Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi, 8 de Noviembre de 2022, expediente CNT 067663/2016/CA001

Fecha de Resolución 8 de Noviembre de 2022
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VI

SENTENCIA DEFINITIVA

SALA VI

Expediente Nro.: CNT 67663/2016

(Juzg. Nº 63)

AUTOS: “PROZ ROBERTO ANTONIO C/ GALENO ART S.A. S/ ACCIDENTE –

LEY ESPECIAL”

Buenos Aires, 7 de noviembre de 2022.-

En la Ciudad de Buenos Aires reunidos los integrantes de la Sala VI a fin de considerar los recursos deducidos en autos y para dictar sentencia en estas actuaciones, practicando el sorteo pertinente, proceden a expedirse en el orden de votación y de acuerdo con los fundamentos que se exponen a continuación.

EL DOCTOR C.P. DIJO:

En primer término, la aseguradora se agravia porque sostiene que no existe relación causal directa entre el supuesto trastorno psicológico y el infortunio denunciado, y que el informe pericial refiere únicamente al psicodiagnóstico sin tener en cuenta los antecedentes personales del trabajador. Mereció réplica de la contraria.

Los expertos en salud mental aceptan que las personas pueden sufrir enfermedades a las que designan como trastornos de ansiedad y que abarca patologías como: a) el trastorno de pánico que, por regla, se atribuye a factores genéticos; b) el trastorno obsesivo-compulsivo (toc) que se traduce en conductas ritualistas; c) la fobia social que implica un temor Fecha de firma: 08/11/2022

Firmado por: G.L.C., JUEZA DE CAMARA

Firmado por: C.P., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.B. DE LA FUENTE, SECRETARIA DE CAMARA

irracional a la gente; d) las fobias específicas que hace que el individuo no pueda soportar ciertas situaciones (ej. la presencia de un animal, entrar en recintos cerrados, etc.); d)

el trastorno de ansiedad generalizada (tag) que implica la preocupación excesiva por problemas de la vida diaria y e) el trastorno de estrés postraumático (tept).

Es dicha patología la que describe el legislador laboral al hacer referencia al denominado trastorno post-traumático tipificándolo como una respuesta tardía o diferida del ser humano a un acontecimiento estresante y abrumador, o a una situación de naturaleza excepcionalmente amenazante o catastrófica –accidente de tránsito con riesgo vital,

agresiones, robo, violación, etc.- que pueden sufrir los trabajadores en el ejercicio de su actividad profesional y que llevan a la víctima a considerar que vive en un mundo inseguro o impredecible quebrando su confianza espiritual (conf. crit.

N., J., “Los riesgos psicosociales en el trabajo”, p.

372, ed. Conicet; P.S., “Manual de Psiquiatría” p.

407, ed. Ene Life Publicidad SA, España, P.U., “Curso básico de psiquiatría”, p. 225, ed. Instituto de Investigaciones Biomédica de Salamanca; O.G., J.,

Valoración de la incapacidad laboral

, p. 161, ed. D.S., Madrid) puesto que el daño psíquico es factible de producirse ante las denominadas psiconeurosis de terror producidas por grandes catástrofes sufridas en circunstancias dramáticas (ver P., “Derecho del Trabajo Comentado”, t.

IV, p. 555). Se ha precisado que el trastorno de estrés postraumático afecta a las personas que se han visto expuestas a accidentes o situaciones traumatizantes, se caracteriza por Fecha de firma: 08/11/2022

Firmado por: G.L.C., JUEZA DE CAMARA

Firmado por: C.P., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.B. DE LA FUENTE, SECRETARIA DE CAMARA

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VI

síntomas de entumecimiento, retraimiento psicológico y social,

dificultades para controlar las emociones, sobre todo la ira,

y recuerdo vivo e intrusivo de las experiencias de la situación traumática. Por definición, un acontecimiento traumatizante es aquel que es ajeno a la variedad normal de acontecimientos de la vida cotidiana y que el individuo vive como abrumador, suele suponer una amenaza para la vida propia o la de alguien cercano, o la contemplación de una muerte o lesión grave, sobre todo si se produce de forma repentina o violenta (OIT, “Enciclopedia de Salud y Seguridad en el Trabajo”, Salud Mental, 5.14).

Asimismo, se ha señalado, que el desorden de estrés postraumático, también llamado neurosis traumática o neurosis de guerra, afecta a cientos de miles de personas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR