Publicaciones de la Sección Judicial de 13 de Mayo de 2020

Fecha de publicación13 Mayo 2020
Número de Gaceta10325
SECCIÓN JUDICIAL
Edictos
POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal N° 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr. Ricardo
Gabriel Perdichizzi, notifica a S USANA BEATRIZ BENAVIDEZ, progenitora de la menor A.S.B, y a Soledad Rosario
Moreno, progenitora de la meno r S.R.R. en causa nro. INC-1 6844-1 seguida a Zurita Ariel Antonio por el delito de abuso
sexual y lesiones leve s la Reso lución que a continuación de transcribe: "/// del Plata, 4 de mayo de 2020. Ofíciese a la
Seccional Policial correspondiente al domic ilio de la víctima a fin de notificarla que tiene derecho a ser informada y a
expresar su opinión y todo cuanto estime conveniente, ante este Juzgado, cuando se sustancie cualquier planteo en el que
se pueda decidir la incorporación de la persona condenada a salidas transitorias; régimen de semilibertad; libertad
condicional; prisión domiciliaria; prisión discontinua o semidetención; libertad asistida o régimen preparatorio para su
liberación. Requiérasele también que man ifieste si desea ser informada acerca de los planteos que se formulen en esos
casos, y en tal caso, fije domicilio para su notificación, pudiendo designar un representante legal, prop oner peritos o
establecer el modo para recibir comunicaciones, considerándose su silencio como expresión de no desear ser informada.
Fdo. Ricardo Gabriel Perdichizzi, Juez de Ejecución.- mlc /// del Plata, 4 de mayo de 2020. Visto lo dispuesto por la
Presidencia de la Excma. Cámara de Apelación y Garantías Deptal., en Acuerdo 1072-2020, en cuanto disponen la
suspensón p or el plazo de 30 días de la realización de todas las audiencias orales correspondientes a los Juzgados de
Ejecución Penal y de la Excma. Cámara de Apelación y Garantías Deptal., lo que motivo que se dejaren sin efecto la
totalidad de las ordenes de comparendo dispuestas por este juzgado, y habiéndose dispuesto por el A cuerdo antes
mencionado excepcionar la aplicación del art. 3 ley 12256 disponiéndose la resolución por es crito de las incidencias cuyas
audiencias orales hubi eran sido fijadas, de los informes colectados córrase vista a Fiscal y Defensa (ar t. 498 CPP) por vía
electrónica y por el plazo de tres días, a fin de permitirles efectuar las manifestaciones que estimen pe rtinentes, haciéndose
saber que finalizado dicho plazo, sin perjuicio de recibirse o no contestación de la vista en cuestión, se pasará a resolver
(art. 498 CPP). Sin perjuicio de librarse oficio a la Seccional correspondiente a los últimos domicilios conocidos de las
víctimas, notifíqueselas asimismo por edictos, por el plazo de tres días, a través de su publicación en el Boletín Oficial. Fdo
Ricardo Perdichizzi, Juez de Ejecución.
may. 7 v. may. 13
POR 5 D ÍAS - La Señora Juez a cargo del Juzgado en lo Correccional Nº 1 del Departamento Judicial de Mercedes, Dra.
