Publicaciones de la Sección Judicial de 27/11/2023

Sección
Judicial
SUBASTAS ELECTRÓNICAS
COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN DE FIDEICOMISO C/VIÑUELA DE CASCO CARMEN V. Y OTRO
S/CONCURSO ESPECIAL
POR 5 DÍAS - El Juz. Civ. y Com. N° 1, Trenque Lauquen , sito en 9 de Julio Nº 54 de Trenque Lauquen, comunica en autos
“Comité de Administra ción de Fideicomiso c/Viñuela De Casco Carmen V. y Otro s/Concurso Especial", Expte. 33736, que
el M art. Carlos Prono, rematará mediante la mo dalidad de Subasta Electrónica, www.scba.gov.ar/Subastas Electrónicas
(art. 562 Ley 14.238 ac. 3604/12 SCBA), el siguiente bien i nmueble: 100% inmueble Matricul a (052) 245. NC: Circ. IX, Sec.
B, M za. 18-b, Parcela 9, Partida 3783. Terreno de 12,35 x 50 metros sobre calle María O. de Casbas de la ciudad de
Casbas (Código Postal 6417), N.C.: Circ. IX, Sec. B, Mz 18-b, Parc 9, Matr. 244, Ptda 3783. Tiene alero de chapa precario
Sin otra mejora. Estado de conservación del inmueble: Buen o. Permite cesión de derechos y compra en comisión. Base:
U$S 8.000. Depósito en garantía: U$S 400. Cuenta bancaria: Bco. Pcia. Suc. Trenque Lauquen Cuenta en U$S: 028-166/8,
CBU 140356328670400016686. Cuenta en $027-514222/1, CBU 0140356327670451422211. El postor ganador no debe
los gravá menes, impuestos y tasas (si las hubiere), anteriores a la fecha de toma de posesión, la cual se hará efectiva
finalizada la audiencia de adjudicción. Saldo de precio: El precio deberá ser abonado al quinto día de aprobada la subasta
que será notificada en forma electrónica, bajo apercibimiento de considerarlo postor remiso (arts. 581 y 585, C.P.C.C.) y
perder las sumas d epositadas en concepto de depósito en garantía (art. 35 C.P.C.C.). Tipo de cambio para quienes
depositen en pesos: El depósito en garantía se deberá abonar en dólar billete o en la cantidad de pesos necesarios para
adquirir el dólar contado con liquidación, conforme co tización del décimo (10º) día hábil anterior al día de comienzo de la
puja, aplicando la cotización de "referencia" informada por el diario Ámbito (https://www.ambito.com/contenidos/dolar-cl-
historico.html). El mismo procedimiento se utilizará para a bonar el saldo de precio, conforme cotización del día hábil anterior
a la fecha de aprobación de la subasta. Exhibición: 15 de febrero de 2024 de 10 a 1 2 hs. Honorarios martillero 5 %
IVA p/comp más el 10 % de ap. prev. Acreditación de postores hasta el día 23 de febrero de 2024 a las 12:00 hs. La
subasta tendrá una duración de diez (10) días hábiles: COM ENZARÁ EL DÍA 28 DE FEBRERO DE 2024 A LAS 12:00 HS. Y
FINALIZARÁ EL 13 DE MARZO DE 2024 A LAS 12:00 HS. El martillero rendirá cuentas dentro del tercer día de realizada la
subasta conjuntamente con el acta que deberá confeccionar una vez finalizada la misma, q ue se labrará en doble ejemplar,
indicando el resultado del remate, los datos del vencedor (código de postor y monto de adjudicación) y determinar los
restantes postores co n la mayor oferta realizada por cada uno de ellos (art. 36 del Anexo I, Ac. 3604), bajo apercibimiento
de multa (art. 34 inc. 5°, 579 del C.P.C.C.). Los oferentes deberán estar inscriptos en forma previa a la subasta en el
Registro General de Subastas Judiciales de conformidad con la normativa prevista en los arts 6/24 Ac . 3604 con una
antelación mínima de tres (3) días (art 24, Anex I Ac 3604). Q uien no resulte adquirente deberá solicitar la devolución de las
sumas consignadas y no podrán ser gravadas por impuesto o tasa algu na (art. 562 C.P.C.C.). La audiencia prevista por el
art. 38 del Anexo I de la Ac está fijada para el día 16 de abril de 2024 a las 10:00 hs. (la que -en principio- se celebrará en
forma virtual a través de la plataforma Microsoft Teams). En la misma quien resulte adquirente deberá presentarse con el
formulario de inscripción a la subasta, el comprobante de pago de depósito en gtía, constancia de código de posto r,
acreditar pago de saldo de precio y pago equivalente a los honorarios del martillero con más el 10 % en concepto de
aportes previsionales y el sellado fiscal, además de los instrumentos que lo acrediten como comprador en subasta y
