Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala A, 26 de Septiembre de 2022, expediente COM 003239/2022/CA001
Fecha de Resolución | 26 de Septiembre de 2022 |
Emisor | Camara Comercial - Sala A |
Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial 3.239 / 2022
PROSPERI, VICTORIA c/ AEROLINEAS ARGENTINAS SA s/
INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO
Buenos Aires, 26 de septiembre de 2022.-
Y VISTOS:
1) Apeló la actora la resolución dictada en fecha 15.7.22 mediante la cual la Sra. Juez de Grado se declaró, de oficio, incompetente para entender en las presentes actuaciones y ordenó su remisión a la Justicia Civil y Comercial Federal para su ulterior trámite.
La Magistrado adoptó esta solución en la inteligencia de que la materia en debate atañe a cuestiones atinentes y/o conexas con el derecho aeronáutico, cuya competencia corresponde al Fuero Civil y Comercial Federal.
Los fundamentos del recurso fueron desarrollados en la presentación de fecha 22.8.22.
El 12.9.22 fue oída la Sra. Representante del Ministerio Público ante esta Alzada, quien dictaminó en el sentido de revocar el fallo impugnado, por considerar competente a este Fuero para entender en acciones de este tipo.
2) A efectos de una adecuada comprensión de la materia traída a conocimiento de este Tribunal, cabe referir que, según surge del escrito de inicio incorporado en el Registro Informático del expediente, la actora impuso la presente acción contra Aerolíneas Argentinas SA a fin de que se le devolviera el dinero correspondiente al precio pagado por el contrato de transporte aéreo celebrado oportunamente, con vuelos programados para el 02.3.21 con destino a la ciudad de Madrid, España y para el 29.5.21 de regreso a Buenos Aires, más daño moral, daño Fecha de firma: 26/09/2022
Alta en sistema: 27/09/2022
Firmado por: J.A.C., PROSECRETARIO DE CAMARA
Firmado por: A.A.K.F., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.E.U., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: H.O.C., JUEZ DE CAMARA
punitivo e intereses.
La actora enmarcó el conflicto en una relación de consumo en la que ella, como usuaria de un servicio, vio vulnerados sus derechos a partir del incumplimiento del contrato de transporte aéreo al que la accionada se había comprometido. Señaló que la aerolínea demandada le denegó el embarque sin justificación alguna ni señalar que requisito estaría incumpliendo.
Por último, especificó las sumas reclamadas en concepto de daño emergente y daño moral, a la vez que dejó planteada la petición de una multa de carácter punitivo.
2.1. En dicho contexto, la Sra. Juez a quo se declaró incompetente para entender en las presentes actuaciones, expresando, en tal sentido: “…la actora reclama puntualmente a Aerolíneas Argentinas SA, que más allá de ser...
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