Publicaciones de la Sección Oficial de 10/04/2024

Fecha de publicación10 Abril 2024
SecciónSección Oficial
AÑO CXV - Nº 29726 La Plata, miércoles 10 de abril de 2024.-
AUTORIDADES
Gobernador Dr. Axel Kicillof
Secretaria General Lic. Agustina Vila
Subsecretaria Legal y Técnica Dra. María Sol B erriel
D E L A P R O V I N C I A D E B U E N O S A I R E S
Domicilio Legal Calle 12 e/ 53 y 54 - Torre II - Piso 7 - La Plata, Pcia. de Buenos Aires Tel./Fax 0221 429.5621 - e-mail info@boletinoficial.gba.gob.ar
www.boletinoficial.gba.gob.ar
Sumario
DECRETOS 3
RESOLUCIONES 11
RESOLUCIONES FIRMA
CONJUNTA 49
DISPOSICIONES 52
LICITACIONES 60
COLEGIACIONES 75
TRANSFERENCIAS 75
CONVOCATORIAS 77
SOCIEDADES 90
VARIOS 99
Sección
Oficial
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUE NOS AIRES
La Plata > miércoles 10 de abril de 2024
SECCIÓN OFICIAL > página 2
Sección
Oficial
DECRETOS
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETO Nº 331/2024
LA PLATA, BUENOS AIRES
Jueves 4 de Abril de 2024
VISTO el expediente EX -2024-01204770-GDEBA-DSTECMTRAGP del Ministerio de Transporte mediante el cua l se
propicia la aprobación del Convenio de Colaboración “Boleto Especial Educativo - Recarga Masiva S.U.B.E”; la Ley
provincial N° 14.735, los Decretos del Poder Ejecutivo Nac ional N° 84/09 y N° 1.479/09 y el Decreto N° 863/16, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 84 /09 se ordenó la implementación del Sistema Único de Boleto
Electrónico (S.U.B.E.), con la finalidad de unificar los mecanismos de percepción de tarifa para el acceso a la totalidad de
servicios de transporte público automotor, ferroviario de superficie y subterráneo de pasajeros, de carácter urbano y
suburbano y fluvial regular de pasajeros de jurisdicción nac ional;
Que, en pos de la efectiva implementación de dicho S istema, por medio del Decreto del Poder Ejecutivo Nacional
N°1.479/09, se aprobó el Convenio Marco Sistema Único de Boleto Electrónico, suscript o entre la entonces Secretaría de
Transporte de la Nación y el Banco de la Nación Argentina ;
Que en virtud de las estipulaciones del referido acuerdo se estableció que la empresa Nación Servicios S.A. sería la
organizadora, implementadora, gestora y administradora del Sistema Único de Boleto Electrónico (S.U.B.E.);
Que por Ley N° 14.735 la provincia de Buenos Aires estableció un rég imen especial de boleto para los/as usuarios/as del
sistema de transporte provincial ferroviario, fluvial y de colectivo de pasajeros en sus servicios urbanos, su burbanos e
interurbanos, destinado a alumnos/as per tenecientes a instituciones educativas públicas de gestión estatal y de gestión
privada con aportes del Estado en todos los niveles, incluidos los de formación profesional y bachilleratos populares que
tengan asiento en la Provincia;
Que, a través del Decreto N° 863/16, se reglam entó la mencionada Ley, designando como Autoridad de Aplicación al
Ministerio de Infraestructu ra y Servicios Públicos, a través de la entonces Subsecretaría de Transporte o la repartición que
en el futuro la reemplace;
Que, asimismo, a través de la citada norma se estableció que el régimen de “Boleto Especial Educativo” se instrumentará a
través del Sistema Único de Boleto Electrónico (S.U.B.E.) y se facultó a la Autoridad de Aplicación a celebrar los convenios
que resulten pertinentes con las autoridades nacionales a efectos de poner en práctica el referido “Boleto Especial
Educativo”;
Que, a través de la Ley N° 15.477 se establecieron las competencias del Ministerio de Transporte, entre las que se
encuentra la de “
entender en las cuestiones relacionadas con el transporte terrestre, fluvial y ferroviari o, y coordinar
acciones con otros organismos nacionales, provinciales y /o municipales”
; conforme así lo establece su artículo 34, inc. 1°;
Que, en ese contexto normativo, co n fecha 27 de enero de 2023, el Ministerio de Transporte y la empresa Nación Servicios
S.A. celebraron un Convenio de Colaboración “Boleto Estudiantil - Recarga Masiva S.U.B.E, de aplicación al ciclo lectivo
2023, aprobado por Resolución N° 44 /23 del citado Ministerio, a través del cual las partes acordaron la utilización del
“Sistema de Recarga Masiva”, - propiedad de Nación Servicios S.A.-, como solución tecnológica a utilizarse para las
recargas de Tarjetas S.U.B.E. de los/as usuarios/as contem plados/as en la Ley de Boleto Especial Educativo;
Que, posteriormente, y atento a comienzo del ciclo lectivo 2024, las partes mencionadas suscribieron, con fecha 20 de
febrero de 2024, un nuevo Convenio para la implementac ión del régimen de “Boleto Especial Educativo”;
Que el mencionado Convenio tiene como principal objetivo dejar establecido que la provincia de Buenos Aires m antiene el
servicio de “Recarga Masiva” desarrollado por Nación Se rvicios S.A. para otorgar a los/as correspondientes beneficiarios/as
las prestaciones de acuerdo a lo previsto en la Ley N°14.735 ;
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La Plata > miércoles 10 de abril de 2024
SECCIÓN OFICIAL > página 3

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