Publicaciones de la Sección Jurisprudencia de 05 de Julio de 2021

Sección
Jurisprudencia
AÑO LXXX - Tº 198 - Nº 18242
ACUERDOS
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA
Estatuto de la Policía Judicial
Acuerdo N° 4026
3001-27823-2021
VISTO: Lo dispuesto en la Constituc ión de la provincia de Buenos Aires, en la Le y 14.442, y en la Ley 15.005 con las
modificaciones introducidas por la Ley 15.023; y
CONSIDERANDO:
1°) Que de acuerdo al artículo 160° de la Constitución de la provincia de Buenos Aires el Poder Judicial será desempeñado
por una Suprema Corte de Justicia, Cámaras de Apelació n, jueces y demás tribunales que la ley establezca;
2°) Que el artículo 161° a su vez establece en su inciso 4° que la Suprema Corte de Justicia:
‘'Nombra y remueve
directamente lo s secretarios y empleados del tribunal, y a propuesta de los jueces de primera instancia, funcionarios del
ministerio público y jueces de paz, el personal de sus res pectivas dependencias",
3°) Que, el artículo 189° establece que el Ministerio Público será desempeñado por el Procurador Genera l de la Suprema
Corte de Justicia quien ejercerá superintendencia sobre lo s demás miembros del Ministerio Público;
4°) Que la Ley 14.442 establece las nornas de funcionam iento del Ministerio Público de la provincia d e Buenos Aires, sus
atribuciones y estructura;
5°) Que la Ley 15.005 crea la Policía Judicial, bajo el régimen de servicio público esencial, dependiente orgánica y
funcionalmente del Ministerio Público de la provincia de B uenos Aires;
Que la citada norma define en su artículo 2° a la Policía Judicial como
"... una institución civil técnico-científic a, organizada
jerárquicamente, que asistirá y trabajará con el agente fiscal en la investigación, búsqueda, recolección, presentación y
análisis de elementos de convicción y prueba en los proc esos penales... ”;
Que, asimismo, dich o artículo agrega que la referida institución s e organizará sobre la base de los principi os de
organización jerárquica, especialización y descentralizació n.
6°) Que el artículo 3° de la mencionada Ley establece que el Procurador General de la Suprema Corte de Justicia de la
provincia de Buenos Aires tiene a su cargo
“...la administración general de la Policía Judicial Que dicha facultad de
administrador comprende la formulación, el establecimiento y la supervisión del cumplimiento de los parámetros generales
y protocolos reglamentarios de la gestión administrativa; la gestión de los recu rsos hum anos; la gestión económica,
contable y financiera; la gestión pres upuestaria; la gerencia patrimonial e infraestructural, y la asistencia y el
asesoramiento jurídico"
7°) Que conforme reza el artículo 8°:
“El Procurador General de la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos
Aires selecciona a los funcionarios y empleados de la Policía Judicial de conformidad a los términos de esta L ey y de la
reglamentación que él dicte, mediante pro cesos que contemplen los principios de concurrencia y publicidad, y propone su
designación y remoción a la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires en virtud d e lo establecido en el
artículo 161°, inc. 4, de la Constitución de la provincia de B uenos Aires”;
8°) Que avanzar sobre la consolidación de un sistema científico-técnico que colabore con la investigación crim inal es un eje
estratégico del servicio de Administración de Justicia provin cial;
9°) Que, a efectos de cumplimentar la puesta en funcionamien to de la Policía Judicial, resulta necesario que la Suprema
Corte de Justicia y la Procuración General doten a la institución de un estatuto que regule los deberes y obligaciones del
personal, respetando los principios de la Ley 15.00 5, y especialmente, el carácter de servicio público esencial del personal
afectado a funciones específicas de la Policía Judicial;
10°) Q ue, con el fin de optimizar el funcionamiento y coordinación del personal, así como también garantizar la carrera
profesional y técnico administrativa, correspon de crear un régi men escalafonario que reconozca las particularidades de la
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUE NOS AIRES
La Plata > lunes 05 de julio de 2021
DIARIO DE JURISPRUDENCIA JUDICIAL - 968
SECCIÓN JURISPRUDENCIA > página 1

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