Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Iii, 24 de Octubre de 2017, expediente CCF 003021/2007/CA001

Fecha de Resolución24 de Octubre de 2017
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Iii

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III Causa N° CCF 3021/2007/CA1 “P.D.L. c/

Estado Nacional Ministerio del Interior Policía Federal s/

accidente de trabajo/enfermedad profesional acción civil”

En Buenos Aires, a los 24 días del mes de octubre del año dos mil diecisiete, hallándose reunidos en acuerdo los Señores Vocales de la Sala III de la Excma. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal a fin de pronunciarse en los autos “P.D.L. c/ Estado Nacional Ministerio del Interior Policía Federal s/ accidente de trabajo/enfermedad profesional acción civil”, y de acuerdo al orden de sorteo el doctor G.A.A. dijo:

  1. El señor Juez de primera instancia admitió

    parcialmente la demanda promovida por el Sargento Daniel Lorenzo Procaccini (LP 51.928) contra el Estado Nacional – Policía Federal Argentina (PFA) con el objeto de ser indemnizado por los daños y perjuicios derivados del infarto de miocardio sufrido mientras prestaba servicios en la Comisaría n° 15. Condenó a la demandada al pago de $81.000 con más sus intereses y las costas del juicio (fs.

    339/342vta).

    Apelaron ambas partes (ver recursos de fs. 343 y fs. 346, concedidos a fs. 344 y fs. 347). La demandada expresó agravios a fs.

    353/355 y la actora hizo lo propio a fs. 356/359, dando lugar a las réplicas de fs. 361/362 y fs. 364/366.

    Los recursos interpuestos contra la regulación de honorarios (ver fs. 343 y 345, concesiones de fs. 344 y 347), serán tratados al finalizar el presente acuerdo y según sea el resultado al que se arribe en él.

    Fecha de firma: 24/10/2017 Alta en sistema: 07/11/2017 Firmado por: G.A.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.G.R., JUEZ DE CAMARA #16172567#191456330#20171025092526596 Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III La PFA cuestiona la responsabilidad que se le endilgó, la procedencia y cuantía de la indemnización, y a todo evento, solicita la consolidación de la condena con arreglo a la ley 25.344.

    El accionante, por su parte, se agravia del monto otorgado por daño moral, por considerarlo insuficiente.

  2. Surge de autos que el 15 de junio de 1999, a las 00.30 hs. aproximadamente, el actor se hallaba realizando un control preventivo denominado “Prevencional Restaurantes” (sic) a bordo del móvil 815 de la Comisaría n° 15. Al llegar a la intersección de las calles Tres Sargentos y Reconquista, se acercó al móvil el empleado de un bar solicitando su intervención ya que había un sujeto en la vereda que le resultaba sospechoso. Ante ello, P. se apeó del vehículo y procuró aproximarse al sujeto en cuestión pero éste ya había emprendido la huida al ver el móvil policial. Entonces el agente lo corrió hasta alcanzarlo en la intersección de la Av. Córdoba y S.M., donde procedió a su identificación y constató que no tenía ningún motivo para retenerlo, por lo cual le permitió continuar su marcha. Inmediatamente después, P. sintió una fuerte opresión en el pecho que lo llevó a pedirle al agente que conducía el móvil que lo llevara al Complejo Médico Churruca Visca. En el hospital, los médicos ordenaron su inmediata internación informándole que había sufrido un infarto de miocardio...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR