Publicaciones de la Sección Judicial de 28/07/2023

Sección
Judicial
SUBASTAS ELECTRÓNICAS
BANCO PLATENSE S.A. C/CALVO, MARTA SUSANA S/EJEC. HIPOTECARIA
POR 3 DÍAS - El Juzg. Civ. y Com. Nº 2, sito Palacio de Tribunales 13 e/47 y 48 La Plata, comunica en autos “Banco
Platense S.A. c/Calvo, Marta Susana s/Ejec. Hipotecaria”, Expte. 69115, que el martillero Miguel A. Bañez, col. 5612, dom.
Calle 5 Nº 1348, La Plata, cel. 221-670911 2, correo electrónico: tasaci onesyrematesbm@hotmail.com, venderá mediante
sistema de subasta judicia l electrónica, a través del sitio web “http://subastas.scba.gov.ar”, comenzando EL 31 D E
AGOSTO DE 2023 A LAS 10:00 HS. Y HASTA EL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DE 2023 A LAS 10:00 H S., las Dos Terceras
Partes Indivisas de Un Lote De Terreno, con lo adherido y plantado, sito en Partido de La Plata, sobre Camino Centenario
esquina 46 1, designado en su títul o como 18 de la Mz. K, Matrícula 129.843 (055), Nom. Cat. Circ. VI, Sec. P, M z. 75,
Parcela 2 3, Partida 173741, mide 7,26 m. frente al S. sobre Cam. Centenario; 43,92 m frente O.N.O s/calle; 3,74 m en
ochava; 10 m al N.N.E lindando parte lote 19 y 44,6 3 m al E.S.E. lindando lote 17, superficie 4 53,36 m2., reconoce
restricción dominio expte. 4061-6671 según ordenanza 4495/78, T.R. 22/VI/83, ad corpus, en estado que se encuentra,
local comercial ocupado por Sr. Bonet M artin, DNI 37.358.423 no exhibiendo título según mand amiento12/07/2023. Base
$7.524.459,33.-. Depósito de garantía $376.223.- en Banco de l a Provincia de Buenos Aires, Suc. Tribunales (2050), en
cuenta de autos, en pesos: 2050-027-0018190/2 CBU 0140114727205001819029, CUIT 30-99913926-0. Título, deudas
tasas e impuestos en autos. Venta al Contado, mejor postor. Para participar en la subasta el interesado debe estar anotado
en el Registro General de Subasta s y en particular en la subasta, con comprobante depósito de garantía antes de las 10:00
hs. del día 28 de Agosto de 2023.- Audiencia de adjudicación en Juzgado el 28 de Septiembre de 2023 a las 10:00 hs. y
allÍ el adquirente deberá presentarse con formulario de inscripción en subasta, comprobante pago depósito en garantía,
constancia de código de postor; comprobante de pago del 20% en concepto de Seña, y comprobante de depósito del 3%
sobre el precio por honorarios del martillero, más 10% de aportes pr evisionales sobre com isión (pa rte compra dora),
instrumentos que permitan su individualización como comprador, y constituir domicilio lega l en radio del Juzga do bajo
apercibimiento Art. 41 CPCC. El saldo de precio deberá depositarlo en la cuenta de autos dentro de lo s cinco (5) días de
notificada aprobación de la subasta, bajo apercibimiento de ser declarado postor remiso. El 1,5% pago ITI Ley 23095,
deberá abonarlo el comprador al escriturar ó inscribir el bien a su nombre. Sin entenderse como una liberación en sentido
estricto, exímase de pago de deudas por impuestos y tasas al comprador para que pueda culminar los trámites atinentes a
la transmisión dominial. El adjudicatario podrá optar por la inscripción directa del dominio (Art. 581 CPCC) ó designar
escribano. Los gasto s que la instrumentación de la escritura o inscripción demanden, como el cumplimien to de todas las
reglamentaciones de cualquier tipo que se refieran al inmueble (por ej. Catastro parcela rio, Ley 10.707) son a cargo del
comprador, así como la remoción de cualquier impedimen to que obstaculizara la escrituración y fuera ajena al proceso.
- Exhibición: 17 de agosto 2023 de 10:00 a 12:00 hs. Se permite la modalidad de postura máxima secreta. Se prohíbe la
compra en comisión y la cesión de boleto ó adjudicación. El interesado deberá manifestar si efectúa reserva de postura a
efectos Art. 585 CPC y Arts. 21, 24 y 40 anexo Ac. 3604. La re glamentación de las Subastas Judiciales Electrónicas dictada
por el Acuerdo 3604 SCBA, y sus modificaciones, se encuentran publ icadas en la página de la Suprema Corte de Justicia
de la Provincia de Buenos Aires.Dicho portal ofrece información de acceso público y permite el seguimiento directo por
Internet de las subastas e n forma anónima. En el caso de usuarios registrados - inscriptos para participar de la subasta, en
la forma prevista en el prese nte, en el auto de venta, resoluciones del expte. y por el acuerdo 3604 SCBA, que se le dan
por conocidos y aceptados - quedarán habilitados para pujar a través de la modalidad electrónica que en el citado Acuerdo
se regula. Para mayor información dirigirse al Martillero, al Juzgado para la consulta del expte., o al Registro General de
Subastas Judiciales calle 13 entre 47 y 48 entrepiso de esta ciudad. La Plata, julio de 2023.
