Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala C, 17 de Noviembre de 2016, expediente COM 011944/2009/CA001

Fecha de Resolución17 de Noviembre de 2016
EmisorCamara Comercial - Sala C

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación PSA FINANCE ARGENTINA COMPAÑIA FINANCIERA S.A. c/

IVANOVICH, JOSE MARIA s/EJECUCION PRENDARIA Expediente N° 11944/2009/CA1 Juzgado N° 6 Secretaría N° 11 Buenos Aires, 17 de noviembre de 2016.

Y VISTOS:

I.V. apelado subsidiariamente el auto de fs. 201 punto 2, a través del cual la Sra. juez de primera instancia dejó sin efecto los proveídos de fs. 183 segundo párrafo y 194 segundo párrafo.

Mediante tales providencias se había ordenado el levantamiento de la orden de secuestro dispuesta sobre el rodado de marras –fs. 183-; y el libramiento de cierto oficio a los efectos de que se hiciera entrega del automotor a la parte actora (fs. 194).

  1. El recurso fue interpuesto por el ejecutante a fs. 202/205 y se USO OFICIAL encuentra fundado con ese mismo escrito (art. 248 código procesal).

  2. Ahora bien, no obstante el esfuerzo argumental del recurrente, lo cierto es que la providencia en crisis tiene directa vinculación con lo decidido en el punto 3 de ese misma foja.

En efecto: allí se denegó la pretensión del actor de obtener autorización para subastar extrajudicialmente el automotor secuestrado, de modo que tales medidas se presentan entonces, y en principio, innecesarias, por cuanto no se encuentra siquiera determinado aún el lugar donde debería ser realizada la subasta judicial.

En ese contexto, y no encontrándose controvertido lo decidido mediante el citado punto 3 del auto de fs. 201, corresponde confirmar el temperamento adoptado por...

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