PROVINCIA BURSATIL

Fecha de la disposición23 de Septiembre de 2014

PROVINCIA BURSATIL

SOCIEDAD ANONIMA

Por Escritura Nº 144 del 21/05/2014, ante el Escribano Mario Deymonnaz, Registro 929 se protocolizó Asamblea General Extraordinaria Nº 39 del 13/12/2013, la cual se redactó texto ordenado del estatuto de la sociedad y se modificó el Objeto Social quedando redactado asi: Artículo 4: Tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros, o asociada a terceros, en cualquier lugar de esta República, o en el exterior, con sujeción a las leyes del respectivo país, a las siguientes actividades: a) COMERCIALES: (i) de Agente de Negociación, de conformidad a lo dispuesto por la Ley Nº 26.831 y las NORMAS CNV (N.T. 2013), por lo que podrá actuar en la colocación primaria y en la negociación secundaria a través de los Sistemas Informáticos de Negociación de los Mercados autorizados, ingresando ofertas en la colocación primaria o registrando operaciones en la negociación secundaria, tanto para cartera propia como para terceros clientes, cumpliendo con las normas dispuestas a estos efectos por la Comisión Nacional de Valores; (ii) de Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Propio, de conformidad a lo dispuesto por la Ley Nº 26.831 y las NORMAS CNV (N.T. 2013), por lo que además de desarrollar las actividades propias de los Agentes de Negociación, podrá intervenir en la liquidación y compensación de operaciones (colocación primaria y negociación secundaria) registradas para cartera propia y sus clientes, siendo responsables del cumplimiento ante los Mercados y/o las Cámaras Compensadoras de las obligaciones propias y de sus clientes; y (iii) de Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral, de conformidad a lo dispuesto por la Ley Nº 26.831 y las NORMAS CNV (N.T. 2013), por lo que además de desarrollar las actividades propias de los Agentes de Negociación, podrá intervenir en la liquidación y compensación de operaciones (colocación primaria y negociación secundaria) registradas para cartera propia y sus clientes, como así también prestar el mencionado servicio de liquidación y compensación de operaciones a otros Agentes de Negociación registrados ante la Comisión Nacional de Valores, siendo responsables del cumplimiento ante los Mercados y/o las Cámaras Compensadoras de las obligaciones propias, de sus clientes y de las obligaciones de los Agentes de Negociación con los que haya firmado un Convenio de Liquidación y Compensación. A fin de llevar a cabo las actividades...

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