Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 23 de Abril de 2014, expediente B 72434

PresidenteSoria-Genoud-Kogan-Pettigiani
Fecha de Resolución23 de Abril de 2014
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

B.72.434 "PROVINCIA DE BS. AS C/ BOTTIER S.A. S/ APREMIO. --CONFL. DE COMPETENCIA ART. 7º INC. 1º LEY 12.008--"

La Plata, 23 de abril de2014.

AUTOS Y VISTOS :

Toda vez que las actuaciones fueron promovidas con anterioridad al 15-XII-2003 y teniendo en cuenta que la competencia se determina con arreglo a las normas vigentes al momento de iniciarse el proceso, a la vez que las leyes que pusieron en funcionamiento el Fuero Contencioso Administrativo carecen de efectos retroactivos, corresponde declarar que el presente es un caso ajeno a su competencia (arts. 3 del decreto-ley 9122 -texto original-; 27 de la ley 12.074, 7 inc. 1° de la ley 12.008 -texto según ley 13.101-; doctr. causas B. 68.056 "Fisco de la Provincia de Buenos Aires c/ Defino, J.A.", res. del 3-XI-2004; B. 69.640 "Provincia de Buenos Aires (Rentas) c/ GA DE S.H. y Otro", res. del 17-IX-2008).

Por ello, el Tribunal

RESUELVE :

Declarar la competencia para entender en asunto del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N°4 del Departamento Judicial de M., al que por Secretaría se le remitirá el expediente, mediante...

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