Publicaciones de la Sección Oficial de 09 de Diciembre de 2021
Fecha de publicación | 09 Diciembre 2021 |
Número de Gaceta | 11313 |
AÑO CXII - Nº 29155 La Plata, jueves 09 de diciembre de 2021.-
AUTORIDADES
Gobernador Dr. Axel Kicillof
Secretario General Dr. Federico Thea
D E L A P R O V I N C I A D E B U E N O S A I R E S
· 2021 Año de la Salud y del Personal Sanitario ·
Decreto Nº 3/2021
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SUMARIO
SECCIÓN OFICIAL
DECRETOS pág. 33
RESOLUCIONES pág. 1515
RESOLUCIONES
FIRMA
CONJUNTA
pág. 3232
DISPOSICIONES pág. 3535
INSTITUTO DE
PREVISIÓN
SOCIAL
pág. 5454
LICITACIONES pág. 6565
TRANSFERENCIAS pág. 8989
CONVOCATORIAS pág. 9191
SOCIEDADES pág. 9696
SOCIEDADES POR
ACCIONES
SIMPLIFICADAS
pág. 109109
VARIOS pág. 109109
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUE NOS AIRES
La Plata > jueves 09 de diciembre de 2021
SECCIÓN OFICIAL > página 2
Sección
Oficial
◢ DECRETOS
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETO N° 1092/2021
LA PLATA, BUENOS AIRES
Lunes 6 de Diciembre de 2021
VIST O el expedie nte EX-2021-26110852-GD EBA-DDDPPMCPGP de l Ministerio de Comunicación Publica, mediante el
cual se propicia aprobar la desagregación de su estructura orgánico–funcional oportunamente aprobada por Decreto N°
30/2020, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Provincia de Buenos Aires establece que el despacho de los negocios administrativos de la
Provincia estará a cargo de dos o más Ministros /as Secretarios/as, y una ley espe cial deslindará los ramos y las funciones
adscriptas al despacho de cada uno de los Ministerios;
Que la Ley N° 15.164 determin a que el Poder Ejecutivo es asistido en sus funciones por los/las Ministr os/as Secretarios/as,
de acuerdo con las facultades y responsabilidades que ella les confiere;
Que el ar tículo 21 de la citada ley, establece las competencias del Ministerio de Comunicación Pública, determinando sus
funciones y atribuciones particulares;
Que, asimismo, prevé la potestad del Gobernador de aprobar las estructuras organ izativas y funciones específicas
correspondientes;
Que, por el Decreto N° 30/2 020, se determinó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Comunicación Pública
hasta el nivel de Dirección;
Que, a su vez, el refe rido Decreto dispuso el deber de arbitrar los medios necesarios para efectuar la desagregación
integral de la estructura, estableciendo que hasta tanto se concrete, mantendrían su vigencia aquellas unidades orgánico-
funcionales con nivel inferior a Dirección oportunamente a probadas;
Que, en virtud de lo expuesto, resulta necesario desa gregar la estructura orgánico-funcional, hasta el nivel de Jefaturas de
Departamento, en un to do de acuerdo con los principios de coherencia, transparencia, austeridad, eficiencia y optimización
de la Administración Pública;
Que se han expedido favora blemente la Dirección Provincial de Personal y la Dirección Provincial de Planificación y
Gestión Estratégica del Empleo Público, ambas dependientes de la Subsecretaría de Empleo Público y Gestión de Bienes
del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, la Dirección Provincia l de Presupuesto Público, la Dirección Provincial
de Economía Laboral del Sector Público, la Subsecretaría de Hacienda y la Subsecretaría de Coordinación Económica y
Estadística dependientes del Ministerio de Hacienda y Fina nzas;
Que ha tomado intervención en razón de su competencia Asesoría General de Gobierno;
Que la presente m edida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los a rtículos 8° y 9º de la L ey Nº 15.164 y 144 -
proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Air es;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUEN OS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1°. Aprobar la desagregación de la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Comunicación Pública
aprobada por Decreto N° 30/2020, de acuerdo al organigrama y acciones que, como Anexos I, Ia, Ib, Ic y Id (IF-2021-
26127904-GDEBA-DDDPPMCPGP) y IIa, IIb, IIc y IId (IF-2021-26128147-GDEBA-DDDPPM CPGP), forman parte
integrante del presente decreto.
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