PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA SU SIMILAR 27.211 (DERECHO DE FORMACION DEPORTIVA) RESPECTO DE LA IMPOSICION DE SANCIONES A LAS INSTITUCIONES FORMADORAS DE DEPORTISTAS.
Fecha de presentación | 21 Noviembre 2018 |
Número de Iniciativa | 4296/18 |
Comisión | Comisión de deporte,Comisión de justicia y asuntos penales |
Autor de la iniciativa | Basualdo , Roberto Gustavo |
“2018 – Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
(S-4296/18)
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,…
ARTÍCULO 10: Modifíquese la ley 27.211 de “Derecho de Formación
Deportiva” en su artículo 27 agregando el inciso d), quedando
conformado de la siguiente manera:
Art. 27°: La inexactitud en las cantidades declaradas en los casos
previstos en los artículos 17 al 21 y 24 como base para la liquidación,
hace pasible al obligado al pago de una sanción punitiva consistente
en:
a) Multa equivalente al veinticinco por ciento (25%) del monto total de
la compensación por Derecho de Formación Deportiva correctamente
liquidada, a favor de la entidad deportiva titular de ese derecho en los
casos en que se incurra por primera vez en una falta;
b) Multa de hasta el cincuenta por ciento (50%) del monto total de la
compensación por Derecho de Formación Deportiva correctamente
liquidada, a favor de la entidad deportiva titular de ese derecho cuando
se repita la conducta;
c) En caso de reincidencia la multa será elevada al cien por ciento
(100%).
d) En caso de complicidad por parte de la institución o asociación
deportiva para la determinación de la base de liquidación, la misma no
tendrá derecho a percibir el recaudado de la multa y será inhabilitada
como institución deportiva por 120 días.
El producido de estas multas se debe destinar a la asociación
deportiva, titular del derecho de formación que tuvo a cargo la
formación del profesional con excepción del inciso d).
Lo dispuesto no exime al deudor de la obligación de integrar la
totalidad de la compensación por Derecho de Formación Deportiva
que hubiese correspondido.
ARTÍCULO 20: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Roberto G. Basualdo.-
FUNDAMENTOS
Señora Presidente:
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