Gisela Aldana Selva, notifica a MARTÍN JOSÉ CARRIZO, a rgentino, instruído, soltero, cooperativista, hijo de José María
Carrizo (v) y de Marisa Elizabeth Suarez (f), nacido el 23 de nov iembre de 1981 en Mercedes, con ultimo domiciliado en
calle 43 y 106, de Merced es (B), titular del D.N.I. N° 28.730.841, del resolutorio abajo transcripto, recaido en causa Nº ME-
105-2018 (6993), “Carrizo, Martin Jose s/ Resistencia a la Autoridad”: "///cedes, 28 d e Junio de 2019. Autos y Vistos: Lo s
de la presente causa, para resolver lo que corresponda. Y Considerando: Que se encuentra vencido el término de
suspensión del proceso a prueba fijado por este Juzg ado (ver fs. 56/57), sin existir constancia alguna que acredite que el
encausado haya cometido un nuevo delito (ver fs. 71/75) ni incumplido con las reglas de conducta impuestas, supervisado
ello por la Delegación correspondiente del Patronato de Liberados tal surge de los informes de fs. 62 y 68/69 VTA. Que
atento al estado de autos, se corrió vista al Ministerio Público Fiscal, estimando esa parte que están dadas las condiciones
para declarar la extinción de la acción p enal (ver fs. 77). Que ello así y de conformidad con lo e stablecido en los arts. 76 bis
y ter del C.P., 323 del C.P.P., Res. 1935/12 del 08/08/12 de la S.C.J.B.A. y art. 164 de la ley 12.256; Resuelvo: Declarar
Extinguida La Accion Penal en las presentes actuacio nes seguidas a Carrizo Martin Jose en orden a los del itos
de resistencia a la autoridad y proceder al archivo de las mismas, sobreseyéndose al nombrado y dejándose constancia
que conforme lo establecido en el artículo 115 c) punto 3 de la Ac. 3397 de la S.C .J.B.A., desde día 28/06/ 2024 este
expediente se e ncontrará en condiciones de ser destruido. Notifíquese y cúmplase con las comunicaciones del caso. Fdo.
Gisela Aldana Selva- Juez en lo Correccional- Ante mí: Gerardo César Simonet: Secretario". Certifico que el presente
deberá publicarse durante cinco días y en forma gratuita en el Boletín Oficial. Mercedes, 27 de abril de 2020. Gerardo
Simonet, Secretario.
may. 7 v. may. 13
POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal N° 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr. Ricardo
Gabriel Perdichizzi, notifica al Sr. Llado Edgard o Norberto; Laura Monzon y Nestor Fabian Grandon, victimas de autos, en
causa nro. 16845 seguida a AGUILERA FRANCO DAN IEL por el delito de Robo agravado; Hurto agravado; Robo Agravado
y Encubrimiento (4 hechos) la Re solución que a continuació n de transcribe: " nf/// del Plata, 4 d e Mayo de 2020. -Autos y
Vistos: En atención a lo informado por el actuario res pecto de las víctimas de autos, notifíquese a las mismas a tenor del
art. 129 del C.P.P., por medio de publicación por el término de cinco d ías en el Bo letín Oficial de la Provincia de Buenos
Aires, que, a los fines de dar cumpl imiento con lo normado por el art. 11 bis de la ley 24.660 (modificada por la L. 27375),
tiene derecho a ser informada y a expresar su opinión y todo cuanto estime conveniente, an te este Juzgado, cuando se
sustancie cualquier planteo en el que se pueda decidir la incorporación de la persona condenada a salidas transitorias;
régimen de semilibertad; libertad condicional; prisión domiciliaria; prisión discontinua o semidetención; libertad asis tida o
régimen preparatorio para su liberación.- Requiérasele también que man ifieste si desea ser informada acerca de los
planteos que se formulen en e sos casos, y en tal caso, fije domicilio para su no tificación, pudiendo designar un
representante legal, proponer peritos o establecer el modo para recibir comunicaciones, considerándose su silencio como
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUE NOS AIRES
La Plata > miércoles 13 de mayo de 2020
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expresión negativa a ello. Fdo. Ricardo Gabriel Perdichizz i, Juez de Ejecución.- A los fines que corresponda se transcribe el
auto que ordena la presente medida: "nf/// del Plata, 4 de Mayo de 2020. -Autos y Vistos: En atención a lo informado por el
actuario respecto de las víctimas de autos, notifíquese a las mismas a tenor del art. 129 del C.P.P., por medio de
publicación por el término de cinco días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, que, a los fines de d ar
cumplimiento con lo normado por el art. 11 bis de la ley 24.660 (modificada por la L. 27375), tiene derecho a ser informada
y a expresar su opinión y todo cuanto estime conveniente, ante este Juzgado, cuan do se sustancie cualquier planteo en el
que se pueda decidir la incorporación de la persona condenada a salid as transitorias; régimen de semilibertad; libertad
condicional; prisión domiciliaria; prisión discontinua o semidetención; libertad asistida o régimen preparatorio para su
liberación.- Requiérasele también que manifieste si desea ser informada acerca de los pl anteos que se formulen en esos
casos, y en tal caso, fije domicilio para su notificación, pudiendo designar un representante legal, prop oner peritos o
establecer el modo para recibir comunicaciones, con siderándose su silencio como expresión negativa a ello.-" Fdo.
