PROYECTO DE LEY QUE INCLUYE A LA EQUINOTERAPIA DENTRO DE LAS PRESTACIONES DE LA LEY 24.901 -SISTEMA DE PRESTACIONES BASICAS EN HABILITACION Y REHABILITACION INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD -.

Fecha de presentación22 Mayo 2018
Número de Iniciativa1683/18
ComisiónComisión de población y desarrollo humano,Comisión de salud
Autor de la iniciativaMarino , Juan Carlos
“2018 Año del Centenario de la Reforma Universitaria
(S-1683/18)
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,…
Artículo 1°: Incorpórese como artículo 28 bis a la ley 24901, el
siguiente artículo:
“Artículo 28° bis: Equinoterapia. Conforme determina el artículo 19 de
la presente ley, inclúyase a la equinoterapia como actividad
terapéutica de habilitación y de rehabilitación para personas con
discapacidad, conforme determine la reglamentación.”
Artículo 2°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Juan C. Marino.-
FUNDAMENTOS
Señora Presidente:
El proyecto traído a debate propone la inclusión expresa de la
equinoterapia dentro de las prestaciones cubiertas por la ley 24901.
La Equinoterapia es una disciplina integral y complementaria de las
terapias médicas tradicionales para la habilitación y rehabilitación de
discapacidades humanas mediante el uso de un caballo apto,
certificado y debidamente entrenado, realizada por personas
profesionalmente capacitadas y en lugares exclusivamente para este
fin. Se trata de método terapéutico que utiliza el caballo, las técnicas
de equitación y las prácticas ecuestres, en pos de la rehabilitación,
integración y desarrollo físico, psíquico y social de las personas
comprendidas.
En este orden de ideas, esta actividad cumple funciones específicas
en el desarrollo y rehabilitación del paciente, en tanto presume
características propias que sólo pueden reconocerse en el caballo
como la transmisión de su calor corporal: el cuerpo del caballo alcanza
hasta 38,8 grados durante su movimiento y por ello se aprovecha
como un instrumento calorífico para distender y relajar musculatura,
ligamentos y estimular la sensopercepción táctil. Además, el paciente
monta sin albardón y si es posible a pelo. Esto permite que el calor del
animal se transmita al cinturón pélvico y a los miembros inferiores del
paciente, lo que favorece en gran medida el relajamiento de los
músculos de las piernas y glúteos.

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