Publicaciones de la Sección Oficial de 07/02/2024

Fecha de publicación07 Febrero 2024
SecciónSección Oficial
AÑO CXV - Nº 29687 La Plata, miércoles 07 de febrero de 2024.-
AUTORIDADES
Gobernador Dr. Axel Kicillof
Secretaria General Lic. Agustina Vila
Subsecretaria Legal y Técnica Dra. María Sol B erriel
D E L A P R O V I N C I A D E B U E N O S A I R E S
Domicilio Legal Calle 12 e/ 53 y 54 - Torre II - Piso 7 - La Plata, Pcia. de Buenos Aires Tel./Fax 0221 429.5621 - e-mail info@boletinoficial.gba.gob.ar
www.boletinoficial.gba.gob.ar
Sumario
DECRETOS 3
RESOLUCIONES 8
DISPOSICIONES 34
INSTITUTO DE PREVISIÓN
SOCIAL 58
LICITACIONES 64
COLEGIACIONES 81
TRANSFERENCIAS 82
CONVOCATORIAS 83
SOCIEDADES 87
VARIOS 91
Sección
Oficial
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUE NOS AIRES
La Plata > miércoles 07 de febrero de 2024
SECCIÓN OFICIAL > página 2
Sección
Oficial
DECRETOS
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETO Nº 76/2024
LA PLATA, BUENOS AIRES
Miércoles 17 de Enero de 2024
VISTO el expediente EX-2023-46309469-GDEB A-DTAYLICULGP del Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires, por
el cual se propicia la reubicación excepcional para el personal de la Planta Permanente con Estabilidad que revista en el
régimen de la Ley N° 12.268, y
CONSIDERANDO:
Que, en el marco de la Ley N° 13.453, durante el transcurso del año 2023 se llevaron adelante negociaciones colectivas, en
procura de incluir mejoras en las condiciones laborales de los/as trabajadores/as del Instituto Cultural de la Prov incia de
Buenos Aires, comprendidos/as en la Ley N° 12.268 “Régimen de las Actividades Artísticas, Técnicas y Complementarias a
las mismas”;
Que, en consecuencia de ello, se acordaron diversas medidas tendientes a resguardar el derecho de los/as trabajadores/as
a la carrera administrativa del personal de la Ley N° 12.268 ;
Que la gestión de autos se enmarca en un proceso que, en forma transversal, ha procurado efectiv izar el derecho a la
carrera administrativa de los/as trabajadores/as de la Adm inistración Pública Provincial;
Que la medida propiciada reconoce su antecedente inmediato en el Acta Paritaria suscripta el día 20 de octubre de 2023
(IF-2023-45433029-GDEBA-DPNCMTGP), con las/os representantes sindicales de las/os trabajadoras/es estatales, en el
marco de las negociaciones colectivas establecidas en la Le y N° 13.453;
Que, conforme surge de la referida Acta Paritaria, se propicia reubicar, excepcionalmente y por única vez, a partir del 1° de
octubre de 2023, al personal de l a Planta Permanente con Estabilidad del artículo 6 inciso b) de la Ley N° 12.268 que, al 30
de septiembre de 2023, revistaba en la Categoría 13, Profesional B, Agrupamiento IV Profesional, Técnico y Administrativo,
y posea una antigüedad mayor o igual a cuatro (4) años en d ependencias de la Administración P ública Provincial, en la
Categoría 16, Clase III, Profesional A;
Que, asimismo, resulta pertinente efectuar un reconocimiento a las labores cumplimentadas por los/as trabajadores/as de
la Planta Permanente con Estabilidad del Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires, que actualmente se encuentren
ejerciendo funciones jerarquizada s de Jefe/a de Departamento, Subdirector/a , Jefe/a de Sección Técnica y Jefe/a Artístico,
en el ámbito del estatuto legal aprobado por la Ley N° 12.26 8, revistando en categorías inferiores;
Que, en consecuencia, procede en esta instancia la reubicación excepcional, a partir del 1° de octubre de 2023, de
aquellos/as agentes que se encontraren ejerciendo, al 30 de septiembre de 2023, las funciones previamente aludidas, y
revistando en categorías inferiores;
Que, a tales efectos, los/as trabajadores/as deberán contar con a cto administrativo por el que se les haya encomendado
las tareas enunciadas, en estructuras orgánico-funcionales vigentes, acreditando, asimismo, haber percibi do sus haberes
conforme la categoría de mayor jerarquía ejercida, y verificando el desempeño de las mismas por al menos tres (3) años
continuos o cinco (5) alternados al 3 0 de septiembre de 2023, circunstancia que deberá ser acreditada mediante la
certificación que expida el Instituto Cultural;
Que la reub icación escalafonaria no implicará la titu larización en las funciones jerárquicas e nunciadas, y se efectuará
transformándose, en todos los casos, el cargo de revista de cada trabajador/a en el Agrupamiento y Categoría en que se
lo/a reubica;
Que, asimismo, se propicia ratificar que la totalidad de los cargos de la Planta Permanente con Estabilidad y de la Planta
Temporaria con que cuenta el Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires, son regidos por el estatuto aprobado por la
Ley Nº 12.268;
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La Plata > miércoles 07 de febrero de 2024
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