Publicaciones de la Sección Oficial de 18 de Marzo de 2019

Fecha de publicación18 Marzo 2019
SecciónSección Oficial
Número de Gaceta50
Domicilio Legal Calle 12 e/ 53 y 54 - Torre II - Piso 7 - La Plata
Provincia de Buenos Aires
Tel./Fax 0221 429.5621
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AÑO CXAÑO CX
LA PLATA > LUNES 18 DE MARZO DE 2019
Nº 28483Nº 28483
2019 - Año del centenario del nacimiento de Eva María Du arte de Perón
-Ley 15104-
BOLETÍN
OFICIAL
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
AUTORIDADES
Gobernadora
Lic. María Eugenia VidalLic. María Eugenia Vidal
Secretario Legal y Técnico
Dr. José María GrippoDr. José María Grippo
Subsecretario Técnico
Dr. Nicolás Galvagni PardoDr. Nicolás Galvagni Pardo
Dirección Nacional de Derecho de Autor N° 146.195.
Los Documentos serán tenidos por auténticos a los efectos que deba producir desde el día
de su publicación en el Boletín Oficial.
SUMARIO
SECCIÓN OFICIAL
Decretos pág. 33
Resoluciones pág. 44
Disposiciones pág. 77
Licitaciones pág. 1010
Varios pág. 2121
Colegiaciones pág. 121121
Transferencias pág. 121121
Convocatorias pág. 124124
Sociedades pág. 129129
Sociedades
Por Acciones
Simplificadas
pág. 135135
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS A IRES
La Plata > lunes 18 de m arzo de 2019
SECCIÓN OFICIAL > página 2
SECCIÓN OFICIAL
Decretos
DECRETO N°132-GPBA-19
PLATA, BUENOS AIRES
Martes 12 de Marzo de 2019
VISTO el expediente N° EX-2018-31691047-GDEBA-DPCLMI YSPGP, media nte el cual se propicia la modificación de la
estructura orgánico-funcional del Ministerio de Infraestructu ra y Servicios Públicos, y;
CONSIDERANDO
Que la Constitución de la Provincia de Buenos Aires establece que el despacho de los negocios administrativos de la
Provincia estará a cargo de dos o más Ministros Secretarios, y una ley especial deslindará las competencias y las
funciones adscriptas al despacho de cada uno de los ministe rios;
Que la Ley N° 14.989 determina que el Poder Ejecutivo es asistido en sus funciones po r los Ministros Secretarios que
tendrán a su cargo el despacho de los asuntos de su competencia establecidos en la Constitución de la Provincia de
Buenos Aires y en la citada ley;
Que, asimismo, prevé la potestad de l Poder Ejecutivo d e establecer las estructuras orgánico-funcionales necesarias para el
desarrollo de las competencias de cada Ministerio y demá s organismos en ella presentes;
Que el artículo 21 de la referida ley establece las funciones del Ministeri o de Infraestructura y Servicios Públicos,
determinando sus atribuciones y responsabilidades particu lares;
Que por Decreto N° 35/18, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Mini sterio de Infraestructura y Servicios Públicos
hasta el nivel de Director;
Que a partir de la sanción de la Ley N° 15.078, se establecieron Fondos Especiales destinados a cubrir las
compensaciones al servicio público de transporte de pasaje ros de carácter provincial y municipal;
Que por Decreto N° 1813/18 se encomendó a la Subsecretaría de Transporte, en su carácter de autoridad de aplicación,
nuevas funciones y obligac iones respecto de la implementación, desarrollo y ejecución de los sistemas de co mpensación y
asignaciones nominales a los Servicios de Transporte Público de Pasajeros de jurisdicción Provincial y Municipal por
automotor y fluvial, que operen en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, aprobados por el citado Decreto;
Que en ese sentido, resulta indispensable contar con una unidad orgánica dentro de la subsecretaría, que ejecute el
sistema de compensaciones al transporte, a efectos de llevar a cabo un procedimiento eficaz de liq uidación, pago y control
de las mismas, con destino a las empresas prestatarias de transporte público de pasajeros por automotor de tipos urbano e
interurbano que operen en el ámbito de Área Metropolitan a de Buenos Aires y en el interior provincial;
Que, por otra parte, en consonancia con las nuevas funciones a desarrollar, se entiende conducente la creación de una
Dirección de Planificación del Transporte, a efectos de coordinar y facilitar la articulación de las distintas áreas de la
Subsecretaría de Transporte, y organismos de otras jurisdi cciones con competencia en la materia;
Que consecuentemente, deviene oportuno y conveniente adecuar la estructura de la Subsecretaría de Transporte del
Ministerio citado, a fin de dar respuesta a las políticas públic as y calidad de gestión requerida por el Gobierno Provincial;
Que han tom ado intervención de su competencia la Dirección Provincial de Presupuesto P úblico, la Subsecretaría de
Capital Humano y Asesoría General de Gobierno;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 - proemio- de la Constitución de la
Provincia de Buenos Aires,
Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BU ENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1º. Aprobar, a partir del 1° de enero de 2019, la modificación de la estructura orgánico funcional de la
Subsecretaría de Transporte del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, aprobada por Decreto N° 35/18, de
acuerdo al organigrama y acciones que como Anexo s I (IF-2019- 05454060-GDEBA-SSTRANSPMIYSPGP) y II (IF-
2019-05454351-GDEBA-SSTRANSPMIYSPGP),form a parte integrante del presente Decreto.
ARTÍCULO 2°. Determinar para la estructura orgánico funcional aprobada en el artículo precedente los siguientes cargos:
UN (1) Subsecretario de Transporte; UN (1) Director Provincial del Transporte; UN(1) Director Provincial de Fiscalización
del Transporte; U N (1) Director Provincial de Gestión de Compensaciones al Transporte; UN (1) Director de Transporte de
Pasajeros y Cargas; UN (1) Director de Permisos y Habilitaciones; UN (1) Director de Coordinación del Transporte; UN (1)
Director de Control Técnico; UN (1) Director de Reclamos y So licitudes; UN (1) Direc tor de Liquidación y Pago; UN (1)
Director de Control y Verificación; UN (1) Director de Plan ificación del Transporte; todos ellos conforme a los cargos
vigentes que rigen en la Administración Pública Provincial; Ley Nº 10.430 y su Decreto Reglamentario Nº 4.161/96 (T.O.
Decreto Nº 1.869/96) y modificatorios.
ARTÍCULO 3°. Estable cer que dentro del plazo de ciento ochenta (180) días desde la vigencia del presente, el titular del
Ministerio de Infraestruc tura y Servicios Públicos, deberá efectuar la desagregación integral de la totalidad de la estructura
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS A IRES
La Plata > lunes 18 de m arzo de 2019
SECCIÓN OFICIAL > página 3

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