Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico, 31 de Octubre de 2008, expediente 58.475

Fecha de Resolución31 de Octubre de 2008

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I SEÑOR RICARDO SCHOR. CAUSA NRO. 399/2007 (698) CARÁTULA

"S.R. SOBRE INFRACCIÓN LEY 24.769"

Causa N° 58.475, FO 136, Orden N° 25.760, Juzgado Nacional en lo Penal Tributario N°2 - SALA "A"

mb nos Aires, ?, \ de octubre de 2008.

VISTO:

El recurso de apelación interpuesto por la letrada defensora de R.S. contra la resolución que dispuso el procesamiento de su asistido.

Y CONSIDERANDO:

Que lo resuelto se funda en que "al momento del vencimiento del plazo para el cumplimiento voluntario de la obligación frente al Impuesto a las Ganancias correspondiente a los ejercicios fiscales 2000 y 2001, se habría omitido presentar las declaraciones juradas correspondientes, evadiendo el pago de $260.654, 65 Y $122.464, 79, respectivamente" (considerando XXXIX).

Que la Ley Penal Tributaria sanciona al obligado que mediante declaraciones engañosas, ocultaciones maliciosas o cualquier otro ardid o engaño evada el pago de tributos (conf. artículo 1° de la ley 24.769).

Que, en esas condiciones, la simple omisión de los deberes establecidos en la legislación tributaria, no resulta por sí sola demostrativa de hechos que deban encuadrarse en el artículo precedentemente mencionado.

Por lo que SE

RESUELVE:

REVOCAR la resolución apelada. Sin costas.

R., notifíquese, remítanse los autos principales al juzgado de origen con oficio de...

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