Publicaciones de la Sección Oficial de 07 de Noviembre de 2017
AÑO CVIII/ LA PLATA, MARTES 7 DE NOVIEMBRE DE 2017 Nº 28.150
“AÑO 2017 CONMEMORACIÓN DEL TRIGÉSIMO QUINTO (35) ANIVERSARIO DE LA GESTA DE MALVINAS”
Edición de 76 páginas
Suplemento de Decretos y Resoluciones de 16 páginas y
Suplemento de Resoluciones, Balances y Sociedades de 7 páginas
AUTORIDADES
Sr. Ministro de Gobierno Dr. Joaquín de la Torre
Sr. Subsecretario Lic. Juan Pablo Becerra
de Coordinación Gubernamental
Sr. Director Provincial Lic. Claudio Rodolfo Prieu
de Impresiones del Estado
y Boletín Ocial
Sra. Directora de Boletín Ocial Dra. María S. Carmona
Sra. Directora de Impresiones Dra. Silvia Noemí López
y Publicaciones del Estado
Domicilio legal: Calle 3 y 523
Ciudad de La Plata (C.P. 1900) Provincia de Buenos Aires
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Dirección Nacional del Derecho del Autor Nº 146.195
Los documentos serán tenidos por auténticos a los efectos que
deban producir desde el día de su publicación en el Boletín
Ocial.
SUMARIO
SECCIÓN OFICIAL
Decretos -------------------------------------------------- 9687
Resoluciones -------------------------------------------------- 9687
Licitaciones -------------------------------------------------- 9694
Varios -------------------------------------------------- 9700
Transferencias -------------------------------------------------- 9722
Convocatorias -------------------------------------------------- 9725
Colegiaciones -------------------------------------------------- 9727
Sociedades -------------------------------------------------- 9727
SECCIÓN JUDICIAL
Remates -------------------------------------------------- 9734
Varios -------------------------------------------------- 9737
Sucesorios -------------------------------------------------- 9751
SECCIÓN JURISPRUDENCIA
Nómina de Diarios Inscriptos
en la Suprema Corte de Justicia ------------------------- 9758
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
SECCIÓN OFICIAL / PÁGINA 9687
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES LA PLATA, MARTES 7 DE NOVIEMBRE DE 2017
DECRETOS
MINISTERIO DE JUSTICIA
DECRETO 629 E Expediente N° 50649/17
Aceptar a partir del 1° de agosto de 2017 la renuncia presentada por el
doctor Miguel Eduardo DE ANGELI ZWANCK (DNI N° 8.253.029 – Clase
1946) al cargo de Juez del Juzgado de Paz Letrado del Partido de San
Antonio de Areco, Departamento Judicial Mercedes.
DECRETO 630 E Expediente N° 39488/17
Renuncia del doctor Abelardo Ángel PILOTTI al cargo de Juez en la
Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial
Bahía Blanca.
Renuncia del doctor Marcelo Darío SOUKOP al cargo de Juez de
Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial
Lomas de Zamora.
RESOLUCIONES
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Resolución
Número: RESOL-2017-583-E-GDEBA-MIYSPGP
BUENOS AIRES, LA PLATA
Martes 31 de Octubre de 2017
Referencia: EXP. N° 2402-302/2016 S/“Remodelación y Puesta en
Valor Antigua Sociedad de Fomento General San Martín - II Etapa”
VISTO el expediente Nº 2402-302/2016 mediante el cual se gestiona
efectuar un llamado a Licitación Pública para la realización de la obra:
“Remodelación y Puesta en Valor Antigua Sociedad de Fomento General
San Martín – II Etapa”, en el partido de Lezama, y
CONSIDERANDO:
Que la Dirección Provincial de Arquitectura ha elaborado la
documentación técnica y la Dirección Provincial de Compras y
Contrataciones ha confeccionado la documentación legal, que regirán
el llamado y ejecución de la obra de referencia, con su respectivo
presupuesto ocial, que responde a las normativas aprobadas para este
tipo de realizaciones (Decreto Nº 1.562/85 y normas complementarias y
Resolución Nº 18/16);
Que el presupuesto ocial de la obra asciende a la suma de pesos
diecinueve millones ochocientos cuarenta y nueve mil trescientos noventa
y uno con treinta y seis centavos ($ 19.849.391,36), a la que agregándole
la suma de pesos ciento noventa y ocho mil cuatrocientos noventa y tres
con noventa y un centavos ($ 198.493,91) para dirección e inspección
(artículo 8° Ley Nº 6.021), la suma de pesos quinientos noventa y cinco mil
