Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE ROSARIO 2, 27 de Diciembre de 2019, expediente FRO 054650/2018/TO01

Fecha de Resolución27 de Diciembre de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE ROSARIO 2

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE ROSARIO 2 FRO 54650/2018/TO1 Nº 255/2019 Rosario, 27 diciembre de 2019.-

Y VISTOS:

Dentro de los autos caratulados: “MAGNO, R.A. S/Uso de Documento Adulterado o Falso”, Exp. N° FRO 54650/2018/TO1, en trámite por ante este Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 de Rosario, a efectos de resolver sobre la solicitud de suspensión de juicio a prueba del imputado R.A.M., conforme acta acompañada por la Dra. F.T. a fojas 204/206 de autos.

DE LOS QUE RESULTA QUE:

Surge del acta que, el día 23 de diciembre de 2019, se reunieron en la F.ía General ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 2 de Rosario, la Dra. F.T., el imputado M. y su Defensor Dr.

M.G..

En dicha oportunidad, el encartado ratificó su voluntad de solicitar la suspensión del juicio a prueba y se comprometió a realizar tareas comunitarias, tal como lo dispone el art. 27 bis del CP, en la Parroquia San Roque Diócesis de San Nicolás de los Arroyos de la ciudad de Pergamino.

Concedida la palabra, el Defensor, manifestó que instruyó

a su asistido en relación a los alcances del beneficio solicitado y fundó la procedencia del mismo en lo dispuesto por la CSJN en el precedente “A., en la pena que tiene previsto en abstracto el ilícito que se le atribuye, lo cual harían procedente una eventual condena de ejecución condicional. Indicó que su defendido no es funcionario público, ni cometió delito alguno en ejercicio de la función pública y solicitó para su pupilo la suspensión de juicio a prueba por el lapso de un año.

A continuación la F., afirmó que el delito atribuido a M. es el comprendido en el art. 293, en función del art. 292, segundo Fecha de firma: 27/12/2019 Alta en sistema: 30/12/2019 Firmado por: G.S.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: G.Y., SECRETARIO #33800445#253415076#20191230110525317 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE ROSARIO 2 FRO 54650/2018/TO1 párrafo, del Código Penal, que tiene prevista una pena de tres (3) a ocho (8)

años de prisión; que conforme informe del Registro Nacional de Reincidencia (Fs. 201/202), no posee antecedentes penales.

Señaló además que, en función de lo indicado precedentemente, estimaba que es procedente la concesión del beneficio solicitado y por un plazo de un año.

Sentado ello, la F.ía General resolvió elevar el acta labrada para poner en consideración de este Tribunal Oral y se dicte resolución de conformidad con sus términos.

En fecha 23 de diciembre de 2019, esta...

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