Publicaciones de la Sección Oficial de 03/04/2024

Fecha de publicación03 Abril 2024
SecciónSección Oficial
O CXV - N° 29.721
DE LA PRO V I N C I A DE BUENOS AIRES
La Plata, miércoles 3 de abril de 2024.-
Domicilio Legal Calle 12 e/ 53 y 54 - Torre II - Piso 7 - La Plata, Pcia. de Buenos Aires Tel./Fax 0221 429.5621 - e-mail info@boletinof‌icial.gba.gob.ar
www.boletinof‌icial.gba.gob.ar
AUTORIDADES
Gobernador Dr. Axel Kicillof
Secretaria General Lic. Agustina Vila
Subsecretaria Legal y Técnica Dra. María Sol Berriel
2 DE ABRIL
DÍA MUNDIAL DE
CONCIENTIZACIÓN SOBRE EL
Sumario
DECRETOS 3
RESOLUCIONES 7
RESOLUCIONES FIRMA
CONJUNTA 36
DISPOSICIONES 38
INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL 49
JUNTA ELECTORAL 57
LICITACIONES 57
COLEGIACIONES 70
TRANSFERENCIAS 70
CONVOCATORIAS 71
SOCIEDADES 82
VARIOS 93
Sección
Oficial
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUE NOS AIRES
La Plata > miércoles 03 de abril de 2024
SECCIÓN OFICIAL > página 2
Sección
Oficial
DECRETOS
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETO Nº 293/2024
LA PLATA, BUENOS AIRES
Domingo 24 de Marzo de 2024
VISTO el expediente EX-2024-06871590-GDEBA-UACCOMIREC del Comité de Cuenca del Río Reconquista (COMIREC ),
por el cual se propicia la limitación y designación de divers os funcionarios, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº 12.653 y modificatoria, se creó el Comité de Cuenca del Río Reconquista (C OMIREC),
estableciéndose sus objetivos y funciones;
Que la m encionada ley dispone que la dirección y administración del Comité de Cuenca del Río Reconquista (COMIREC)
estará a cargo de un Dire ctorio compuesto por siete (7) miembros, indicando en los incisos a), b) y c) del artículo 5º la
representación y forma de designación de los mismos;
Que Leonardo Javier NARDINI presenta la renuncia, a partir del 10 de diciembre de 2023, al car go Presi dente del
Directorio del Comité de Cuenca del Río Reconquista, en el cual fue oportunamente designado por Decreto N° 1191/2021;
Que Guillermo JELINSKI presenta la renuncia, a partir del 21 de diciembre del 2023, como miembro del Directorio del
Comité de Cuenca del Río Reconquista (COMIREC), en represen tación del Ministerio de Infraestructura y Servicios
Públicos, cargo en el cual fue designado por Decreto N° 23 4/2020;
Que, asimismo, corresponde limitar a Luis Alberto MORALES, a partir del 1 de enero del 2024, como miembro del
Directorio del Comité de Cuenca de l Río Reconquista (COMIREC) en representación del entonces Minis terio de Jefatura de
Gabinete de Ministros, cargo en el que fue designado por Decreto N° 733/2022;
Que, consecuentemente, se propician las designaciones de Martin SABBATELLA como Presidente del Directorio del
Comité de Cuenca del Río Reconquista (COMIREC), de conformidad con lo establecido en el artículo 5° inciso a) de la Ley
N° 12.653 y su modificatoria Ley N° 14.854, y de Edgardo Fernando DEPETRI como Miem bro del Directorio del Comité de
Cuenca del Río Reconquis ta (COMIREC), de conformidad con lo esta blecido en el artículo 5° inciso b) d e la Ley N° 12.653
y su modificatoria Ley N° 14.854, ambos propuestos por el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos;
Que, por otro lado, se promueve la designación de Daniel Guillermo LARRACHE como Miembro del Directorio del Comité
de Cuenc a del Río Reconquista (COMIREC), de conformidad con lo establecido en el artículo 5° inciso b) de la Ley N°
12.653 y su modificatoria Ley N° 14.854, propuesto por el M inisterio de Gobierno;
Que la Dirección de Sumarios Administrativos informó que los funcionarios salientes no registran actu aciones sumariales
pendientes de resolución;
Que han tomado la inter vención de su competencia la Dirección Provincial de Personal, la Subsecretaría de Gestión y
Empleo Público, la Dirección Provincial de Asuntos Jurídicos y la Subsecretaría Legal y Técnica, todas ellas dependientes
de la Secretaría General;
Que Asesoría General de Gobierno se ha expedido favorablemente;
Que la gestión se promueve conforme los términos de la L ey N° 12.653 y su modificatoria Ley N° 14.854;
Que, asimismo, la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 - proemio- de la
Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUEN OS AIRES
DECRETA
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La Plata > miércoles 03 de abril de 2024
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