cuatrocientos ochenta y uno con setenta y cuatro centavos ($ 595.481,74)
para la reserva establecida en la Ley Nº 14.052, modicatoria del artículo
8° de la Ley Nº 6.021 y la suma de pesos ciento noventa y ocho mil
cuatrocientos noventa y tres con noventa y un centavos ($ 198.493,91)
para embellecimiento (artículo 3° Ley Nº 6.174), hace un total de pesos
veinte millones ochocientos cuarenta y un mil ochocientos sesenta con
noventa y tres centavos ($20.841.860,93), con un plazo de ejecución de
doscientos cuarenta (240) días corridos;
Que en el marco del artículo 48 de la Ley Nº 6.021, el artículo
2.1.5 del Pliego de Bases y Condiciones Legales Particulares, prevé el
otorgamiento de un anticipo nanciero equivalente al treinta por ciento
(30%) del monto contractual, previa constitución de garantía a satisfacción
de este Ministerio;
Que ha tomado intervención la Dirección Provincial de Arquitectura;
Que ha tomado intervención la Subsecretaría de Obras Públicas
propiciando la presente gestión;
Que a fojas 542 y vuelta el Consejo de Obras Públicas se expide en el
marco de su competencia sin formular objeciones;
Que a fojas 612 y vuelta la Dirección Provincial de Redeterminación de
Precios de Obra Pública se expide en el marco de su competencia;
Que a fojas 618 la Dirección de Presupuesto realizó la imputación
preventiva del gasto;
Que en consecuencia corresponde el dictado del pertinente acto
administrativo;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por los artículos 9° y 13 de la Ley de Obras Públicas Nº 6.021 y su
reglamentación, y el artículo 21 de la Ley Nº 14.853;
Por ello,
EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS DE
LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Aprobar la documentación técnica elaborada
por la Dirección Provincial de Arquitectura, Anexo I (ACTA-2017-
01614943-GDEBA-DEDPAMIYSPGP; PLIEG-2017-01614937-GDEBA-
DEDPAMIYSPGP; PLIEG-2017-01614938-GDEBA-DEDPAMIYSPGP;
PLIEG-2017-01614941-GDEBA-DEDPAMIYSPGP; PLIEG-2017-
01638510-GDEBA-DEDPAMIYSPGP) y la documentación legal
confeccionada por la Dirección Provincial de Compras y Contrataciones,
Anexo II (PLIEG-2017-03968214-GDEBA-DCOPMIYSPGP) para el
llamado y ejecución de la obra: “Remodelación y Puesta en Valor Antigua
Sociedad de Fomento General San Martín – II Etapa”, en el partido de
Lezama, cuyo presupuesto ocial de la obra asciende a la suma de pesos
diecinueve millones ochocientos cuarenta y nueve mil trescientos noventa
y uno con treinta y seis centavos ($ 19.849.391,36), a la que agregándole
la suma de pesos ciento noventa y ocho mil cuatrocientos noventa y tres
con noventa y un centavos ($ 198.493,91) para dirección e inspección
(artículo 8° Ley Nº 6.021), la suma de pesos quinientos noventa y cinco mil
cuatrocientos ochenta y uno con setenta y cuatro centavos ($ 595.481,74)
para la reserva establecida en la Ley Nº 14.052, modicatoria del artículo
8° de la Ley Nº 6.021 y la suma de pesos ciento noventa y ocho mil
cuatrocientos noventa y tres con noventa y un centavos ($ 198.493,91)
para embellecimiento (artículo 3° Ley Nº 6.174), hace un total de pesos
veinte millones ochocientos cuarenta y un mil ochocientos sesenta con
noventa y tres centavos ($ 20.841.860,93), con un plazo de ejecución de
doscientos cuarenta (240) días corridos;
ARTÍCULO 2°. Autorizar a la Dirección Provincial de Compras
y Contrataciones para que de conformidad con la documentación y
presupuesto aprobados por el artículo 1º, proceda a efectuar un llamado
a Licitación Pública para la ejecución de la obra de referencia, debiendo
publicar los avisos respectivos con una anticipación de quince (15) días
hábiles y por el término de cinco (5) días hábiles en el Boletín Ocial, por
un (1) día en diarios locales y regionales y hasta la fecha de apertura en la
página Web de la Provincia de Buenos Aires, conforme lo establecido en
los Decretos Nº 496/07 y Nº 3.698/07.
ARTÍCULO 3°. Establecer que la presente gestión se atenderá con
cargo a la siguiente imputación: Presupuesto General - Ejercicio 2017 -
Ley Nº 14.879 - Jurisdicción 11.114 - CAT PRG - NRO 7 - SPRG 3 - PRY
3088 - FI 3 - FU 4 - S 2 - FF 13 - PP 5 - PS 4 - PAR 2 - SPA 675 - UG 675.
