Publicaciones de la Sección Oficial de 11 de Febrero de 2016

A U TO R I D A D E S
Sr. Ministro de Gobierno Dr. Federico Salvai
Sr. Subsecretario
de Coordinación Gubernamental Lic. Juan Pablo Becerra
Sr. Director Provincial de Impresiones
del Estado y Boletín Oficial Lic. Claudio Rodolfo Prieu
Sra. Directora de Boletín Oficial Dra. Selene López de la Fuente
Sra. Directora de Impresiones
y Publicaciones del Estado Dra. Silvia Noemí López
Domicilio legal: Calle 3 y 523
Ciudad de La Plata (C.P. 1900) Provincia de Buenos Aires
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desde el día de su publicación en el Boletín Oficial.
Nº 27.719
AÑO CVII/ LA PLATA, jUEVES 11 DE FEBRERO DE 2016
D E L A P R O V I N C I A D E B U E N O S A I R E S
Edición de 32 páginas
y Suplemento de 8 páginas de Resoluciones
SUMARIO
SECCIóN OFICIAL
Resoluciones ----------------------------------------------------------------- 810
Licitaciones ----------------------------------------------------------------- 812
Varios ----------------------------------------------------------------- 819
Transferencias ----------------------------------------------------------------- 829
Convocatorias ----------------------------------------------------------------- 829
Sociedades ----------------------------------------------------------------- 830
SECCIóN JUDICIAL
Remates ----------------------------------------------------------------- 831
Varios ----------------------------------------------------------------- 831
SECCIóN JURISPRUDENCIA
Nómina de diarios inscr iptos en la
Suprema Corte de Justicia ----------------------------------------------------------------- 839
Sección Oficial
LA PLATA, JUEVES 11 DE FEBRERO DE 2016
PÁGINA 810 BOLETÍN OFICIAL | PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Resolucio nes
________________________________________________
Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA
SUBSECRETARÍA DE ACTIVIDADES PORTUARIAS
Resolución N° 538
Ensenada, 22 de octubre de 2015.
VISTO el expediente N° 22400-19686/12 por el cual se tramita la gestión de los resi-
duos de los buques de cualquier tipo, que operen en el ámbito portuario de la Provincia
de Buenos Aires; y
CONSIDERANDO
Que según lo establecido en el Art. 28 de la Constitución de la Provincia de Buenos
Aires, recae sobre la Provincia la responsabilidad de la preservación y tutela del medio
ambiente de su espacio territorial, habiéndose constituido en garante del derecho de sus
habitantes a gozar del mismo en condiciones propicias a su armónico desarrollo;
Que en virtud de lo establecido por el Marpol (Convenio Internacional para Prevenir la
Contaminación por Buques 1973/1978), la Ley Nacional N° 25.675 General del Medio
Ambiente, la Ley Provincial N° 11.723 Integral de los Recursos Naturales y el Medio
Ambiente, la Ley Nacional N° 24.051 de Residuos Peligrosos y su Decreto Reglamentario
831/93, la Ley Provincial N° 11.720 de Residuos Especiales y su Decreto Reglamentario
806/97 y, sus modificatorias, es necesario lograr una gestión eficiente de los residuos pro-
venientes de los buques;
Que la Subsecretaría de Actividades Portuarias de la Provincia de Buenos Aires resul-
ta ser el Organismo competente para el dictado de la normativa vinculada a la actividad
portuaria y además deberá procurar la armonización, concatenación, análisis y cumpli-
miento puntual de la normativa nacional, provincial y municipal dictada en materia
ambiental;
Que en tal contexto, resulta necesario contar con la información de la cantidad y tipo
de residuos descargados de cada buque que presente solicitud de Giro de Buques, a fin
de poder contar con una base de datos de los residuos que se descargan en el ámbito
portuario de la Provincia de Buenos Aires;
Que mediante Resolución N° 562/14 de esta Subsecretaría, se creó un Consejo
Consultivo que tiene como objetivo la adecuada gestión de los residuos provenientes de
los buques de cualquier tipo que operen en la jurisdicción portuaria de la Provincia de
Buenos Aires;
Que se designó como Presidente de dicho Consejo al Director Provincial de Gestión
Portuaria, Dr. Diego Pinkler (DNI 10.133.282);
Que mediante Resolución de Facultades Delegadas N° 52/15 del Ministerio de la
Producción, Ciencia y Tecnología se aprobó el Convenio con la Universidad Tecnológica
Nacional de Cooperación y Asistencia Técnica para la elaboración, desarrollo y ejecución
de servicios, programas, proyectos, acciones y/o tareas que así apliquen en materia de
prevención de la contaminación producida en puertos de la Provincia de Buenos Aires ori-
ginados por residuos provenientes de la actividad de los buques de bandera nacional e
internacional que procedan con la descarga, transporte, depósito y tratamiento de resi-
duos provenientes de dichos navíos, por vía marítima y fluvial;
Que la Universidad Tecnológica Nacional elaboró una propuesta de Plan de Gestión
de Trazabilidad de los Residuos provenientes de los buques (G.T.R.B.);
Que el mismo fue aprobado por el Consejo Consultivo mediante Acta N° 6 de fecha
24 de septiembre de 2015;
Que dicho Consejo eleva la propuesta para su consideración;
Que el Sr. Subsecretario de Actividades Portuarias resulta ser la autoridad compe-
tente para el dictado del presente, en función de lo normado por la Ley 11.206, su Decreto
Reglamentario N° 1.579/92, Ley 13.757 y sus modificatorias, Decreto 2.886/08 y Decreto
N° 145/11 (B);
Que por resolución SAP 520/15 se delegó en el Director de Asuntos Administrativos
la atención del despacho de esta Subsecretaría y la firma correspondiente;
Por ello;
EL SUBSECRETARIO DE ACTIVIDADES PORTUARIAS
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: Aprobar el Plan de Gestión de Trazabilidad de los Residuos prove-
nientes de los Buques (G.T.R.B.) que tiene como objetivo realizar la comprobación de la
descarga y seguimiento de los residuos en los Puertos de la Provincia de Buenos Aires,
que como Anexo I integra la presente Resolución.
