PROYECTO DE LEY SOBRE DETERMINACION DE PLAZO PRESCRIPTO Y EXENCION DE TASA PARA VICTIMAS DE RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL DEL ESTADO.

Fecha de presentación13 Marzo 2019
Número de Iniciativa500/19
ComisiónComisión de asuntos constitucionales,Comisión de presupuesto y hacienda,Comisión de justicia y asuntos penales
Autor de la iniciativaGarcía Larraburu , Silvina Marcela
EstatusArchivado
“2019 Año de la Exportación”
(S-0500/19)
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados
PROYECTO DE LEY DE DETERMINACION DE PLAZO
PRESCRIPTIVO Y EXENCION DE TASA PARA VICTIMAS DE
RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL DEL ESTADO
ARTÍCULO 1°.- Reemplácese el artículo 7° de la ley 26.944, por el
siguiente:
“ARTICULO 7° — El plazo para demandar al Estado en los supuestos
de responsabilidad extracontractual es de tres (3) años computados a
partir de la verificación del daño o desde que la acción de daños esté
expedita. En caso de que el hecho generador de la responsabilidad
haya dado lugar a una acción penal, en la que estén imputados
funcionarios, el plazo se computará desde la conclusión de la
investigación preparatoria.”
ARTICULO 2°.- Agréguese el siguiente inciso k) al artículo 13 de la
“Artículo 13.- Estarán exentas del pago de la tasa de justicia las
siguientes personas y actuaciones: (…) k) Las víctimas y sus
causahabientes en los juicios con pretensiones reparatorias con origen
en responsabilidad extracontractual imputable al Estado. Si la
sentencia definitiva en el juicio fuere denegatoria a la pretensión
reparatoria, el actor deberá pagar la tasa de justicia correspondiente a
partir del momento que la sentencia quede firme.”.
ARTICULO 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo
Silvina M. García Larraburu
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
Los repertorios jurisprudenciales de nuestros Tribunales revelan la
abundancia de situaciones en que el Estado ha incurrido en
responsabilidad extracontractual, y ha debido reparar a numerosas
víctimas que han padecido graves daños, incluso a la propia
integridad corporal o a la vida. La dimensión del tema ha sido tan
importante, que una de las razones que animó el dictado de ley
26.944, fue la construcción de un régimen jurídico autónomo, que
contemple los alcances de esta responsabilidad. En la mayoría de los

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