jul. 27 v. jul. 31
EDICTOS
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUE NOS AIRES
La Plata > viernes 28 de julio de 2023
SECCIÓN JUDICIAL > página 1
POR 5 D ÍAS - El Señor Titular del Juzgado de Garantías N° 1 del Departamento Judicial de L omas de Zamora, Dr. Jorge
Walter López, notifica a EDUARDO GABRKIEL CASTRO, en causa N° PP-07-00-056616-21/00 de la Secretaría del
Juzgado de Garantías Nº 1 Deptal., la resolución que a continuación se transcribe: "Lomas de Zam ora, 23 de marzo de
2023. Declarar Extinguida la Acción Penal en la presente causa respecto de Gabriel Eduardo Castro y Norman Hector Pinto
Ribero" Fdo. Jorge Walter López, Juez. Ante mi. A los fines que corresponda se trans cribe el auto que ord ena la presente
medida: "Lomas de Zamora, 19 de julio de 2023. De acuerdo con lo informado con fecha 3 de mayo de 2023 notifico a
Gabriel Eduardo Castro de la resolución correspondiente a su Sobreseimiento, de fecha 22 de marzo de 2023, mediante la
publicación de e dictos. Notifíquese por el funcionariado al B oletín Oficial de la Pro vincia de Buenos Aires. Artículo 12 9 del
Código Procesal Penal". Fdo. Jorge Walter López, Juez de Garantías.
jul. 24 v. jul. 28
POR 5 DÍAS - El Titular del Juzg ado de Garantías N° 2 del Departamento J udicial Lomas de Zamora (Descentralizado
Esteban Echeverría), Javier L. Maffucci Moore notifica a ELIAS ULISES GRANICH en la I.P.P. N° PP-07-03-008585-22/00
(UFIyJ N° 1 - Esteban Echeverría) la resolu ción que a continuación se transcribe: "Argumentos... Considerando... Resuelvo:
I. Sobreseer a Elias Ulises Granich (DNI N° 42.296.910), de las demás condiciones personales obrantes en autos, en orden
al hecho presuntamente cons titutivo del delito de Violación de Medidas - Propagación Epidemia, por el cual fue ra
formalmente imputado (arts. 45 y 205 de l C.P. y 321, 322 y 323, inciso 3º del Código Procesal Penal). II. Dejar sin efecto la
captura que registra Elias Ulises Granich en el marco de e sta causa". Fdo.: Javier L. Maffucci Moore, Juez.
jul. 24 v. jul. 28
POR 5 DÍA S - El Señor Juez a cargo (PDS) del Juzgado Correccional N° 3 del Departamneto Judicial de Lomas de
Zamora, D r. Antonio Balicky notifica a JAVIER FRANCISCO SERVIAN en su carácter de víctima de la causa Nº 07-00-
10217-23 (nº interno 8768) seguida a Hernán Darío Lopez, en orden al delito de Abuso de Armas de trámite ante el
Juzgado en lo Correccion al Nº 3 del Departamento Judicial Lom as de Zamora, (sito en el 4º piso, sector "f" del Ed.
Tribunales, Cno. Negro y Larroque, Banfield, tel. nº 4202-1327 internos 12134, 12241, 12354 y 12329 -fax automático-, e-
mail: juzcorr3-lz@jusbuenosaires.gov.ar), la siguiente resolución que infra se trasncribe: En Banfield, partido de Lomas de
Zamora, a los quince días del mes de junio de dos mil veintitrés, luego de deliberar sobre los antecedentes de autos y las
pruebas colectadas durante la Investigación Penal Preparatoria, a los efectos de di ctar Veredicto, y en su caso Sentencia,
en la causa Nº 07-00-10217-23 (nº interno 8768) del registro de este Juzgado en lo Correccional Nº 3 departamental, a
cargo del Juez P.D.S. Dr. Carlos Gualtieri, Secretaría Única, y regis trada bajo el Nº 1393/23 de la Secretaría de Gestión
dependiente de la Excelentísima Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal local, seguida a Hernán Darío López,
apodado "Fisu", titular de DNI Nº 25.824.954, de nacionalidad argentina, de estado civil soltero, nacido el día 28 de marzo
de 1 977 en la localidad de Quilmes, Provincia de Buenos Aires, changarín, hijo de Víctor Ramón López y de Eleodora
Molina, domicil iado en calle Tucumán N° 442 de la Localidad de José Marmol, partido de Almirante Brown, provincia de
Buenos Aires, anotado en Re gistro Nacional de Reincidencia bajo el Nº O558645 2, y en la Sección antecedentes
personales del Ministerio de S eguridad provincial bajo el Nº 946630 Sección A.P, por el delito de Abuso de armas. Resulta:
A) El Dr. Gerardo Mohoraz, Agente Fiscal de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio N° 6 Departamental, elevó la
causa a juicio por considerar a Herná n Darío Lopez autor del delito de abuso de armas conforme lo normado por los Arts.