constituir domicilio procesal y electrónico en los términos del art. 40 C.P.C.C., bajo apercibimiento de tenerlo por cons tituido
en los Estrados del Juzgado (art. 41 C.P.C.C.). Una vez aprobada la rendición d e cuentas del martillero y dentro de los
cinco (5) días de aprobado el remate, sin necesidad de intimación previa, el adquirente deberá adjuntar el comprobante de
saldo de precio en el B co. Prov. de Bs. As. (Suc. T. Lauquen) a cuenta de autos y a orden del Juzgado bajo apercibimiento
de declararlo como postor remiso . Si no se alcanzare el perfeccionamiento de la venta, por culpa del postor remiso, y se
ordenare un nuevo remate, este último perderá todos los importes depositados y será responsable de la disminución del
precio que se obtuviere en la segunda subasta, de los intereses acrecidos y las costas causadas por ese motivo (art. 585
C.P.C.C.). En caso de existir más de un postor, y declarado postor remiso al vencedor en la puja, se considerará vencedor
al postor que hubiese realizado la segunda mejor oferta, siempre que éste haya realizado reserva de postura, a quien se
llamará a ratificarla , siempre que la misma sea igual o superior al noventa y cinco (95 %) de la oferta primera. En caso de
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La Plata > lunes 27 de noviembre de 2023
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ratificación de la oferta, continuará con el procedimiento previsto; caso contrario se seguirá el procedimiento descripto
hasta que alguno de los oferentes ratifique su oferta. En el supuesto de com pra en comisión, el comprador indicará el
nombre de su comitente en la audiencia del art 38 del Anex 1 de la Ac 3604 debiendo ser ratificado en escrito firmado por
ambos dentro del plazo de cinco días de aprobado el remate, bajo apercibimiento de tenérselo por adjudicatario definitivo
(art. 581, 582 del Cod. Proc., Ley 11909). Quien resulte comprador defin itivo del bien deberá reali zar la actividad judicial y
extrajudicial necesaria e inscribir, en un pl azo no sup erior a lo s 60 días desde una vez satisfe cho el sa ldo de pr ecio, la
compra en subasta judi cial, bajo ape rcibimiento de imponer multa hasta tanto se acredite en autos su efectivo
cumplimiento. Impuestos de sellos a/a del adquirente. Deudas por Impuesto y tasas municipales no serán responsabilidad
del adquirente hasta la fecha de toma de posesión. Informes: Al juzgado deberá n dirigirse al mail oficial: juzciv1-
tl@jusbuenosaires.gov.ar o al martillero a r ematestl@outlook.com, teléfonos 2392-623854 o en el portal de subastas en
https://subastas.scba.gov.ar o bien al expte. a través de la ME V en https://mev.scba.gov.ar.
nov. 23 v. nov. 29
EDICTOS
POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal N° 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr. Ricardo
Gabriel Perdichizzi, notifica a ÁVILE INÉS, DNI 21.653.745, en Causa Nº I NC-14851-5 seguida a Vera Carlos Manuel por el
delito de "Incidente de Estímulo Educativo Incidente de Libertad Asistida" la Resolución que a continuación de transcribe:
"///del Plata, 15 de noviembre de 2023. Ofíciese a la Seccional Policial corre spondiente al domicilio de la víctima a fin de
notificarla que conforme dispone la Ley 15232, "... La víctima tiene derecho a ser informada y a expresar su opinión ante
todo lo que estime conveniente ante el/la Juez/a de Ejecución o Juez/a compete nte, aun cuando no se haya constituido
como particular damnificado, en los casos en que se sustancien las solicitudes de salidas tra nsitorias, régimen de
semilibertad, libertad condicional, prisión domiciliaria, prisión discontinua o semidetención, liber tad a sistida y régimen
preparatorio para la liberación de la persona condenada. II. Con posterioridad a la sentencia, la víctima tendrá derecho a
interponer observaciones o quejas ante el Ministerio Publico Fiscal o Juez/a de Ejecución, aun cuando no se hubiese
constituido como particular damnificado, cuando considere que se están vulnerando sus derechos, exista in acción de los
