Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala M, 28 de Septiembre de 2022, expediente CIV 101508/2021/CA001

Fecha de Resolución28 de Septiembre de 2022
EmisorCamara Civil - Sala M

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA M

101508/2021

PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A c/

QUIEN RESULTE CIVILMENTE RESP DEL ACCIDENTE DE FECHA

10/01/2019 s/INTERRUPCION DE PRESCRIPCION

Buenos Aires, 28 de septiembre de 2022.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. ) La actora apeló en forma subsidiaria la decisión del 4 de febrero de 2022, mantenida por resolución del 18 del mismo mes, que la intimó a pagar la tasa de justicia.

  2. ) Cabe señalar que, en el caso, no se trata de determinar si el pago de la tasa de justicia entra o no dentro de la órbita de materia no delegada de la Provincia de Buenos Aires a la Nación, sino de establecer el alcance de las exenciones que se establecen dentro y fuera de la ley 23.8981.

Desde esa perspectiva, Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. no está exenta del pago de la tasa de justicia. Es que, independientemente de su aludida condición de socio mayoritario, la parte actora es una persona jurídica diferenciada y distinta que no puede confundirse con la de los socios que la integran (art. 143 CCCN).

Por ello, no resulta de aplicación a este caso la doctrina sentada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa Banco de la Provincia de Buenos Aires c. Estado Nacional- Ministerio de Economía -Dto.905/02

s/proceso de conocimiento” (recurso de hecho, del 4/6/2013; LL 2013-D,

246), pues su alcance se circunscribe a las acciones promovidas por el Banco de la Provincia de Buenos Aires2.

1

cfr. esta Sala “Banco de la Provincia de Buenos Aires c/ Preveza SA”, del 23/02/2010; íd “Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. c/ Oviedo, L. y otros s/ interrupción de prescripción”, del 20/11/2014; íd. “Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.

c/ Resp Civ Mendoza Pcia de Mendoza 11/04/2018 s/ interrupción de prescripción”, del 26-

05- 2021.

2

conf. esta Sala, “Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. c/ Civilmente Responsable 28/01/2016 s/Interrupción de Prescripción” del 10-04-2019; íd. “Provincia A.R.T. S.A. c/ A., N.E.s.ón de...

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