Publicaciones de la Sección Oficial de 24/11/2022

Fecha de publicación24 Noviembre 2022
SecciónSección Oficial
AÑO CXIII - Nº 29392La Plata, jueves 24 de noviembre de 2022.-
AUTORIDADES
Gobernador Dr. Axel Kicillof
Secretaria General Lic. Agustina Vila
Subsecretaria Legal y Técnica Dra. María Sol B erriel
D E LA P R O VI N C IA D E B U EN O S A I R ES
Domicilio Legal Calle 12 e/ 53 y 54 - Torre II - Piso 7 - La Plata, Pcia. de Buenos Aires Tel./Fax 0221 429.5621 - e-mail info@boletinoficial.gba.gob.ar
www.boletinoficial.gba.gob.ar
Sumario
DECRETOS 3
RESOLUCIONES 21
RESOLUCIONES FIRMA CONJUNTA102
DISPOSICIONES 103
INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL131
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA136
JUNTA ELECTORAL136
LICITACIONES 137
COLEGIACIONES 174
TRANSFERENCIAS 174
CONVOCATORIAS 177
SOCIEDADES 183
ORGANISMO DE CONTROL DE ENERGÍA
ELÉCTRICA 200
VARIOS 217
Sección
Oficial
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUE NOS AIRES
La Plata > jueves 24 de noviembre de 2022
SECCIÓN OFICIAL > página 2
Sección
Oficial
DECRETOS
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETO Nº 1664/2022
LA PLATA, BUENOS AIRES
Miércoles 9 de Noviembre de 2022
VISTO el expediente EX-2019-03730279-GDEBA-DGIIOMA del Instituto de Obra Médico Asistencial, por el cual tramita el
cese del agente Héctor Raúl PÁEZ para acogerse al bene ficio jubilatorio por invalidez, y
CONSIDERANDO:
Que se gestionó la conformación de una Junta Médica para que dictamine acerca de la capacidad laboral del agente Héctor
Raúl PÁEZ, quien re vista en un cargo de Planta Permanente con Estabilidad, en el Agrupamiento Personal Servicio,
Categoría 12, Clase 1 - Grado IV, Código 1-9962 -IV-1, Cargo Maestranza “B”, con un régimen de treinta (30) horas
semanales de labor en la Dirección Regional XII - La Matanza, dependiente de la e ntonces Dirección General de
Regionalización, en el ámbito del Instituto de Obra Médico Asistencial;
Que la Dirección de Salud Ocupacional, por medio del Departamento Juntas M édicas, dictaminó, con fecha 2 de julio de
2019, un porcentaje de invalidez jubilatoria del setenta por c iento (70 %);
Que, asimismo, el Departamento de Control Médico de la D irección de Planificación y Control de Gestión del Instituto de
Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires dictaminó, con fecha 6 de julio de 2022, un setenta por ciento (70 %) de
incapacidad laboral;
Que, consecuentemente, corresponde disponer el cese del agente en el cargo, a partir del 7 de julio de 2022;
Que la Dirección de Sumarios Adm inistrativos certifica que el agente saliente no registra actuaciones su mariales en trámite,
según los registros obrantes en esa Dirección;
Que la Ley N° 14.070 establece que, vencidos los plazos correspond ientes a licencias por enfermedad o accidente, los y
las agentes públicos/as de la provincia de Buenos Aires, cualquiera sea el régimen estatutario al cual perten ezcan, tendrán
derecho a continua r percibiendo sus haberes y a mantener afiliación al Instituto de Obra M édico Asistencial (IOMA), hasta
tanto exista pronunciamiento por parte de la Junta Médica P rovincial;
Que, en consecuencia, corresponde otorgar el beneficio citado por el período comprendido entre el 2 de julio de 2019 y el 6
de julio de 2022 inclusive;
Que corresponde abonar el anticipo del haber jubilatorio del se senta por ciento (60 %) de la remuneración mensual,
incluyendo el sueldo anual complementario (SAC), previs to en la Ley Nº 12.950 (Texto según Ley N° 15.243), reglamentada
por Decreto N° 2887/02 y su modificatorio;
Que el presidente del Instituto de Obra Medico Asistencial h a tomado conocimiento de lo actuado;
Que ha tomado la intervención de su competencia la Di rección Provincial de Personal, dependiente de la Su bsecretaría de
Gestión y Empleo Público del Ministerio de Jefatura de Ga binete de Ministros;
Que Asesoría General de Gobierno dictamina de manera favorable;
Que la gestión que se propicia se efectúa de conformidad con el artículo 14 inciso d) de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado
por Decreto N° 1869/96) y su Decreto Reglamentario Nº 4 161/96;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la
Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUEN OS AIRES
DECRETA
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUE NOS AIRES
La Plata > jueves 24 de noviembre de 2022
SECCIÓN OFICIAL > página 3

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