ARTÍCULO 4°. Aprobar el otorgamiento, previa constitución de
garantía, de un anticipo nanciero del treinta por ciento (30%) del monto
del Contrato, conforme lo establecido en el artículo 2.1.5 del Pliego de
Bases y Condiciones Legales Particulares.
ARTÍCULO 5°. Dejar establecido que la Repartición contará con un
plazo de 30 días hábiles para producir el informe que establece el artículo
22 de la Ley Nº 6.021, y que de surgir impugnaciones, dicho plazo deberá
ser contado a partir del día siguiente de vencido el plazo para formularlas
que establece el artículo 2º, apartado 12, de la Resolución Nº 114/80.
ARTÍCULO 6°. Designar como integrantes de la Comisión Evaluadora
de Ofertas a Mariana Alejandra DRAGONE (D.N.I. 34.201.043), Carlos
Santiago MAYANS (D.N.I. 33.862.858) y Adrián Alberto LA MOTTA
(D.N.I. 16.760.825), que intervendrán sólo y especialmente en el proceso
licitatorio correspondiente a la licitación pública citada en el Artículo 1°.
ARTÍCULO 7°. Remitir al Honorable Tribunal de Cuentas copia de la
presente, en cumplimiento de su Acordada de fecha 8 de mayo de 1961.
Sección Ocial
NOTA:
El contenido de la publicación de los decretos extractados, es trans-
cripción literal del instrumento recibido oportunamente de cada Juris-
dicción, conforme Circular Conjunta Nº 1/10 e instrucciones dispues-
tas por nota del 19/10/12 de la Dirección Provincial de Coordinación
Institucional y Planicación de la Secretaría Legal y Técnica.
SECCIÓN OFICIAL / PÁGINA 9688
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES LA PLATA, MARTES 7 DE NOVIEMBRE DE 2017
ARTÍCULO 8°. Registrar, comunicar y girar a la Dirección Provincial de
Compras y Contrataciones. Cumplido, archivar.
Roberto Gigante
Ministro
Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos C.C. 12.823
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Resolución
Número: RESOL-2017-585-E-GDEBA-MIYSPGP
BUENOS AIRES, LA PLATA
Martes 31 de Octubre de 2017
Referencia: C. Exp. N° 2400-4403-17 S/ Registro de Licitadores
VISTO los Decretos Nº 171/17 E, Nº 306/17 E y la RESOL-2017-459-
E-GDEBA-MIYSPGP;
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Nº 171/17 E aprueba las modicaciones al Decreto Nº
5.488/59 (T.O. Decreto Nº 4.536/95), reglamentario de la Ley Nº 6.021,
en lo relativo al funcionamiento del Registro de Licitadores, con el n de
facilitar los procesos de inscripción, permitiendo un control adecuado
de las particularidades de los constructores allí registrados y una mayor
seguridad jurídica;
Que el apartado 3º del artículo 15 del Decreto Reglamentario Nº
5.488/59 y modicatorios faculta al Ministro de Infraestructura y Servicios
Públicos a dictar las normas complementarias a los efectos de determinar
los requisitos de inscripción en el Registro de Licitadores y los parámetros
de idoneidad técnico-nanciera que deberán cumplir los constructores
inscriptos;
Que, mediante RESOL-2017—459-E-GDEBA-MIYSPGP que aprueba
el Reglamento del Registro de Licitadores, se establece que el Registro
determinará e implementará los procedimientos que los constructores
deberán observar para su inscripción y la actualización de su clasicación,
utilizando a tal efecto, cuando resulte posible, procedimientos por vía
electrónica;
Que la Resolución citada en su artículo 7º, apartado 2, punto 1,
establece que el Registro inscribirá a los constructores que cumplimenten
los requisitos exigidos, aún cuando no acrediten experiencia alguna en
la ejecución de las obras, para lo que se les extenderá el certicado de
capacidad técnico-nanciera anual con un monto inicial mínimo;
Que dicha Resolución, en su artículo 15, apartado 2, establece un
procedimiento para la readecuación de constructores con capacidad
vigente;
Que han tomado intervención de su competencia Asesoría General
de Gobierno a fojas 4/5, Contaduría General de la Provincia a fojas 6 y
Fiscalía de Estado a fojas 7 y vuelta;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por los artículos 21 de la Ley Nº 14.853 y el artículo 15, apartado 3 del
Decreto Nº 5.488/59 y modicatorios;
Por ello,
EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Aprobar el “Sistema de Gestión Electrónica para los
Trámites de Inscripción y Actualización en el Registro de Licitadores”
(http://www.mosp.gba.gov.ar/sitios/registro) que será el único efectivo
para formalizar la inscripción ante el Registro de Licitadores del Ministerio
de Infraestructura y Servicios Públicos.
