Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 3 de Septiembre de 2019, expediente FSA 000187/2019/TO01

Fecha de Resolución 3 de Septiembre de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SALTA N° 1 - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SALTA N° 1 187/2019 Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: SALVATIERRA, JULIO CESAR s/CONTRABANDO DE ESTUPEFACIENTES ARTICULO 866, PARRAFO - CODIGO ADUANERO En la ciudad de Salta, a los tres días del mes de septiembre del año dos mil diecinueve, reunidos los Señores Jueces del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Salta N° 1: F.S.D., M.M.J.A., y M.L.S., bajo la presidencia del primero de los nombrados, y con la asistencia de la Secretaria M.A.F., a fin de dictar Sentencia en la causa N° FSA-

187/2.019/T.O.1, caratulada “SALVATIERRA, J.C. s/ Contrabando de Estupefacientes Artículo 866 Segundo Párrafo – Código Aduanero”, en la que se encuentra imputado J.C.S., argentino, en concubinato, titular del Documento Nacional de Identidad N° 39.500.544, changarín, nacido el día 16 de mayo de 1.991 en la ciudad de Orán, Provincia de Salta, hijo de J.O.S. y de J.C., con domicilio sito en la calle Los Andes N° 8, del B.J.P.I., de la ciudad de Orán, Provincia de Salta, sabe leer y escribir. Intervienen como representante del Ministerio Público Fiscal, el D.C.M.A., y como Defensor Público Oficial el D.F.P.A..

Y CONSIDERANDO Que, en miras a una mejor disposición metodológica, las cuestiones a tratar serán las siguientes:

I) Plataforma Fáctica;

II) Análisis de la descripción de los hechos;

III) Análisis del reconocimiento de los hechos y de la responsabilidad;

IV) Análisis de la calificación de los hechos;

V) Análisis de las penas solicitadas; y

VI) Análisis de la procedencia de la sanción a la letrada M.C.B..

Fecha de firma: 03/09/2019 Alta en sistema: 04/09/2019 Firmado por: F.S.D., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.M.J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.L.S., JUEZA DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.A.F., SECRETARIA #33759898#243207920#20190903100133162

I) Plataforma fáctica.

  1. Las presentes actuaciones se iniciaron el día 26 de enero de 2019, aproximadamente a las trece y treinta horas, oportunidad en que el personal del Destacamento Móvil 5 “Santiago del Estero” y de la Sección “Aguas Blancas”

    dependiente del Escuadrón 20 “Orán”, todos de G. Nacional, efectuaba tareas de control documentológico a las personas que transitaban por el sector conocido como “Los Cacharis” -paso fronterizo con Bolivia no habilitado- cuando arribó un ciudadano de sexo masculino, a quien se le impartió la voz de “Alto” para poder efectuar su identificación. Luego de conocer su identidad, el personal advirtió

    que transportaba sobre su espalda una lona que a simple vista contenía mercadería de origen extranjero. Frente a la sospecha de estar frente a un posible delito, se solicitó la asistencia de testigos para revisar el contenido de la lona. En la requisa se encontró

    mercadería del rubro calzado y se hallaron ocultos veinte (20) paquetes rectangulares.

    Se procedió al traslado de los intervinientes hacia el asiento de la Sección “Aguas Blancas”, donde S. dijo espontáneamente que una persona -de la que hizo una descripción- le entregó la lona cerrada en el sector conocido como “Gomón”.

    Mencionó que desconocía lo que transportaba. Por ese motivo se efectuó un rastrillaje en el citado sector con resultado negativo. El personal de Criminalística y Estudios Forenses procedió a retirar los 20 (veinte) paquetes de la lona y sobre su contenido efectuó la prueba de narcotest, arrojando resultado positivo para cocaína con un peso total de 20.686,5 (veinte mil seiscientos ochenta y seis coma cinco) gramos. Al efectuarse la consulta telefónica judicial, se dispuso la detención en carácter de comunicado del nombrado y, también, el secuestro de los veinte (20) paquetes. Se puso en conocimiento de los hechos a la Defensoría Oficial y a la Fiscalía Federal de Orán (fojas 02/34).