45 y 104 del Código Penal. Artículos 334 y 335 del Código Procesal Penal. B) Que el Dr. Gerardo Mohoraz, Agente Fiscal
de la Unidad de Funcional de Instrucción y Juicio N° 6, solicitó la aplicación del Instituto de Juicio Abreviado, pidiendo en
ese acto la pena de un (1) año d e prisión de efectivo cumplimiento mas las costas del proceso y la declaración de
reincidencia en orden a l delito de abuso de armas en los términos de los arts. 45, 104 del Código Penal. Es así qu e la
defensa como su asistido extendieron su conformidad, tanto respe cto de la calific ación legal como del monto de pena
requerido. C) Que, mantenida la entrevista con el imputado, por video conferencia según constancias de las actuaciones el
mismo comprendió acabadamente los alca nces del instituto que se plantea. En consecuencia, visto el acuerdo alcanzado
deviene pertinente resolver sobre lo pe ticionado por las partes de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 398, inciso
2° del ritual. Cuestión previa: ¿Resulta admisible el trámite de juicio abreviado peticionado por las partes? Hab ida cuenta la
conformidad alcanzada por las partes y designada que fue la audiencia prescripta por los Artículos 41 del fondal y 398
inciso 2° párrafo segundo, del compendio procedim ental, oportunidad en la que, luego de tomar el Suscripto contacto de
visu por video conferencia en presencia de la secretaria, con el imputado e imponerlo de las consecuencias de la vía
adoptada, el mismo expresó comprender los alcance s del instituto escogitado, ratifican do la petición incoada. Así entiendo
que corresponde declarar formalmente a dmisible la conformidad alcanzada por las partes, pasando sin más trámite a dar
cumplimiento con lo establecido por el artículo 399 del Digesto Adjetivo, e ítems b.1.1, b.1.1.2 (i.i), b.1.2.1 de la resolución
10/20 de presidencia de la SCJPB A del 18/3/20, quedando así la presente causa en estado d e resolver. Así lo voto, por ser
mi sincera e íntima convicción. (Arts. 395, 396, 397, 398 inci so 2° del C.P.P.). Así, a los efectos de dictar veredicto y en caso
de corresponder sentenc ia, deberé tratar las siguientes Cuestiones: Primera: ¿Se encuentra acreditada la materialidad
ilícita confo rme lo rel atara el S r. Agente Fiscal, en cuanto a que: "El día 11 de febrero de 2023 aproximadamente a las
14:00 horas, en e l domicilio sito en la calle Tucumán Nro. 442 de la loc alidad de San José, partido de Almirante Brown, un
sujeto masculino individualizado como López Hernán Dario, alias "Fisu" efectuó varios disparos de arma de fuego contra la
persona de Servián Javier Francisco, causándole una lesión por proyectil de ar ma de fuego en la pierna derecha, lesiones
de carácter leve desde el punto de vista médico le gal" ?.La materialidad ilícita re dactada, encuentra apoyatura en las
siguientes probanzas reunidas en el curso del proces o hasta hoy: Tengo en cuenta en p rimer término el acta de
procedimiento digitalizad a en las actuaciones. Se desprende de la misma que ".. .En la localidad de San José, Partido de
Almirante Brown, Provincia de Buenos Aires a los 11 días del mes de febrero del 2023 siendo las 14:00 hs., el suscripto
Sargento Barrera Damián, secundado en la oportunidad por la Oficial de Policía Gavilán Belén, ambos prestando servicio
en el día de la fecha en el comando de Patrulla de Almirante Brown, que nos encontrábamos a bordo del móvil identificable
N° 22.777 abocados a zona 26 de este medio. Que en momento que nos encontrábamos recorriendo en prevención y
disuasión de delitos y faltas en general contra las personas y/o sus bienes, somos alertados por la radio o peradora de turno
del sistema 911 a constituirnos a la intercesión de las arterias Tucumán y Canale de esta medio, ya que en el lugar habría
varias detonaciones de armas de fuego. Que segui damente nos desplazamos al lugar a los fines de certificar la veracidad
del llamado. Que una vez próximos al lugar, varios vecinos nos indican que en la cal le Tucumán N°442, se habrían
escuchado varias detonaciones de armas de fuego, momento justo donde visualizamos a un sujeto masculin os retirándose
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUE NOS AIRES
La Plata > viernes 28 de julio de 2023
SECCIÓN JUDICIAL > página 2

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR