PROYECTO DE LEY DE CREACION DEL PROGRAMA NACIONAL DE REGULACION DE LAS OPERACIONES ENMARCADAS EN EL ART. 9º DE LA LEY 22.315 - INSPECCION NACIONAL DE JUSTICIA -.
Fecha de presentación | 20 Marzo 2019 |
Número de Iniciativa | 695/19 |
Comisión | Comisión de justicia y asuntos penales,Comisión de legislación general |
Autor de la iniciativa | Lovera , Daniel Aníbal |
Estatus | Archivado |
“2019 Año de la Exportación”
(S-0695/19)
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,…
Artículo 1º.- La presente ley tiene por objeto contribuir a garantizar la
equidad y la sostenibilidad de las operaciones enmarcadas en el
artículo 9 de la Ley Nº 22.315.
Artículo 2º.- Créase en el ámbito del Poder Ejecutivo Nacional el
Programa Nacional de Regulación de las operaciones enmarcadas en
el artículo 9 de la Ley Nº 22.315, el que tendrá las siguientes
funciones:
a) Aplicar en lo que respecta a la materia la Ley N° 20.680 y sus
modificatorias;
b) Crear un Registro de Adherentes de las operaciones
enmarcadas en el artículo 9 de la Ley Nº 22.315, evaluando su
situación social, económica y financiera y su situación frente al
contrato de adhesión y a las sociedades administradoras de las
operaciones;
c) Disponer medidas de asesoramiento y protección de los
adherentes a estas operaciones ante situaciones de abusos;
d) Verificar que la Inspección General de Justicia cumpla diligente y
debidamente sus funciones de regulación, contralor y sanción en la
materia y notificar casos de incumplimientos a la Jefatura de Gabinete
de Ministros de la Nación y al Ministerio de Justicia y Derechos
Humanos de la Nación;
e) Promover deducciones impositivas y de otros costos que faciliten
la producción, la comercialización, el pago y el acceso a los bienes de
producción nacional que se busquen adquirir mediante las
modalidades previstas en el artículo 9 de la Ley Nº 22.315;
f) Promover líneas de créditos con tasas de intereses subsidiadas
que faciliten la producción, la comercialización, el pago y el acceso a
los bienes de producción nacional que se busquen adquirir mediante
las modalidades previstas en el artículo 9 de la Ley Nº 22.315;
g) Articular acciones con las Defensorías del Pueblo, la Secretaría
de Comercio Interior, otras organizaciones gubernamentales y no
gubernamentales vinculadas a los derechos de los usuarios y
consumidores, y con otros organismos públicos vinculados a la
materia;
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