ARTÍCULO 2º. Establecer que la información ingresada a través
del “Sistema de Gestión Electrónica para los Trámites de Inscripción y
Actualización en el Registro de Licitadores” tiene carácter de declaración
jurada bajo apercibimiento de las sanciones previstas en la normativa
vigente.
ARTÍCULO 3º. Establecer que la capacidad técnico-nanciera anual
mínima que se acordará a los constructores que no acrediten experiencia
en la ejecución de obras, de acuerdo a las previsiones del artículo 7º,
apartado 2, punto 1 “in ne” del Anexo IF-2017-03128070-GDEBA-
MIYSPGP de la RESOL-2017-459-E-GDEBA-MIYSPGP será de pesos un
millón ($ 1.000.000).
ARTÍCULO 4°. Instruir al Registro de Licitadores para que en el
plazo de treinta (30) días corridos, a partir de la entrada en vigencia de
la presente Resolución, realice la readecuación de los constructores con
capacidad vigente en los términos del artículo 15 del Anexo mencionado
en el artículo precedente.
ARTÍCULO 5°. Registrar, noticar al Fiscal de Estado, comunicar,
publicar, dar al Boletín Ocial y al SINBA. Cumplido, archivar.
Roberto Gigante
Ministro
Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos
C.C. 12.903
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Resolución
Número: RESOL-2017-102-E-GDEBA-MCTI
BUENOS AIRES, LA PLATA
Viernes 13 de Octubre de 2017
Referencia: Convenio Especíco UTN Trenque Lauquen 26000-550/17
VISTO el expediente N° 26000-550/17, por el cual tramita la aprobación
del Convenio Especíco celebrado entre la Universidad Tecnológica
Nacional – Facultad Regional de Trenque Lauquen y el Ministerio de
Ciencia, Tecnología e Innovación de la Provincia de Buenos Aires, y
CONSIDERANDO:
Que el Convenio, citado en el exordio de la presente, tiene por objeto
que las partes aúnen esfuerzos a n de fortalecer las capacidades de
desarrollo tecnológico e innovación, contribuyendo en la articulación entre
el Sistema de Ciencia y Tecnología y el sector social/productivo de la
Provincia de Buenos Aires;
Que a tal n la Universidad Tecnológica Nacional – Facultad Regional
de Trenque Lauquen brindara al Ministerio de Ciencia, Tecnología e
Innovación, una serie de datos de servicios tecnológicos producto de
relevamiento efectuados oportunamente, los cuales serán objeto de
incorporación al Portal Web de Servicios Tecnológicos del Ministerio,
creado a tal n para su divulgación a los sectores interesados y/o al público
en general; el cual se encuentra compuesto por dos plataformas, una de
carga de datos (con acceso restringido a través de usuario y contraseña) y
otra de búsqueda de la información (de acceso libre), ambas plataformas
se encontraran disponibles en forma online en web del Ministerio;
Que las partes expresan que a los efectos de desarrollar el Convenio
Especíco serán referentes por parte del Ministerio de Ciencia, Tecnología
e Innovación, la Subsecretaría de Tecnología e Innovación y por parte de
la Universidad Tecnológica Nacional – Facultad Regional de Trenque
Lauquen, la Secretaría de Vinculación Tecnológica y Comunitaria, quienes
solventaran las contingencias que pudieren surgir en la implementación
del mismo;
Que el Convenio Especíco tendrá una duración de tres (3) años y
entrará en vigencia a partir de la fecha de su rma, pudiendo ser prorrogado
por un término igual mediante acuerdo de las partes y previa evaluación de
los resultados obtenidos;
Que ante cualquier desacuerdo, discrepancia o disputa derivada
de la aplicación o interpretación del presente Convenio, las partes se
comprometen a agotar de buena fe todas las instancias de negociación
tendientes a poner n al conicto y, en caso, de no poder arribar a una
solución satisfactoria, se someten a la jurisdicción y competencia de los
Tribunales Federales con asiento en la ciudad de La Plata, con renuncia a
cualquier otro fuero o jurisdicción;
Que ha tomado la intervención de su competencia Asesoría General
de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el artículo 2° del Decreto N° 1.470/04 y artículo 1°, inciso 5) del Decreto
N° 272/17-E ;
Por ello,
EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL
DECRETO N° 1470/04 y 272/17 – E EL MINISTRO DE CIENCIA,
TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Aprobar el Convenio Especíco celebrado entre
la Universidad Tecnológica Nacional - Facultad Regional de Trenque
Lauquen y el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Provincia
de Buenos Aires, el que como Anexo Único (IF-2017-03312285-GDEBA-
DATJMCTI) integra la presente resolución.
ARTÍCULO 2°. Registrar, noticar Fiscal de Estado, comunicar a la
Secretaría Legal y Técnica, publicar y dar al Boletín Ocial. Cumplido,
archivar.
Jorge Román Elustondo
Ministro
Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación
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