Publicaciones de la Sección Oficial de 03/01/2024

AÑO CXV - Nº 29662 La Plata, miércoles 03 de enero de 2024.-
AUTORIDADES
Gobernador Dr. Axel Kicillof
Secretaria General Lic. Agustina Vila
Subsecretaria Legal y Técnica Dra. María Sol B erriel
D E L A P R O V I N C I A D E B U E N O S A I R E S
Domicilio Legal Calle 12 e/ 53 y 54 - Torre II - Piso 7 - La Plata, Pcia. de Buenos Aires Tel./Fax 0221 429.5621 - e-mail info@boletinoficial.gba.gob.ar
www.boletinoficial.gba.gob.ar
Sumario
DECRETOS 3
RESOLUCIONES 10
RESOLUCIONES FIRMA CONJUNTA 58
DISPOSICIONES 60
HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS 104
LICITACIONES 104
COLEGIACIONES 125
TRANSFERENCIAS 125
CONVOCATORIAS 127
SOCIEDADES 130
VARIOS 139
Sección
Oficial
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUE NOS AIRES
La Plata > miércoles 03 de enero de 2024
SECCIÓN OFICIAL > página 2
Sección
Oficial
DECRETOS
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETO Nº 40/2023 B
LA PLATA, BUENOS AIRES
Martes 26 de Diciembre de 2023
VISTO el expediente EX-2023-40178374-GDEBA-DPELSPMHYFGP del Ministerio de Hacienda y Finanzas, mediante el
cual se propicia dar por aprobado el pago de tres ( 3) asignaciones extraordinarias no remunerativas de hasta pesos treinta
mil ($30.000) cada una, destinadas al personal activo de la Administración Pública Provincial, como asimismo, adicionar
diez (10) puntos porcentuales a la política salarial delin eada para el sector con vigencia desde el mes de septiembre de
2023, y
CONSIDERANDO:
Que este Gobierno Provincial ha promovido la mejora sostenida de las remuneraciones de los trabaj adores y trabajadoras
del sector publico provincial, a través del mecanismo de las paritarias salariales instaurado mediante la negocia ción
colectiva;
Que en sendos acuerdos paritarios realizados durante los meses de febrero y marzo de 2023 al amparo de las Leyes de
negociaciones colectiva s Nº 13.453 y Nº 13.552, se delineó para el personal de la Administración Pública Provincial, una
política salarial aplicable en tres tramos, fijando porcentuales de aumento que -en líneas generales- implicaron incrementos
en las retribuciones del veinte por ciento (20 %) con vigencia desde el 1º de marzo de 2023 , del veintiséis por ciento (26 %)
desde el 1º de mayo de 2023 y del cuarenta por ciento (40 %) desde el 1º de julio de 2023, porcentuales acumulados
desde el mes de diciembre de 2022;
Que los acuerdo s paritarios referidos, incluyeron una cláusula de reapertura, en el caso de que el sendero inflacionario se
apartara de las proyecciones que dieron origen a los acuerdos y, también una cláusula de seguimiento y monitoreo
operativa en el mes de mayo del citado año;
Que en virtud de la operatividad de la aludida cláusula de monitoreo, se convino adelantar el incremento previsto para el
mes de julio al mes de mayo de 2023, quedando por lo tanto el incremento salarial en cuarenta por ciento (40 %)
acumulado desde el 1° de mayo de 2023, acordando las partes reabrir negociaciones en el mes de junio;
Que, reiniciadas las negociaciones paritarias en el mes de junio de 2023, las representaciones gremiales y el Estado
Empleador acordaron d os etapas adicionales de política salarial consistentes, en líneas generales, en incr ementos del
setenta por ciento (70 %) d esde el 1º de julio de 2023 y del ochenta y cinco por ciento (85 %) desde el 1º de septiembre de
2023, porcentajes acumulados respecto de diciembre de 2022;
Que en dichos acuerdos se ha determinado, por un lado, la inclusión de una cláusula de monitoreo, por la que las partes
analizarían la evolución del acuerdo paritario en el mes de septiembre, y otra de reapertura, pudiendo adelantarse la
misma, en el caso de que la evolución de los indicadores se apartara de las proyec ciones que han servido de base para el
convenio;
Que la pauta salarial delineada bajo el marco de las Leyes Nº 13.453 y Nº 13.552, se replicó -en términos generales- para
el personal, funcionarios/as y magistrados/as del Poder Judicial encuadrado en la Le y Nº 10.374, para el personal
de planta perman ente sin estabilidad y je rarquizado superior, como asimismo, para los/as agentes de la Policía y del
Servicio Penitenciario Bonaerense;
Que los acuerdos concertados en los marcos paritarios aludidos han logrado sostener el salario de los/as trabajadores/as
del sector público provincial;
Que, si bien el mecanismo de las paritarias resulta el medio idóneo para lograr los fines de la política salarial, deviene
necesario la implementación de una medida de carácter excepcional que, con ejecutorie dad inmediata, proteja la
indemnidad salarial de los/as trabajadores/as del sector pú blico provincial;
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La Plata > miércoles 03 de enero de 2024
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