Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 26 DE LA CAPITAL FEDERAL, 3 de Julio de 2019, expediente CCC 002034/2017/TO01

Fecha de Resolución 3 de Julio de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 26 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 26 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 2034/2017/TO1 Buenos Aires, 24 de junio de 2019.

AUTOS Y VISTOS:

Para dictar sentencia en la causa 2034/2017 (N° interno

5354) del registro de este Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional 26, que

se sigue a C.A.N. (argentino, nacido el 22 de agosto de

1968 en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hijo de L.A.N. y

de P.G., titular del DNI 20 411 673, con domicilio denunciado en

Coronel Lynch 1219 de V.L., provincia de Buenos Aires, con

asistencia de la Defensoría Oficial ante los TOCC 6, con asiento en Diagonal

R.S.P. 1190, piso 9 de esta ciudad. Con prontuario policial CI 11

775 455 y último trámite ante el RNR O4111034), requerida a juicio por

amenazas coactivas agravadas por el uso de armas (hecho I), daños y

violación de domicilio, en concurso ideal entre sí (hecho II); violación de

domicilio reiterada (hechos III, IV, V, VI, VII, VIII y IX), todos en concurso real

entre sí.

Intervienen en el proceso la fiscal, Dra. D.G., y el

defensor oficial, Dr. L.B..

RESULTA:

Los hechos:

Conforme surge de la imputación contenida en el

requerimiento de elevación a juicio de fs. 370/3 las pruebas reunidas, tengo

por probado que el 28 de marzo o el 4 de abril de 2016, mientras Carlos

Alberto N. se encontraba junto a M.S.Z. a bordo del

automóvil de alquiler que conducía, extrajo de abajo del asiento del

acompañante un arma de fuego, tipo pistola, y le refirió a Z. que si

seguía saludando a su compañero de trabajo L.M. le pegaría un

tiro en cada rodilla al hombre (hecho I).

Además, el 9 de junio de 2016, a las 7.05 horas, N. se

presentó en el domicilio de Z., emplazado sobre la Avenida Medrano

1174 de esta ciudad, y le ofreció alcanzarla hasta su lugar de trabajo, a lo

que Z. accedió.

Fecha de firma: 03/07/2019 Firmado por: C.A.R.M., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: J.M.B., SECRETARIO #31463259#237864545#20190625095300287 Durante el trayecto, ambos comenzaron a discutir y al llegar al

destino, N. le arrancó a la mujer las llaves de ingreso a su vivienda que

tenía en una de sus manos y la expulsó del auto mediante un empujón.

Mientras Z. se encontraba trabajando, el imputado

ingresó al domicilio de la nombrada y destruyó varios bienes, a saber: con un

cuchillo apuñaló varias veces un colchón y un almohadón con la inscripción

te amo

; luego, manchó con sangre una mesa, rompió perfumes, un espejo,

diversos discos de música, un florero y vasos. En fin, desordenó el lugar y

arrojó tanto las llaves con las que había ingresado como la ropa de la

damnificada al suelo.

Posteriormente, Z. llegó a su domicilio y pudo ingresar ya

que se encontraba en el lugar el encargado. Luego, volvió a salir y a su

regreso, N. la estaba esperando en la puerta del edificio, por lo que ella

le refirió “¿qué haces acá? No te quiero ni ver” e ingresó al edificio (hecho II).

También tengo por probado que el 25 de junio de 2016, entre

las 22.00 y las 3.00 horas del día siguiente, N. ingresó al edificio de

Z. sin autorización y dejó al lado de la puerta de la vivienda de la

nombrada un sobre que contenía una nota y una foto de ella rota (hecho III).

Además, entre el 26 de junio y el 15 de julio de 2016, N.

ingresó nuevamente al edificio de la damnificada sin autorización.

En esa oportunidad, escribió en la puerta de ingreso del

departamento de Z. “en esta casa vive una mentirosa, puta”; mientras

que en el ascensor, sobre el aluminio “S. fácil” (hecho IV).

Del mismo modo, N. ingresó sin autorización al edificio

en el que vive Z. en el período comprendido entre la noche del sábado

16 de julio de 2016 y el día siguiente. Una vez en el interior, escribió en la

pared del 7º piso la frase “por no dar la cara cambias el n° hdp”.

Z. dio cuenta de que durante ese período se encontraba

de viaje, circunstancia que N. desconocía, y que seguramente el

imputado intentó localizarla telefónicamente y al no lograrlo supuso que

había cambiado el número de teléfono (hecho V).

Fecha de firma: 03/07/2019 Firmado por: C.A.R.M., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: J.M.B., SECRETARIO #31463259#237864545#20190625095300287 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 26 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 2034/2017/TO1 De igual modo, N. ingresó sin autorización al edificio

durante la noche del sábado 20 de agosto de 2016 y la madrugada del día

siguiente.

En esa oportunidad, dibujó en el pasillo del piso séptimo y en

el ascensor una imagen de escatológica, de la torre E. introducida en un

ano.

Ello, en referencia al viaje a Francia que había realizado

Z. (hecho VI).

Ingresó nuevamente al edificio de la víctima durante la noche

del 29 de octubre de 2016 y la madrugada siguiente.

En esa oportunidad, ensució con materia fecal el picaporte y la

puerta de ingreso a la vivienda de Z. (hecho VII).

Hizo lo propio al edificio de la víctima, también sin contar con

autorización para ello, durante la noche del sábado 19 de noviembre de 2016

y la madrugada del día siguiente.

Al igual que en los hechos anteriores, se acercó a la puerta de

la vivienda de Z. y dejó allí un ramo de jazmines (hecho VIII).

Por último, también ingresó al edificio la noche del 9 de

diciembre de 2016, colocó en la puerta de la vivienda el cesto de residuos del

...

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