Ricardo Gabriel Perdichizzi. Juez de Ejecución Penal.
may. 7 v. may. 13
POR 5 DÍAS - La Sra. Juez cargo del Juzgado en lo Correccional N° 4 del Departamento Judicial de Mercedes, (B), sito en
calle 27 576, piso 5°, Te: 02324-439134, Dra. Ma ría Teresa Bomaggio, cita y emplaza a WALTER HUGO
CASTELLANO, argentino, casado, instruido, nacido el 5 de octubre de 1964 en Caba, hijo de Nestor Orlando Castellano y
de María Manuela Vega (f), con último domicilio registrado en autos en Avda. Gaona 7144 de Moreno (b), DNI 17.397.532,
para que dentro del término de cinco días comparezca a estar a derecho respecto de la causa N° 4269 que se le sigue por
el delito de resistencia a la autoridad y amenazas ag ravadas, conforme surge de l a resolución que a continuació n se
transcribe: ///cedes, de mayo de 2020. Atento lo info rmado por la Comisaría de Moreno Primera, a fs. 29/30, cítese por
cinco días al encausado Castellano Walter Hugo para que comparezca a estar a derecho en la presente causa, bajo
apercibimiento de ser declarado rebelde (art. 129 del C.P.P.). Notifiquese. F do. María Teresa Bomaggio. Juez en lo
Correccional. Secretaría, de mayo de 2020. Maria Elvira R ebagliati, Auxiliar Letrada.
may. 7 v. may. 13
POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal N° 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr. Ricardo
Gabriel Perdichizzi, notifica a CEJAS SERGIO ADRIAN con último domicilio en calle Ayolas Nro. 5322 de esta ciud ad en
causa nro. INC-12645-10 seguida a Ramos Nestor Sebastian por el delito de Incid ente de Libertad Condicional. l a
Resolución que a continuación de transcribe: "/// del Plata, 30 de abril de 2020.- "/// del Plata, 23 de Abril de 2020. Visto lo
dispuesto por la Presidencia de la Excma. Cámara de Apelación y Garantías Deptal., en Acuerdo 1072-2020, en cuanto
disponen la suspensón por el plazo de 30 días de la realización de todas las audiencias orales correspondientes a los
Juzgados de Ejecución Penal y de la Excma. Cámara de Apelación y Garantías Deptal., lo que motivo que se dejaren sin
efecto la totalidad de las ordenes de comparendo dispuestas por este juzgado hasta el día 13/4/2020, y habiéndose
dispuesto por el Acuerdo antes mencionado excepcionar la aplicación del art. 3 ley 12256 disponiéndose la resolución por
escrito de las incide ncias cuyas audiencias orales hubieran sido fijadas, de los informes colectad os córrase vista a Fiscal y
Defensa (art. 498 CPP) por vía electrónica y por el pl azo de tres días, a fin de permitirles efectuar las manifestacion es que
estimen pertinentes, haciéndose saber que finalizado dicho plazo, sin perjuicio de recibirse o no contestación de la vista en
cuestión, se pasará a resolver (art. 498 CPP).-En otro sentido, Ofíciese a la Seccional Policial correspondiente al domicilio
de la víctima a fin de notificarla que tiene derecho a ser informada y a expresar su opinión y todo cuanto estime
conveniente, ante este Juzgado, cuando se sustancie cualquier planteo en el que se pueda decidir la incorporación de la
persona condenada a salidas transitorias; régimen de semilibertad; libertad condicional; prisión dom iciliaria; prisión
