Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 22 DE LA CAPITAL FEDERAL, 23 de Octubre de 2019, expediente CCC 061003/2019/TO01
Fecha de Resolución | 23 de Octubre de 2019 |
Emisor | TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 22 DE LA CAPITAL FEDERAL |
Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 22 DE LA
CAPITAL FEDERAL.
CCC 61003/2019/TO1.
nos Aires, 23 de octubre de 2019.
Y VISTOS:
Para dictar sentencia en la causa N° 6161 (61003/19), elevada a
juicio por el delito de robo, a BRIAN ALEJANDRO CHOQUE
VELAZQUEZ, DNI N° 41.246.701, de nacionalidad argentina, nacido el 9 de
agosto de 1998 en M., Provincia de Buenos Aires, hijo de Fredy Choque
Gutierrez y de C.N.V., identificado mediante legajo de la
P.F.A. RH 317.248, con último domicilio en J.B. de Márquez 4118,
M., Provincia de Buenos Aires y domicilio constituido con su Defensa.
Intervienen en el proceso, representando al Ministerio Público
Fiscal, la Dra. G.F. y en la defensa, el Dr. A.V., a cargo de
la Unidad de Flagrancia n° 21.
RESULTA:
-
Requerimiento
Al comienzo de la audiencia de debate se dio lectura al
requerimiento de elevación a juicio de fs. 117, en el que se tuvo por
acreditado, con las exigencias de la primera etapa, el hecho del 24 de agosto de
2019, alrededor de las 20 horas que consisitió en haberse apoderado, mediante
violencia física en las personas, de un celular marca Samsung, modelo J4 Plus,
color rosado, abonado 1140613229 de Movistar, propiedad de la menor Nabila
Nahir N., de dieciseis años de edad, en la intersección de las Avenidas
R. y P.M. de esta Ciudad, cuando le arrebató a ésta el
dispositivo aludido.
En posesión del elemento, C.V. se dio a la fuga
cruzando por R., para tomar la Avenida P.M., siendo perseguido
por la menor, su madre –L.D.Z. y su tía –Johana Irene Leonor
N., cuyos gritos alertaron a vecinos, quienes aprehendieron a Choque
Velazquez hasta la llegada del personal policial que formalizó la detención, sin
recuperar el bien sustraído.
Fecha de firma: 23/10/2019 Firmado por: P.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: CAROLINA I.P., SECRETARIA DE CAMARA #34064723#247536464#20191023113456217 b) Indagatoria
Concedida la palabra al imputado Brian Alejandro Choque
Velásquez, manifestó que era su deseo hacer uso de su derecho de negarse a
declarar, por lo que se dio lectura a su declaración brindada en la etapa
anterior.
-
Testigos Durante el transcurso del debate prestaron declaración
testimonial el V.A.R. y J.S.B..
Sus declaraciones se encuentran registradas en el soporte digital
que se encuentra agregado al expediente digital en el Sistema Lex 100 que, en
razón de brevedad, para el conocimiento textual e inalterado de sus dichos se
remite a la escucha.
-
Incorporación por lectura.
Se han incorporado al debate las siguientes pruebas, colectadas
en la etapa instructoria consistente en las declaraciones testimoniales de Paco
Gumersindo (fs. 7), F.R.V. (fs. 8 y 10), P.W.G. (fs.
96) y de J.V.V.C. (fs. 102/103). Asimismo, se
incorporó el acta de detención de fs. 9, las actas de fs. 92, y las que dan cuenta
de los...
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