ARTÍCULO 2°: Establecer que el citado Plan de Gestión entrará en vigencia a partir
del día 16 de noviembre de 2015.
ARTÍCULO 3°: El Consejo Consultivo nombrado en los considerandos, realizará el
seguimiento de las acciones y procedimientos del Plan de Gestión de Trazabilidad de los
Residuos provenientes de los Buques (G.T.R.B.), por un plazo de 60 (sesenta) días a los
efectos de verificar su funcionamiento.
ARTÍCULO 4°: La Universidad Tecnológica Nacional (U.T.N.) será la encargada de
emitir informes mensuales con la información más relevante de cada operación.
ARTÍCULO 5°: Este Plan de Gestión se aplicará en un principio a los puertos públi-
cos, debiendo incluirse a todos los puertos privados en un plazo no mayor a los 360 (tres-
cientos sesenta) días de iniciado el presente.
ARTÍCULO 6°: El presente sistema de G.T.R.B., se aplicará a todos los buques de
bandera extranjera y navegación internacional aunque previamente hayan tocado otros
puertos argentinos no bonaerenses, con excepción de aquellos que se encuentren alcan-
zados por el Artículo 2° del Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 1.010/2004.
ARTÍCULO 7°: Quedan exceptuados de la presente norma los buques pertenecientes
al Estado Argentino u otros Estados que no realicen actividades comerciales.
ARTÍCULO 8°: En un plazo no mayor de 360 días serán alcanzados todos los buques
que operen en jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires con las excepciones que la
Autoridad de Aplicación establezca.
ARTÍCULO 9°: Créase en el ámbito de la Subsecretaría de Actividades Portuarias –
Dirección Provincial de Gestión Portuaria, el Registro de empresas Operadoras de
Residuos en Jurisdicción Portuaria (Transportistas , de acopio y clasificación, de
Tratamiento y disposición, etc.) que registrará a todas las plantas operadoras portuarias
(Resolución N° 65/14 - OPDS), empresas transportistas de residuos provenientes de los
buques y plantas de tratamiento y disposición final, que deseen operar o estén operando
en la actualidad, en los puertos públicos dependientes de la Provincia de Buenos Aires,
cualquiera fuera su forma de gestión.
ARTÍCULO 10: Registrar, comunicar a las Delegaciones Portuarias y Consorcios de
Gestión Portuarios de la Provincia de Buenos Aires, notificar a la Universidad Tecnológica
Nacional. Cumplido, archivar.
Víctor A. Stephens
Director de Asuntos Administrativos
GESTIÓN DE TRAZABILIDAD DE RESIDUOS DE BUQUES (GTRB)
RESOLUCIÓN N° 538/15 – ANEXO I
TRAZABILIDAD DE RESIDUOS
Es un procedimiento que permite saber la ubicación de los residuos en sus distintas
etapas desde la descarga hasta su disposición final
Qué es el GTRB
Es un proceso destinado:
Comprobar la descarga
Realizar seguimiento de los residuos
Registrar los Cert. de Trat. Final
Como lo hace:
Proceso informático vía Web
Proceso de autogestión de los actores
Genera un N° de Actuación
Realiza las tareas de:
Carga de datos p/cálculo y solicitud de descarga
Carga de los Cert. Recepción MARPOL (F3)
Carga de los manifiestos de traslado
Carga de los Cert. de Trat. Final
Nos permite:
Generar estadísticas puertos y buques
Conocer el volumen operado por puerto
Rápida respuestas ante requerimientos ambientales (trazabilidad)
COMO LO HACE, SECUENCIA EL PROCESO
Agencia Marítima:
Carga los Datos del buque
Carga la solicitud de descarga
Carga los datos para el Cálculo de R. Indicat.
Guarda los datos en el sistema GTRB
El sistema automáticamente envía la solicitud a la Autoridad Portuaria
Autoridad Portuaria:
INGRESO DE SOLICITUD
Verifica Buque, Anexos, tipo residuo, cant.
Si verifica INGRESA LA SOLICITUD
El GTRB genera el N° ACTUACIÓN
Si no verifica pide corrección a la Ag. Mt.
INGRESO AUTORIZACIÓN G. Bq.
Sector operativo emite al Aut. G. Bq.
Carga la Autorización del Giro Buque
Cargas muelle fechas y horas
El GTRB emite mail a la Ag. Mt. informando la Aut. del G. Bq. con su Actuación
Agencia Marítima:
COORDINACIÓN DE HORARIOS
Gestiona con las operadoras los horarios
Informa en el GTRB los horarios de descarga

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