Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 26 DE LA CAPITAL FEDERAL, 23 de Septiembre de 2019, expediente CCC 025489/2017/TO01

Fecha de Resolución23 de Septiembre de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 26 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 26 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 25489/2017/TO1 Buenos Aires, 23 de septiembre de 2019.-

VISTA:

Esta causa n° 5434 (25.489/2017) del registro del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional n° 26, seguida de oficio a B.C.C.R. sin sobrenombres ni apodos, colombiana, nacida en Bogotá, República de Colombia, el 5 de diciembre de 1964, con unión libre, hija de F.C. y de A.E.R., sin ocupación, con instrucción secundaria incompleta, con domicilio real en Pasaje Malvinas 248, Monte Chingolo, Provincia de Buenos Aires y constituido en la Diag. Pte. R.S.P. 1190, piso 9° de esta Ciudad, P.. Pol. R.H. 285.546 y de Reincidencia 03128511, por el delito de hurto.

Intervienen en el proceso la Sra. Fiscal General Dra.

D.G. de la Fiscalía n° 6, el Sr. Defensor Público Coadyuvante, D.T.G.T. de la Defensoría Oficial n° 6 y quien preside las actuaciones Dra. MARTA A.

YUNGANO, con la asistencia del Sr. Secretario Dr. J.M.B..

RESULTA:

1) REQUERIMIENTO DE ELEVACION A JUICIO A fs. 107/110 el Señor Fiscal de Primera Instancia expresó “…Se reprocha a B.C.C.R., el suceso ocurrido el día 27 de abril del año 2017, a las 11 horas aproximadamente, en el interior el supermercado con nombre de fantasía “Vital”, sito en la calle Tronador 400 de este medio, consistente en haberse apoderado ilegítimamente –junto con otra mujer aún no identificada- de una billetera propiedad de P.A.M., la cual contenía en su interior los siguientes documentos, a saber: documento de identidad n° 27.162.622, licencia de conducir, licencia de visitador médico, tarjeta de débito expedida por el Banco Francés n° 4517650584981625, dos tarjetas de crédito emitidas por el Fecha de firma: 23/09/2019 Alta en sistema: 24/09/2019 Firmado por: MARTA AURORA YUNGANO, JUEZ Firmado(ante mi) por: J.M.B., SECRETARIO #30940092#245086835#20190923115846015 Banco Francés y una por el Banco City –todo ello a nombre de la damnificada-, la suma de $ 3000 y demás elementos personales.

Para ello, en las circunstancias descriptas, C.R. se acercó a la damnificada, quien se encontraba en el sector de góndolas de frío, hablándole con el fin de distraerla, oportunidad que aprovechó su consorte para ubicarse detrás de M. y previo abrir la cartera de la nombrada que se encontraba dentro del carro que aquella usaba, le sustrajo la billetera que había en su interior.

Pasados unos minutos, la damnificada advirtió que su cartera estaba abierta, constatando la faltante de su billetera, por lo que se dirigió al sector de cajas, requiriendo ayuda al personal de seguridad del comercio, solicitándole que demorara a la encartada C.R. quien se encontraba pasando la línea del sector referido, oportunidad en la que poseía consigo su tarjeta de débito.

En consecuencia, se efectuó un llamado al 911, presentándose en el lugar el A.D.P. –numerario de la Seccional 39ª., de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires-, quien formalizó la detención de la imputada, oportunidad en la que se incautó en su poder la tarjeta de mención.

Finalmente, se dejó asentado, que la consorte de la procesada se dio a la fuga, a la vez que tampoco fueron habidos los restantes elementos sustraídos a M.…”.

Calificó el hecho como hurto simple.

2) A fs. 159 se presentó un acuerdo de juicio abreviado del que surge que C.R., con la asistencia de su Defensor y la Señora Fiscal, acordó por el hecho investigado en la causa, tal como se describiera y calificara en el requerimiento de elevación a juicio, la imposición de la pena de seis meses de prisión en suspenso y costas. Asimismo, se acordó la imposición de la pena única de seis meses de prisión en suspenso y costas, comprensiva de la pena de dos meses de prisión en suspenso y costas dictada el 24 de octubre Fecha de firma: 23/09/2019 Alta en sistema...

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