discontinua o semidetención; libertad asistida o régimen prepara torio para su liberación.- Requiérasele también que
manifieste si des ea ser informada acerca de los planteos que se formulen en esos casos, y en tal caso, fije domicilio para
su notificación, pudiendo designar un representante legal, proponer peritos o establecer el modo para recibir
comunicaciones, considerándose su silencio como exp resión de no dese ar ser informada". Fdo. Ricardo Gabriel
Perdichizzi, Juez de Ejecución.- A los fines que corresponda se transcribe el auto que orde na la presente medida:///del
Plata, 5 de Mayo de 2020 . Au tos y Vistos: En atención a lo informado respecto de la víctima de auto s, notifíquese a la
misma a tenor del art. 129 del C.P.P., por medio de publicación por el término de cinco días en el Boletin oficial de la
Provincia de Buenos Aires.Fdo. Ricardo Gabriel Perdichi zzi. Juez de Ejecución Penal.
may. 8 v. may. 14
POR 3 DÍAS - En mi carácter de Auxiliar Letrado del Tribunal en lo Criminal Nº 2 de Zárate-Campana, en causa Nº 2647
(82/11) (IPP 3556 UFI 2) (Juzgado Garantias 1 N° 8050) caratulada: LENCINA, ALEJANDRO RAMÓN y Otros s/ Robo
Doblemente Calificado por el Uso de Arma y por Causar Lesiones Graves", a fin de solicitar la publicación en ése medio,
por edicto y durante tr es (3) días, el Computo de pena de fecha 30 de abril de 2020 en la causa en que me dirijo que a
continuación se transcribe, siendo su destinatario el seño r Alejandro Ramon Lencin a: "Campana, 30 de abril de 2020.-
Atento la presentación efectuada, visto que la defensa ha desistido del recurso impetrado oportunamente, habiendo perdido
entidad lo proveido a fs 811, 813 y 815, déjese sin efec to. Consecuentemente practique el Actuario el computo de
pena.Fdo. Dr. Da niel C. E. Ropolo, Juez.-Computo de pena: Que respecto d e Lencina, Alejandro Ramón de las re stantes
circunstancias personales en autos, en el marco de la presente causa con fecha 26/07/2010 se procedió a la aprehensión.
Que con fecha 10 de septiembre de 2014 recayó Sentencia admitiendo el juicio abreviado y condenándolo, a la pena de
cinco (5) años de prisión y costas del proceso, por resultar coautor penalmente responsable del delito de robo doblemente
agravado por el uso de arma y por haber causado lesiones graves, por el hecho ocurrido el día 27 de Julio del año 2010 en
la localidad de Capilla del Señor del Partido de Exaltación de la Cruz Provincia de Buenos Aires. En fecha 1 9/09/2014 este
Tribunal le concede la excarcelación bajo caución juratoria. Que la pena impuesta venció el día 26/07/2015 y caducará a
todos sus efectos el día 26/07/2020.- F do. Dr. Facundo Quinteros, Auxiliar Letrado.- Campana, 30 de abril de 2020.- Visto
el cómputo realizado, encontrándose vencida la pena impuesta en autos, deviene improcedente e inoficiosa dar
intervención al Juzgado de Ejecución , procédase al archivo u na vez notificada la fiscal ia y la defensa particular
electronicamente y publicado edicto por tres días con relació n al encartado Lencina. Fdo. Dr. Daniel C. E. Ropolo, Juez.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUE NOS AIRES
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SECCIÓN JUDICIAL > página 2

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