    Fecha de firma: 03/09/2019 Alta en sistema: 04/09/2019 Firmado por: F.S.D., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.M.J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.L.S., JUEZA DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.A.F., SECRETARIA #33759898#243207920#20190903100133162 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SALTA N° 1 b) A fojas 36/37 fue indagado el imputado. Declaró que trabajaba en el sector “Los Gomones” ayudando a la gente que trae lonas desde Bolivia; que se acercó

    a la balsa para pedir trabajo y un hombre le dijo que llevase la lona con electrónica indicándole que fuese por un costado, y que fue en ese lugar donde lo agarraron.

    Relató que el hombre iba adelante de él y que cuando los gendarmes lo demoraron el hombre salió corriendo. Señaló que los gendarmes habían visto a esa persona.

    Respondió que era la primera vez que lo veía y lo describió, agregando que la lona estaba llena pero que no le pareció que estuviera pesada y que contenía zapatillas de goma (sapitos). Resaltó que no sabía nada de los paquetes. Por último, refirió ser epiléptico y el único que mantiene a su familia.

  2. A fojas 47 y 143 se incorporó el informe del Registro Nacional de Reincidencia, del que surge que el causante carece de antecedentes penales computables.

  3. A fojas 49/50 el testigo R.J.O., gendarme, declaró que ese día en el puesto de “Los Gomones” estaban haciendo un control, y que en el sector “Los Cacharis” vieron a un hombre que llevaba una lona y decidieron controlarlo.

    Refirió que le pidieron que se detuviese y mostrase la lona, y que él accedió sin ningún problema. Contó que sobre la lona vieron unas zapatillas de goma (sapitos) y, en el medio, una caja marrón en la que encontraron los paquetes con droga. Dijo que S. repitió todo el tiempo que no sabía lo que llevaba, que le habían dado la lona cerrada, y que la persona que se la había entregado iba delante de él, pero que no lo vieron.

  4. A fojas 51/52 el testigo N.A.O., gendarme, señaló que en el marco del control que efectuaban (cerca del rio B.) vieron a S. con la lona, a quien pidieron la documentación y después que exhibiese la lona; que convocaron a dos personas que transitaban por la zona para que presenciaran la requisa. Dijo que al abrir la lona vieron las zapatillas de goma y más abajo unos paquetes rectangulares envueltos en cartón (o una caja); que se hizo un rastrillaje por Fecha de firma: 03/09/2019 Alta en sistema: 04/09/2019 Firmado por: F.S.D., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.M.J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.L.S., JUEZA DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.A.F., SECRETARIA #33759898#243207920#20190903100133162 el lugar para dar con la persona que describió S., como aquél que le entregó

    el estupefaciente, y que el imputado manifestó que los paquetes no eran suyos.

  5. A fojas 53/54 obra la declaración testimonial de una de las testigos civiles Y.G.F.. Contó que fue a B. a comprar útiles escolares con su cuñada, y que al volver y pasar por el desvío de la parte de “Las Chalanas”, G. les dijo que tenían que salir de testigos; que sacaron a un chango del monte con la lona, y que en la sección revisaron todo, y que vieron los sapitos y la droga -en una caja chica- agregando que la pericia dio positivo. Dijo que la tuvieron separada de S. todo el tiempo, y que no lo escuchó decir nada. En el mismo sentido declaró N.C.F., testigo civil del procedimiento (fojas 55/56).

  6. A fojas 57/60 se procesó a S. por ser prima facie autor responsable penalmente del delito de Contrabando de Importación de Estupefacientes, en grado de tentativa, conforme los artículos 866, segundo párrafo y 871 de la Ley N° 22.415.

  7. A fojas 67/68 rola el informe socio ambiental del causante, del que surgen los datos de su grupo familiar y de sus medios de vida.

  8. A fojas 82/84 declararon Z.E.M. y G.E.A.O.. Sus...

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