PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA SU SIMILAR 20.628 T.O. POR DCTO. 649/97 - IMPUESTO A LAS GANANCIAS- SOBRE LA EXENCIÓN DE DICHO IMPUESTO A LOS JUBILADOS Y PENSIONADOS.

Fecha de presentación11 Abril 2019
Número de Iniciativa1019/19
ComisiónComisión de trabajo y previsión social,Comisión de presupuesto y hacienda
Autor de la iniciativaGonzález , Nancy Susana
EstatusArchivado
“2019AñodelaExportacion”
(S-1019/19)
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,..
EXENCIÓN PARA LOS JUBILADOS DEL PAGO DEL IMPUESTO A
LAS GANANCIAS
ARTÍCULO 1º:Modifíquese el artículo 20 bis de la ley 20.628 de
Impuesto a las Ganancias (Texto Ordenado por Decreto 649/97), cuya
redacción será la siguiente:
Art. 20 bis.- Además de lo establecido en el artículo 20, están exentos
del gravamen:
a) Las jubilaciones, pensiones, retiros o subsidios de cualquier
especie en cuanto tengan su origen en el trabajo personal y en la
medida que hayan estado sujeto al pago del impuesto.
b) Las remuneraciones percibidas en concepto de guardias
obligatorias, ya sean activas o pasivas, por los profesionales, técnicos,
auxiliares y personal operativo de los sistemas de salud pública,
cuando la prestación del servicio se realice en un centro público de
salud ubicado en zonas sanitarias desfavorables así declaradas por la
autoridad sanitaria nacional, a propuestas de las autoridades
sanitarias provinciales.
ARTICULO 2°:Modificase el artículo 79 inciso c) de la ley 20.628 de
Impuesto a las Ganancias (Texto Ordenado por Decreto 649/97), cuya
redacción será la siguiente:
c)De los consejeros de las sociedades cooperativas.
ARTICULO 3°:Comuniquese al Poder Ejecutivo. –
Nancy S. Gonzalez. –
FUNDAMENTOS
Señora Presidente
En un reciente fallo dictado en autos "García, María Isabel c/ AFIP s/
acción meramente declarativa de inconstitucionalidad", con fecha 26
de marzo de 2019, nuestra Corte Suprema de Justicia, máximo
intérprete de nuestra constitución nacional, ha dictado declarando la
inconstitucionalidad de los artículos 23, inc. c); 79, inc. c); 81 y 90 de la
ley 20.628, texto según leyes 27.346 y 27.430. Ello por entender que

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR