Publicaciones de la Sección Oficial de 11/12/2023

AÑO CXIV - Nº 29647 La Plata, lunes 11 de diciembre de 2023.-
AUTORIDADES
Gobernador Dr. Axel Kicillof
Secretaria General Lic. Agustina Vila
Subsecretaria Legal y Técnica Dra. María Sol B erriel
D E L A P R O V I N C I A D E B U E N O S A I R E S
Domicilio Legal Calle 12 e/ 53 y 54 - Torre II - Piso 7 - La Plata, Pcia. de Buenos Aires Tel./Fax 0221 429.5621 - e-mail info@boletinoficial.gba.gob.ar
www.boletinoficial.gba.gob.ar
Sumario
DECRETOS 3
RESOLUCIONES 14
RESOLUCIONES FIRMA CONJUNTA 125
DISPOSICIONES 143
DISPOSICIONES FIRMA CONJUNTA 173
HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS 177
LICITACIONES 177
COLEGIACIONES 198
TRANSFERENCIAS 198
CONVOCATORIAS 201
SOCIEDADES 207
VARIOS 232
PLAN DE ESCRITURACIÓN - IVBA 387
Sección
Oficial
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUE NOS AIRES
La Plata > lunes 11 de diciembre de 2023
SECCIÓN OFICIAL > página 2
Sección
Oficial
DECRETOS
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETO Nº 2273/2023
LA PLATA, BUENOS AIRES
Martes 5 de Diciembre de 2023
VISTO el expediente EX-2022-18864957-GDE BA-DSTAMD AGP del Ministerio de Desarrollo Agrario, mediante el cual se
propician diversas gestiones relativas al agente Santiago H ARISPE, y
CONSIDERANDO:
Que Santiago HARISPE revista e n un cargo de la Planta Perm anente de la Ley N° 10.430, en el Agrupamiento Personal
Administrativo, Categoría 16, Clase A, Grado II, Código 3-0001-II-A, Administrativo, Oficial Superior “A”, con un régimen de
treinta (30) horas semanales de labor, en la Dirección de Instru cción Sumarial, dependiente de la D irección Provincial de
Fiscalización, Agropecuar ia, Alimentaria y de los Recursos Naturales de la Subsecretaría de Desarrollo Agrario y Calidad
Agroalimentaria, en el ámbito del Ministerio de Desarroll o Agrario;
Que se tiene por acreditado que el agente referido prestó servicios en el Instituto Cultural de la Provincia de Buen os Aires,
en la Dirección de Bibliotecas y Promoción de la Lectura -durante el período comprendido e ntre el 11 de diciembre de 2019
y hasta el 31 de enero de 2022 inc lusive-, y en la Un idad Identidad Bonaerense, a partir del 1° de febrero de
2022, continuando en la actualidad, sin que se hayan e mitido los actos administrativos correspondie ntes, lo que
corresponde regularizar en esta instancia;
Que, por otra parte, Santiago HARISPE presentó su renuncia al cargo que ostenta en la Planta Permanente del Ministerio
de Desarrollo Agrario, en el régimen de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96) y su Decreto
Reglamentario Nº 4161/96, con el objeto de ser designado en el Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires, bajo el
régimen de la Ley Nº 12.268;
Que la Dirección Pr ovincial de Personal informa que el agente saliente no posee actua ciones sumariales pendientes de
resolución;
Que la vacante para aten der dicha designación surge del cese para acogerse a los fines jubilatorios de Ernesto BOESS,
dispuesto por Resolución N° 380/2018 del entonces Minist erio de Gestión Cultural;
Que resulta necesario dejar establecido que las jurisdicciones intervinientes propiciarán la m odificación de los Planteles
Básicos en virtud de la presente medida;
Que ambas jurisdicciones han prestado su conformidad co n el presente trámite;
Que han tomado la intervención de su competencia la Dire cción Provincial de Personal, dependiente de la Subsecretaría de
Gestión y Empleo Público del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, y la D irección Provincial de Presupuesto
Público, dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas;
Que, asimismo, se han e xpedido favorablemente Asesoría General de Gobierno, Contaduría Gen eral de la Provincia y la
Secretaría General;
Que las g estiones propiciadas encuadran en las previsiones de los artículos 2°, 4°, 5° y 6º, 14 inciso b) y 22 de la Ley N°
10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96) y su reglamentación aprobada mediante Decreto N° 4161/96 y
modificatorios, de aplicación supletoria según la remisión del artículo 23 de la Ley Nº 12.268, exceptuándose de los
artículos 11 y 12 del Decreto N° 272/17 E y modificatorios;
Que, asimismo, encuadra en el artículo 6° de la Ley N°15.1 64 y modificatoria y el Decreto N° 11/2020;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 - proemio- de la Constitución de la
Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
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