Prioridad de paso, el reino del revés

Hay mucha diferencia entre manejar bien y conducir bien. Esto último implicarespetar los derechos de paso. Pero, en este aspecto, somos el reino del revés.

Sin embargo, la Ley de Tránsito 24.449 es clara. "ARTÍCULO 41. - PRIORIDADES. Todo conductor debe ceder siempre el paso en las encrucijadas al que cruza desde su derecha. Esta prioridad del que viene por la derecha es absoluta". Luego, enumera excepciones (señalización, vehículos ferroviarios y de emergencia, etcétera). También tienen prioridad "los vehículos que circulan por una semiautopista. Antes de ingresar o cruzarla se debe siempre detener la marcha; los peatones que cruzan lícitamente la calzada por la senda peatonal o en zona peligrosa señalizada como tal; debiendo el conductor detener el vehículo si pone en peligro al peatón" y otras consideraciones como ésta: "El que circule al costado de vías férreas, debe ceder el paso al que sale del paso a nivel."

Por su parte, "ARTÍCULO 43. - GIROS Y ROTONDAS. Para realizar un giro debe respetarse la señalización, y observar las siguientes reglas: a) Advertir la maniobra con suficiente...

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