actores judiciales o abogados/as de la víctima u observe que no se cumple n correctamente las medidas de condena. Estas
deberán plantearse bajo argumentación fundada. Durante la Ejecución de la Pena la víctima tiene derecho a ser informada
y a ser oída, en audiencia especial ante el/la Juez/a competente en la etapa procesal correspondiente, previo a la decisión
de excarcelaciones, morigeraciones o cesación de la prisión preventiva previo a la decisión de: a) Salidas transitorias. b)
Régimen de semilibertad . c) Libertad condicional. d) Prisión domiciliaria. e) Prisión discontinua o semide tención. f) Libertad
asistida. g) Cese de una medida de seguridad. Cuando la ví ctima, en su primera intervención en el proceso expresamente
manifieste su volu ntad de ser informada de las resoluciones referidas en los artículos 11, 12 y 13, el Juzgado interviniente
deberá notificarla. A tal efecto, la víctima deberá constituir y mantener actualizado el domicilio en el cual se le cursa rán las
notificaciones pertinentes. Asimismo, y en caso de considerarl o pertinente podrá solicitar la provisión de disposit ivos de
monitoreo que alerten sobre la cercanía física del liberado bajo alguno de estos institutos. El/la Juez/ a deberá comunicar a
las Fuerzas de Seguridad la resolución adoptada, a fin de que estas adopten las medidas necesarias para garantizar la
protección de la víctima...". En este sentido, requiérasele que indi que si desea ser informada de las resoluciones que se
adopten, así como si desea ser oida en audiencia en forma previa al otorgamiento de las formas de libertad anticipada que
puedan aplicarse en este caso, solicitándosele que de desearlo constituya un domicilio donde pueda ser notificada al
respecto, pudiendo rea lizar su manifestación en los cinco días posteriores a su notificación, haciéndosele saber que de no
expresarse en ese tiempo, se considerará que no desea intervenir en el expediente.-Sin perjuicio de ello, hágasele saber
que podrá hacer manifestacion es de así desearlo por vía telefónica, de lunes a viernes entre las 8:00 y las 12:00 hs. al
abonado telefónico 0223 495 6666 internos 57312 o 57313, o vía e-mail a juzejec1-mp@jusbuenosaires.gov.ar, en el
mismo plazo de cinco días antes mencionado.-".". Ricardo Gabriel Perdichizzi, Juez de Ejecución. A los fines que
corresponda se transcribe el auto que ordena la pres ente medida: "///del Plata, 15 de Noviembre de 2023. Autos y vistos:
En ate nción a lo informado respecto de la víctima de autos, notifíquese a la misma a tenor del art. 129 del C.P.P., por
medio de publicación por el término de cinco días e n el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, haciéndose saber
que su sil encio será interpretado como falta de voluntad para participar del proceso ". Ricardo Gabriel Perdichizzi. Juez de
Ejecución Penal.
nov. 21 v. nov. 27
POR 5 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 17 del Departamento Judicial de La Plata a cargo
de la Dra. Sandra Nilda Grahl, Secretaría Única a cargo de la Dra. Silvana Karina Noel sito en la calle 13 N° 688 1/2 de la
Ciudad de La Plata, Provincia de Buenos Aires, comunica por el término de cinco días que en los autos caratulad os
"Noguera Carolina Tamara s/Quiebra (Pequeña)", con fecha 24 de agosto de 2022 se ha decretado la quiebra de
NOGUERA CAROLINA TAMARA, con domicilio en calle 21A S/N e/455 y 456 de la localidad de City Bell, partido La Plata,
la que se encuentra consentida y firm e. La Sindicatura interviniente es la con tadora María Gabriela Rivas con domicilio en
calle 39 Nº 396 A La Plata abierta al público los días ma rtes, miércoles y jueves de 09:00 a 15:00 horas, donde se deberá
concurrir con turno previo comunicándose al teléfono celular 221-5038064. Se ordenó a la fa llida y a los terceros pa ra que
entreguen al Síndico los bienes de aquél, así como toda documentación de carácter contable (Art. 88 incs. 3º y 4º LCQ).
Hágase saber la prohibición de hacer pagos a la fallida, los que serán considera dos ineficaces conforme los términos del
Art. 88 inc. 5º de la Ley 24.522. Se fijó hasta el día 11 de diciembre de 2023, a fin que los acre edores presenten al Sr.
