Publicaciones de la Sección Oficial de 16/02/2024

Fecha de publicación16 Febrero 2024
SecciónSección Oficial
AÑO CXV - Nº 29692 La Plata, viernes 16 de febrero de 2024.-
AUTORIDADES
Gobernador Dr. Axel Kicillof
Secretaria General Lic. Agustina Vila
Subsecretaria Legal y Técnica Dra. María Sol B erriel
D E L A P R O V I N C I A D E B U E N O S A I R E S
Domicilio Legal Calle 12 e/ 53 y 54 - Torre II - Piso 7 - La Plata, Pcia. de Buenos Aires Tel./Fax 0221 429.5621 - e-mail info@boletinoficial.gba.gob.ar
www.boletinoficial.gba.gob.ar
Sumario
RESOLUCIONES 3
RESOLUCIONES FIRMA CONJUNTA 25
DISPOSICIONES 27
INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL 44
HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS 52
LICITACIONES 52
COLEGIACIONES 64
TRANSFERENCIAS 65
CONVOCATORIAS 66
SOCIEDADES 73
ORGANISMO DE CONTROL DE ENERGÍA
ELÉCTRICA 78
VARIOS 88
Sección
Oficial
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUE NOS AIRES
La Plata > viernes 16 de febrero de 2024
SECCIÓN OFICIAL > página 2
Sección
Oficial
RESOLUCIONES
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS
RESOLUCIÓN Nº 145-MIYSPGP-2024
LA PLATA, BUENOS AIRES
Miércoles 7 de Febrero de 2024
VISTO el EX-2023-05412100-GDEBA-DPTLMIYSPGP, por el cual tramita la aprobación del Acta Acuerdo de
redeterminación de precios en el marco del Decreto N° 290/21 y modificatorias, RESO-2021-943-GDEBA-MIYSPGP y
modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que la empresa EBCON S.A. solicitó el ajuste del anticipo financiero y el inicio del procedimiento de Redeterminación de
Precios del contrato de la obra: “Remodelación y Puesta en Valor 2 CAPS - Grupo 5.4 A -General Rodríguez/AMBA”, en el
partido de General Rodríguez - Licitación Pública Nº 37/2021 - conforme l o establecid o por el Decreto N° 290/21 y
modificatorias;
Que, a solicitud de la empresa, la Dirección Provincial de Redeterminación de Precios de Obra Pública ha procedido a la
revisión de los cálculos, considerán dose todos los factores de ajuste aplicados a cada certificado, emitiendo el informe
técnico correspondiente;
Que, la Dirección Provincial de Arquitectura y la empresa EBCON S.A. suscribieron con fecha 11 de julio de 2023, ad
referéndum de la aprobación del Ministro de Infraestru ctura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires, el Acta
Acuerdo de Redeterminación de Precios en los térm inos del artículo 23 del Anexo I de la RESO-2021-943-GDEBA-
MIYSPGP;
Que las partes aceptan los precios redeterminados a valores de agosto de 2021, septiembre de 2021, octubre de 2021,
noviembre de 2021, diciembre de 2021, enero de 2022, febrero de 2022, marzo de 2022, abril de 2022, mayo de 2022,
junio de 2022 y julio de 2022 que constan como Anexo I de la presente resolución;
Que, en lo que respecta a las variaciones que surgen por ajuste de precios sobre el anticipo financ iero y la obra básica
ejecutada, todos los factores de ajuste aplicados a cada certificado se establecen d e acuerdo al detalle del Anexo I y a lo
acordado en el Acta Acuerdo suscripta;
Que las partes acuerdan que al momento de efectuar la liquidación y pago de los montos reconocidos en la mencionada
Acta Acuerdo deberá procederse a descontar el importe abonado por el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires en
concepto de ajuste provisorio Anticipo Financiero correspondiente al mes de a gosto de 2021 y en los certificados N° 1 a N°
11 correspondientes a los meses de septiembre de 2021 a julio de 2022, dando por finalizado a partir de dicho mes el
proceso de ajuste provisorio;
Que, en virtud de lo expuesto en el considerando anterior, corresponde detraer la suma total de pesos veintitrés millones
cuatrocientos veinticuatro mil trescientos cuarenta y uno con ochenta centavos ($23.424.341,80) abonada en concepto de
ajuste provisorio;
Que, se deja constancia, que en concepto de la presente re determinación se le reconocerá a la contratista la suma de
pesos treinta millones novecientos treinta y cuatro mil cuatrocientos setenta co n setenta y dos centavos ($30.934.470,72)
en el mismo pe ríodo y que, efectuado el correspondiente balance, surge una diferencia a favor del contratista a ser
certificada por la suma de pesos s iete millones quinientos diez mil ciento veintiocho con noventa y dos c entavos
($7.510.128,92), cuyo detalle se observa en Anexo I, a la que adicionand o las sumas de pesos setenta y cinco mil ciento
uno con veintiocho centavos ($75.101,28) del 1% p ara dirección e inspección, de pesos setenta y cinco mil ciento uno con
veintiocho centavos ($75.101,28) del 1% para embellecimiento y de pesos doscientos veinticinco mil trescientos tres con
ochenta y seis centavos ($225.303,86) para la reserva del 3% establecida en la Ley N° 14.052, m odificatoria del artículo 8°
de la Ley N° 6.021, alcanza un total de pesos siete millone s ochocientos ochenta y cinco mil seiscientos treinta y cinco con
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