Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala D, 16 de Marzo de 2017, expediente CIV 069595/2016

Fecha de Resolución16 de Marzo de 2017
EmisorCamara Civil - Sala D

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA D 69595/2016 PROVINCIA ART S.A. c/ MARTINEZ, J.C. Y OTROS s/COBRO DE SUMAS DE DINERO Buenos Aires, de marzo de 2017 Y VISTOS. CONSIDERANDO:

La providencia de fojas 151/153 en virtud de la cual -entre otras disposiciones- se rechaza rl pedido de eximición de pago de la tasa judicial articulado por la parte actora, Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo SA, es ajustada a derecho, razón por la cual será confirmada. El escrito de fundamentación obra a fojas 10/11, habiendo dictaminado a fojas 14 el señor R. delF..

Suscintamente, y en lo que constituye materia de agravio, señala la demandante que Provincia ART S.A, pertenece mayoritariamente al Banco de la Provincia de Buenos Aires, de modo tal que -según su interpretación- la exención de pago de la tasa de justicia de que goza el Banco resultaría extensiva a ella.

Sobre el particular diremos que, la ley 22.016 derogó

todas las disposiciones de las leyes nacionales, ya sean generales, sociales o estatutarias, en cuanto eximen o permiten capitalizar el pago de los tributos nacionales, provinciales y municipales (impuestos, tasas y contribuciones), a todo organismo nacional, provincial o municipal que venda bienes o preste servicios a terceros a título oneroso, supuesto éste en el que, claramente, se encuentra comprendido el Banco de la Provincia de Buenos Aires, de donde no cabe considerarlo eximido del pago de la tasa de justicia (conf.

C.N,Civil, esta S., in re “Banco de la Provincia de Buenos Aires c/Helou Salim y otro s/ejecución , expte 33.265/99, agosto de 2000, Fecha de firma: 16/03/2017 Firmado por: B.P. BRILLA DE S.A.M.R.O.O.Á., JUECES DE CAMARA #28954579#173882071#20170314142622104 Sala F, 15-7-96, “Laminación Argentina del cobre S.C.A c/M.C.B.A s/expropiación inversa” SAIJ C0039062, idem, S.J., 26-11-98, “Banco de la Provincia de Buenos Aires c/Egaña, A. s/preparación de la vía” SAIJ Coo43165).

También se ha dicho que el Banco de la Provincia de Buenos Aires, no se encuentra alcanzado ni por las exenciones subjetivas ni por las objetivas enumeradas...

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