado su desempeño en un cargo sin estabilidad durante más de cinco
(5) años alternados;
Que, en consecuencia, Carlos Eugenio NAVAJAS solicita la ubicación en el Agrupamiento Ocupacional Personal
Jerárquico, Cate goría 24, Personal de Apoyo, Oficial Principal 1°, previsto en el artículo 171 de la Ley N° 10.430 (Texto
Ordenado por Decreto N° 1869/96) y su reglamentación aprobada por Decreto N° 4161/96;
Que, para efectivizar la ubicación pretendida, se procede a designar al agente citad o en la Planta Permanente de la Ley N°
10.430;
Que, oportunamente, el Ministerio de Producción , Ciencia e Innovación Tecnológica deberá modificar su plantel básico de
la Ley N° 10.430, en virtud del presente trámite;
Que el Ministro de Producción, Ciencia e Innovación Tecn ológica prestó su conformidad con la presente gestión;
Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal dependiente de la Subsecretaría de
Empleo Público y Gestión de Bienes del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Minist ros y la Dirección Provincial de
Presupuesto Público dependiente de la Subsecretaría de H acienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas;
Que Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fisc alía de Estado se han expedido
favorablemente;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la
Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUEN OS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1º. Designar, en la Jurisdicción 1.1.1.11.1 - Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica, en la
Planta Permanente de la Ley N° 10.430, de conformidad con lo establecido en el artículo 171 de la Ley Nº 10.430 (Texto
Ordenado por Decreto Nº 1869/96) y su reglamentación aprobada por Decreto N° 4161/96, a partir de la fecha de
notificación, a Carlos Eugenio NAVAJAS (DNI Nº 12.662.680- Clase 1958), con ubicación escalafona ria en el Agrupamiento
Personal Jerárquico, Personal de Apoyo, Categoría 24, Oficial Principal 1°, a quien se le acuerd a el adicional por
Disposición Permanente, previsto en el artículo 25 inciso h) de la Ley N° 10.430 y su decreto reglamentario.
ARTÍCULO 2º. Dejar establecido que la designación consignada en el artículo precedente tiene carácter provisional y
adquirirá estabilidad trasc urridos los seis (6) meses de servicios efectivos, de conformidad con lo establecido en el artículo
6° de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 18 69/96) y su reglamentación aprobada por Decreto N° 4161/96.
ARTÍCULO 3º. Determinar que el gasto que demande el cumplimiento del presente será atendido con cargo a las partidas
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La Plata > viernes 27 de noviembre de 2020
SECCIÓN OFICIAL > página 3
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