Síndico los títulos justificativos de sus créditos en la forma indicada en los Arts. 88 y 200 de la LCQ; hasta el día 26 de
diciembre de 2023 para la impugnación en los términos del Art. 200 LCQ; hasta el día 21 de febrero de 2024 para la
presentación por el Sr. Síndico de los informes individuales del Art. 35 y 200 LCQ; el día 6 de marzo de 2024 como fecha
límite para el dictado de la resolució n el Art. 36 de la Ley de Conc ursos y Quiebras (Art. 200 Ley cit.); hasta el día 5 de abril
de 2024 para l a presentación por el Sr. Síndico del informe general del Art. 39 y 200 LCQ; entre el 8 de abril de 2024 y 19
de abril de 2024 como fecha límite a los efectos previstos en el Art. 40 de la Ley de Concursos y Quiebras y hasta el día 20
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La Plata > lunes 27 de noviembre de 2023
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de mayo de 2024 en los términos del Art. 117 LCQ. La Plat a, 15 de noviembre de 2023. Candela Cereijo. Auxiliar Letrada.
nov. 21 v. nov. 27
POR 5 DÍAS - El Juzgado Civil y Come rcial de 19° Nominación de la Ciuda d de Córdoba, en los autos caratulad os
“9602795 - Santoni Rosana Del Valle c/Sucesión del Sr. Rosalin Gregorio Avendaño y Otr o - Inclusión/Exclusión de
Herederos”, cita y emplaza a los suc esores del Sr. SANTONI SERAFIN HUMBERTO, DNI N° 6.486.536, por edictos que se
publicaran cinco (5) veces en el Boletín Oficial de la Prov incia de Buenos Aires, para que en el término de veinte (20) días,
que com enzarán a partir de la última publicación, comparezcan a estar a derec ho bajo apercibimiento de ley. Córdoba,
19/09/2023. Villarragut Marcelo Adrián- Juez de Primera Instancia- Toledo Julia Daniela- Secretario Juzgado Primera
Instancia.
nov. 21 v. nov. 27
POR 5 DÍAS - Por disposición de la Dra. Silvia Monica Baez, titular de l Juzgado de Familia Nº 3 , Secretaría a cargo de la
Dra. Manuela Sanchotena y del Dr. Ciriaco Acosta, del Departamento Judicial de Moreno - Gral. Rodríguez, sito en la calle
Blvd. Bernardo de Irigoyen 1158 de la loc. de General Rodríguez, en autos caratulados “Bellavigna Ludmila Morena
c/Bellavigna Ruben Dario s/Adopción. Acciones Vinculadas", (Expte. Nº 5216), a fin de solicitarle proceda a publicar edictos
por el térm ino de 5 días a fin de notificar al demandado BELLAVIGNA RUBEN DARIO, DNI 34.727.496, la siguiente
sentencia definitiva: "General Rodríguez, 5 de Junio de 2023. Por lo expuesto y habiendo prestado confo rmidad la Asesoría
de Menores e de Incapaces y Agente Fiscal Resuelvo: Primero) Hacer lugar a la demanda promovida por Jesus Rafael
Fernandez Rojas, DNI 30.609.523, decretando la adopción integrativa con carácter plena de Ludmila Morena Bellavigna,
DNI 50.493.253 n acida el 23/09/2010, (conf. art. 632 inc. a) del C.C.C.N.) inscripta ante el Registro Pcial. de las Personas
Delegación General Rodríguez en el Acta N° 501 Tomo I , con efecto retroact ivo al inicio de la presente acción, es decir
13/03/2020 conforme lo normado por el art. 618 C.C.C.N. Segundo) Adicionar el apellido materno y del adopt ante, (art. 627
inciso "d" del C.C.C.N.), disponiendo la inscripción de la niña como Ludmila Morena Fernandez Rojas, para lo cual deberá
rectificarse con este alcance la partida de nacimiento y documento nacional de iden tidad del mismo. Tercero) Im poner las
costas al peticionante, (art. 68 del CPCC). Cuarto ) Regular los honorarios de la Dra. Gallo Maria Eugenia, (T° 1, F° 147
C.A.M.G.R), en atención a la labor realizada en calidad de letrado patrocinante del peticionante en la sum a de cuarenta,
(40) IUS (Ley 14.967 art. 9 ap. I inc. L, 14, 16, 21) Quinto). Regístrese. Notifíquese a las partes, al Sr. Asesor de Incapaces
y Agente Fiscal. 27316788209@notificaciones.scba.gov.ar, agutierrez@mpba.gov.ar y nmvazq uez@mpba.gov.ar. Firme y
consentida la presente, líbrese testimonio y oficio a fin de proceder con la correspondiente anotación, (art. 637 C.C.C.N.).
