PROYECTO DE LEY QUE AGREGA COMO INCISO D) DEL ART. 2º DE LA LEY 25.413 Y S/M - IMPUESTO A LOS CREDITOS Y DEBITOS BANCARIOS -, EXIMIENDO DEL MISMO A LAS OBRAS SOCIALES INTEGRANTES DEL SISTEMA NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD.
Fecha de presentación | 05 Marzo 2018 |
Número de Iniciativa | 108/18 |
Comisión | Comisión de presupuesto y hacienda |
Autor de la iniciativa | Pereyra , Guillermo Juan |
“2018 – Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
(S-108/18)
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,…
Artículo 1º.- Agréguese como inciso d) del artículo 2º de la Ley 25.413
el siguiente: “Los créditos y débitos en cuentas bancarias
correspondientes a las Obras Sociales integrantes del Sistema
Nacional del Seguro de Salud”.
Art. 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Guillermo J. Pereyra.-
FUNDAMENTOS
Señora Presidente:
La ley 25.413 fue sancionada el 24 de marzo de 2001, y denominada
Ley de Competitividad, creó un impuesto que se aplica sobre los
créditos y débitos efectuados en cuentas, cualquiera sea su
naturaleza, abiertas en entidades regidas por la Ley de Entidades
Financieras.
Dicho impuesto se determina sobre el importe bruto de la operación,
sin considerar incrementos o deducciones por comisiones,
descuentos, gastos o conceptos similares.
El artículo 2º de la mencionada ley establece los sujetos exentos del
tributo, que son el Estado nacional, los Estados provinciales, las
municipalidades, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y
Pensionados, las misiones diplomáticas y consulares extranjeras en la
República Argentina, y todas aquellas cuentas bancarias en las que se
depositan las remuneraciones y haberes jubilatorios y de pensiones,
teniendo en cuenta la eximición hasta el importe correspondiente a
dichos conceptos.
El impuesto de marras grava al 1.2% por cada operación con lo cual el
volumen de recaudación alcanza cifras importantes. Durante el año
2015 dicha cifra alcanzó los $ 97,5 millones, según consta en los
informes de recaudación de la Administración Federal de Ingresos
Públicos.
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