Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 19 de Agosto de 2021, expediente CAF 022059/2016/CA001

Fecha de Resolución19 de Agosto de 2021
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

FEDERAL- SALA V

EXPTE. Nº 22059/2016/CA1 “PROPANORTE SACIF c/ DNCI

s/ LEALTAD COMERCIAL - LEY

22802 - ART 22”

Buenos Aires, de agosto de 2021.

VISTO

Y CONSIDERANDO:

  1. Que a fojas 274 (16/09/2019), la parte demandada acusó la caducidad de instancia. A tal fin, indicó que el plazo previsto en el artículo 310, inciso 1º del CPCCN se encontraba ampliamente vencido.

    Sostuvo que desde que este Tribunal resolvió admitir la prueba testimonial ofrecida por la actora, dicha parte no realizó acción alguna tendiente a impulsar el proceso (v. fs. 233/234).

  2. Que a fojas 276 (18/09/2019), este Tribunal ordenó

    correr traslado del acuse de caducidad por el término de 5 (cinco) días,

    aclarando que dicha diligencia se encontraba a cargo de la demandada.

  3. Que a fojas 277 (02/11/2020), la parte actora acusó la caducidad del incidente de perención. Para ello, señaló que el plazo de un mes previsto en el artículo 310, inciso 4º del CPCCN se encontraba ampliamente vencido.

  4. Que así planteada la cuestión, el Tribunal advierte que la parte demandada tenía la carga de confeccionar la cédula electrónica a fin notificar a su contraria el traslado ordenado por este Tribunal en fecha 18/09/2019 (con relación a su acuse de caducidad de instancia). Además, dicho traslado lo debió haber realizado dentro del primer mes desde que se notificó la providencia, no obstante lo cual -hasta la fecha del acuse de caducidad del incidente de perención- no fue realizado.

    En consecuencia, en virtud de las consideraciones precedentes y lo establecido en el artículo 310, inciso 4° del CPCCN,

    Fecha de firma: 19/08/2021

    Alta en sistema: 20/08/2021

    Firmado por: M.L.A., SECRETARIA DE CAMARA

    Firmado por: G.F.T., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: PABLO GALLEGOS FEDRIANI, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.A., JUEZ DE CAMARA

    corresponde hacer lugar al acuse de caducidad del incidente de perención formulado a fojas 277 por la parte actora...

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