Baez Silvia Monica, Juez.
nov. 21 v. nov. 27
POR 5 DÍAS - Por disposición del Sr. Juez a cargo por disposición superior del Juzgado en lo Co rreccional N° 3 del
Departamento Ju dicial Morón, Dr. Daniel Leppén, en el marco de la causa correccional Nº 5188 de la UFIJ 4
Departamental- IPP 10-00-049706/21- Cámara 585/2022) seguida a Racedo Leonardo David por el delito de Amenazas,
del r egistro de la Secretaría Única, cítese y empláce se, por el términos de cinco días, a LEONARDO DAVID RACEDO
resulta ser de nacionalidad argentina, DNI 29.389.808, domicilio en la calle Cañada de la Cruz Nº 2955 de la localidad de
W. Morris, partido de Hurl ingham a fin que en el plazo de diez (10) días, comp arezca a regulariz.ar su situación procesal en
esta Magistratura, sita en la calle Colón Nº 151, esquina Almirante Brown, cuarto piso, sección "A" de la localidad y partido
de Morón , bajo a percibimiento de ser declarado rebelde y ordenar su comparendo (artículos 129,303 y 304 del C.P.P.).
Como recaudo legal, se transcribe a continuación el auto que ordena el libramiento del presente edicto: Por recibida la
contestación a la vista conferida a la Defensa Of icial y habida cuenta lo que surge de las actuaciones policiales de fecha 8
de noviembre de 2023, toda vez que el causante no fue habido en el domicilio denunciado, desconociéndose su paradero
actual, cítese y emplácese mediante edicto, a publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, a Racedo,
por el término de cinco días, a fin que comparezca a esta Magistratura a regularizar su situación procesal d entro de los diez
(10) días a partir de la última publicación, bajo apercibimie nto de ser declarado rebelde y ordenar su comparendo (arts. 129,
303 y 304 del C.P.P.). Graciela Angriman. Jueza (P.D.S.). Secretar ía, noviembre 2023. Ortega Silvina Paola, Auxiliar
Letrado.
nov. 21 v. nov. 27
POR 5 DÍAS - El Señor Juez Titular del Juzgado en lo Correccional N° 3 del Depa rtamento Judicial Avellaneda, Lanús, Dr.
Ramiro G. Varangot, por medi o del presente, n otifica a ALAN FRANCO ARRUTI, en actuaciones que se registran por
Secretaría como causa Nº 0704-13596-20, seguidas al nombrado en orden al delito de tenencia de arma de uso civil del
auto que a continuación se transcri be: "En atención a lo que surge de los informes precedentes, en razón de ignorarse el
domicilio del encartado de autos y teniendo en cuenta el estado de los presentes obrados notifíquese de la resolución de
fecha 10 de noviem bre de 2023 a Alan Franco Arruti de conformidad con lo normado por el artículo 129 del C.P.P. Líbrese
edicto y publíquese en el B oletín Oficial por el término de cinco días." Ramiro G. Varangot, Juez. en fecha 15 de noviembre
de 2023". "Autos y vistos: Para resolver en la causa Nº 0704-13 596-20, seguida a Alan Franco Arruti en orden al delito
de tenencia de arma de uso civil del regis tro de este Juzgado en lo Correccional N° 3 del Departamento Judicial
Avellaneda-Lanús; Y Considerando: Que en fecha 20 de octubre de 2021 se dispuso la Suspensión de Juicio a Prueba en el
marco de la presente causa, por el término de dos (2) años, f ijando además co mo reglas del conducta: Fijar residencia,
someterse al cuidado del Patronato de Liberados de la Provincia de Buenos Aires y realizar una donación de Dos Mil
Quinientos Pesos, ($2500) en favor de una institución de bien público. Que durante el tiempo fijado por el Juzgado, el
imputado ha realizado las donaciones pertinentes, ha fijado residencia y no se ha informado por parte de la autoridad
supervisora incumplimiento algu no de las obliga ciones que le fu eran impuestas. Por último, teniendo en cuenta que el
imputado cumplió con las obligaciones impuestas, s umado a que no se han informado la comisión de nuevos delitos o
antecedentes conforme surge del informe de R.N.R agregado el 20 de octubre de 2023, y siendo de ap licación la normativa
del artículo 76 ter. del Código Penal; corresponderá extinguir la acción penal y dictar consecuentemente el sobreseimiento
respecto de Alan Franco Arruti en estos actuados. (art. 341 del C.P.P.). Por ello, en mi carácter de Juez a cargo del
Juzgado en lo Correccional N° 3 del Dep artamento Judicial Avellaneda, Lanús; Resuelvo: I. Declarar extinguida la acción
penal que se siguiera a Alan Franco Arruti, en orden al del ito de tenencia de arma de uso civil, por el hecho que se imputara
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La Plata > lunes 27 de noviembre de 2023
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