Procuración General, Año 2022 - Res. N° 163 y 165

Fecha de publicación23 Septiembre 2022
Tipo de documentoRESOLUCIONES
Número de Gaceta13983
SecciónSección Oficial
BOLETÍN OFICIAL
PÁGINA 4 Viernes 23 de Septiembre de 2022
través del siguiente link https://www.juschubut.gov.ar/
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cursos. Ante dudas y/o consultas comunicarse con el
correo electrónico: concursos@juschubut.gov.ar.
Artículo 11°) El presente llamado a concurso se
publicará en el Boletín Oficial y en dos diarios provincia-
les durante los tres días hábiles inmediatamente ante-
riores al inicio de la fecha de inscripción.
Artículo 12°) Refrenda la presente la Directora de
Recursos Humanos.
Artículo 13°) Regístrese, notifíquese a los integran-
tes del jurado designado, publíquese y archívese.
Fdo. por la Cra. Marina ABRAHAM, Directora de
Recursos Humanos – Dr. Héctor Mario CAPRARO, Ad-
ministrador General.
I: 23-09-22 V: 27-09-22
PROCURACIÓN GENERAL
Resolución N° 163
Rawson, 20 de septiembre de 2022.
VISTO:
La Resolución N° 188/20 PG (TO Resolución N° 118/
2021 PG), la Nota N° 18/22 del Consejo de Fiscales; y
CONSIDERANDO:
Mediante la nota del Visto el Consejo de Fiscales,
pone en conocimiento que se ha aprobado por unanimi-
dad del Pleno la modificación de los Artículos 13° Incisos
V, VI, y XIII, 22° y 23° del Reglamento de Concursos de
Oposición y Antecedentes para la selección de aspi-
rantes a los cargos de Procurador de Fiscalía, Funcio-
nario de Fiscalía y Abogado de Fiscalía del Ministerio
Público Fiscal de la Provincia del Chubut, Resolución N°
188/20 PG.
Las modificaciones resultan en todo pertinentes por
lo que corresponde realizar los ajustes propuestos al
Reglamento en cuestión.
POR ELLO, y en uso de las facultades que le con-
fiere la ley;
EL PROCURADOR GENERAL
RESUELVE:
Artículo 1°.- MODIFICAR los Artículos 13° Incisos
V, VI, y XIII, 22° y 23° del Reglamento de Concursos de
Oposición y Antecedentes para la selección de aspi-
rantes a los cargos de Procurador de Fiscalía, Funcio-
nario de Fiscalía y Abogado de Fiscalía del Ministerio
Público Fiscal de la Provincia del Chubut (Resolución
188/20 PG), los que quedarán redactados de la siguiente
manera:
«Artículo 13. La inscripción se concreta comple-
tando el postulante, dentro del plazo de convocatoria,
el formulario de inscripción que tiene carácter de decla-
ración jurada a todos los efectos. En el mismo se deben
consignar los datos que a continuación se enumeran:
I.- a) Cargo:
b) Oficina Única MPF:
II.- Datos personales:
a) Apellido y nombre del postulante
b) Domicilio real
c) Número de teléfono-fax y celular
d) Dirección de correo electrónico
e) documento nacional de identidad digitalizado, el
que deberá ser exhibido el día del examen en original
por secretaria para su certificación. La no presenta-
ción del mismo acarrea la inmediata exclusión del pos-
tulante del concurso.
f) Fecha y lugar de nacimiento
g) Estado civil
h) Nombre y apellido completo de los padres, cón-
yuge e hijos
i) Firma del postulante
III Adjuntar Título de abogado, legalizado por la Uni-
versidad que lo expidió, por el Ministerio de Cultura y
Educación de la Nación y el Ministerio del Interior, en
archivo PDF del anverso y reverso. El titulo original de-
berá ser exhibido el día del examen a los efectos de su
certificación. La no presentación del mismo acarrea la
inmediata exclusión del postulante del concurso.
IV Antecedentes científicos, Técnicos y Profesio-
nales: deberá presentar toda la documentación que
acredite los antecedentes científicos, técnicos y profe-
sionales que invoque en archivo formato PDF.
V Certificado de aptitud física expedido o refrenda-
do por un organismo de Salud Pública. Este documento
deberá ser acompañado en original a la secretaría del
consejo.
VI Certificado de aptitud psíquica expedido o re-
frendado por un organismo de Salud Pública. Este do-
cumento deberá ser acompañado en original a la se-
cretaría del consejo.
VII Certificado de antecedentes penales expedido
por el registro Nacional de Reincidencia y Estadística
Criminal, con una antigüedad que no supere los 6 meses.
VIII Certificado del Colegio Profesional y/o de los
Poderes Judiciales, según cual fuera el organismo que
tenga el gobierno de la matrícula, donde conste fecha
de matriculación, si mantuvo durante ese lapso la habi-
litación para el ejercicio profesional y antecedentes dis-
ciplinarios. En caso de que existieren sanciones disci-
plinarias deberá acompañar copia certificada de la re-
solución que hubiera recaído en el legajo. El certificado
debe tener una antigüedad no mayor a 30 días.
IX Certificado de libre deuda expedido por el regis-
tro Público de Alimentantes Morosos de la Provincia del
Chubut (cfme Ley II N° 17) en la página. https//
www.juschubut.gov.ar/registro-de-alimentantes-moro-
sos-ram).
X Declaración jurada de no haber sido destituido de
la Administración Pública o de no haber sido objeto de
despido de la actividad privada por infracción laboral.
XI Declaración jurada de no haber sido condenado
por delito doloso. En caso de encontrarse sujeto a pro-
ceso penal actual en el que se haya decretado la aper-
tura de la investigación; deberá informar los datos del
expediente y tribunal interviniente.
XII La documentación presentada es considerada a
los efectos de la verificación de aptitud y calificación

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