Sentencia de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 4 de Mayo de 1999, expediente A C74625

PresidenteLaborde-Hitters-Pettigiani-Salas-Pisano
Fecha de Resolución 4 de Mayo de 1999
EmisorCorte Suprema de la Provincia de Buenos Aires

Ac.á74.625á"Banco de la Prov.de Bs. As. c/ B., A.G.E.. Recurso de queja".

//Plata, 4 de mayo de 1999.

AUTOS Y VISTO:

Que las decisiones recaídas en un juicio ejecutivo no revisten, en principio, carácter definitivo en los términos del art. 278 del Código Procesal Civil y Comercial, no observándose en el caso en que se hace lugar a la excepción de inhabilidad de título por entender que la certificación de la deuda fue emitida luego de encontrarse cerrada la cuenta corriente incorporando supuestos débitos posteriores, motivos que justifiquen el apartamiento de dicho criterio, desde que el sentenciante no se ha pronunciado sobre la existencia del crédito, no agotándose por ello las vías hábiles para lograr su percepción (art. 551, Cód. cit.; Ac. 47.641, 11-VI-91; Ac. 52.890, 27-IV-93; Ac. 69.522, 9-XII-97; Ac. 72.765, 13-X-98).

Que la...

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