Publicaciones de la Sección Jurisprudencia de 15 de Julio de 2022

Sección
Jurisprudencia
AÑO LXXXI - Tº 199 - Nº 18338
RESOLUCIONES
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA
Departamento Judicial de Trenque Lauque n.
Suspensión de términos procesales en el J uzgado en lo Correccional N° 2.
Resolución Nº 1614/2022
3005-8225-2022
VISTO Y CONSIDERA NDO: La presentación efectuada por el Dr. Hernán José Crespo, titular del Juzgado en lo
Correccional N° 2 del Departamento Judicial de Trenque Lauquen, mediante la cual s olicita que se disponga la suspensión
de los términos procesales por el día 30 de mayo del corriente año, con motivo de la falta de sistema informático en la sede
del citado organismo.
Que, en virtud de que el informe elevado por la Subsecretaría de Tecnología Informática, da cuenta que durante la citada
jomada se produjo la rotura de una cañería de a gua, mojándose los cables de datos y eléctricos, corresponde otorgar la
suspensión de términos solicitada sin perjuicio de la valide z de los actos cumplidos.
POR ELLO, la Suprema Corte de Justicia, en ejercicio de sus atribuciones (Art. 32 "m” y enes, de l a Ley 5827) y con
arreglo a lo previsto en el artículo 4 del Acuerdo 3971 modi ficado por el Acuerdo 3976,
RESUELVE
Artículo 1º: Disponer la suspe nsión de los términos procesales en el Juzgado en lo Correccional N° 2 del Departamento
Judicial de Trenque Lauquen, por el día 30 de mayo del co rriente año, sin perjuicio de la validez de los actos cumplidos.
Artículo 2º: Regístrese, comuníquese vía correo electrónico y publíquese.
Firmada: 11 de julio de 2022
Luis Esteban Genoud , Hilda Kogan, Daniel Fernando Soria, Sergio Gabriel Torres. Ante mí: Matías José Álvarez.
Departamento Judicial San Nicolás
Suspensión de términos procesales en el T ribunal del Trabajo N° 2
Resolución Nº 1615/2022
3005-8256-2022
VISTO Y CONSIDERANDO: La presentación efectuada por la Dra. Paula A. Capucchio, Presidenta del Tribunal del Trabajo
N° 2 de San Nicolás, mediante la cual solicita que se disponga la suspensión de los términos procesa les por el día 1 de
junio del corriente año, con motivo de inconvenientes suscitados por la s filtracione s cloacales en la sede del citado
organismo.
Que, en virtud de que el informe elevado por la Dirección General de Arquitectura, Obras y Servicios, da cuenta que
durante la citada jomada hubo problemas con los desagües cloacales lo que provocó la clausura de los baños del citado
organismo, corresponde otorgar la suspensión de término s solicitada sin perjuicio de la validez de los actos cumplidos.
POR ELLO, la Suprema Corte de Justicia, en ejercicio de sus atribuciones (Art. 32 "m” y enes, de l a Ley 5827) y con
arreglo a lo previsto en el artículo 4 del Acuerdo 3971 modi ficado por el Acuerdo 3976,
RESUELVE
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUE NOS AIRES
La Plata > viernes 15 de julio de 2022
DIARIO DE JURISPRUDENCIA JUDICIAL - 107
SECCIÓN JURISPRUDENCIA > página 1

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