PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA SU SIMILAR 20628 - IMPUESTO A LAS GANANCIAS-, EXIMIENDO DEL GRAVAMEN A LAS JUBILACIONES, PENSIONES Y RETIROS.
Fecha de presentación | 05 Marzo 2018 |
Número de Iniciativa | 115/18 |
Comisión | Comisión de presupuesto y hacienda |
Autor de la iniciativa | Pereyra , Guillermo Juan |
“2018 – Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
(S-115/18)
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,...
Artículo 1º:Sustitúyese el inciso i) del artículo 20 de la ley 20628, texto
ordenado por el Decreto 649/97, que quedará redactado de la
siguiente manera:
“Art. 20 - Están exentos del gravamen: i) Los intereses reconocidos en
sede judicial o administrativa como accesorios de créditos laborales.
Las indemnizaciones por antigüedad en los casos de despidos y las
que se reciban en forma de capital o renta por causas de muerte o
incapacidad producida por accidente o enfermedad, ya sea que los
pagos se efectúen en virtud de lo que determinan las leyes civiles y
especiales de previsión social o como consecuencia de un contrato de
seguro. No están exentos los subsidios y las remuneraciones que se
continúen percibiendo durante las licencias o ausencias por
enfermedad, las indemnizaciones por falta de preaviso en el despido y
los beneficios o rescates, netos de aportes no deducibles, derivados
de planes de seguro de retiro privados administrados por entidades
sujetas al control de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS, excepto
los originados en la muerte o incapacidad del asegurado.”
Art 2º:Sustitúyese el inciso c) del artículo 79 de la ley 20628, texto
ordenado por Decreto 649/97, que quedará redactado de la siguiente
manera:
“Art. 79 - Constituyen ganancias de cuarta categoría las provenientes:
c) De los subsidios de cualquier especie en cuanto tengan su origen
en el trabajo personal y de los consejeros de las sociedades
cooperativas.”
Art. 3º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Guillermo J. Pereyra.-
FUNDAMENTOS
Señora Presidente:
El presente proyecto pretende poner fin a la imposición que sufren los
jubilados, pensionados y retirados en el impuesto a las ganancias.
Consideramos que la aplicación de este tributo constituye un
verdadero atropello hacia los miles de jubilados, pensionados y
retirados de nuestro país.
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba