Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 26 DE LA CAPITAL FEDERAL, 26 de Agosto de 2019, expediente CCC 073257/2018/TO01

Fecha de Resolución26 de Agosto de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 26 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 26 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 73257/2018/TO1 Buenos Aires, 23 de agosto de 2019.-

VISTA:

Estas causas nros. 5570 (lex n° 9376/2018), 5645 (lex n° 64.558/2016) y 5844 (lex n° 73.257/2018), del registro de este Tribunal Oran en lo Criminal y Correccional n° 26, seguidas a D.A.B., argentino, nacido en Posadas, Pcia. Misiones el 26 de abril de 1987, hijo de J. de la Cruz y de Leocaria Azar, soltero, con instrucción primaria, changarín, con domicilio real en Almafuerte 1184, Guernica, Pcia. Bs. As., actualmente detenido y alojado en el Complejo Penitenciario Federal CABA, P.. Pol. R.H. 311058 y de Reincidencia T. 4750417, por los delitos de robo agravado por el uso de armas en grado de tentativa; amenazas coactivas agravadas por el uso de arma de fuego y por tener por finalidad compeler a una persona a abandonar su lugar de residencia y robo agravado por el uso de armas, respectivamente.

Intervienen en el proceso la Sra. Fiscal General Dra.

D.G. de la Fiscalía n° 6, el Sr. Defensor Público Coadyuvante, Dr. L.B., de la Defensoría Oficial n° 6 y quien preside las actuaciones Dra. MARTA A. YUNGANO, con la asistencia del Sr. Secretario Dr. J.M.B..

RESULTA:

1) REQUERIMIENTOS DE ELEVACION A JUICIO CAUSA N° 5570 (lex n° 9376/2018)

A fs. 256/260 la Sra. Fiscal de Primera Instancia expresó

“…Se le imputa a J.S.G., D.A.B., C.L. WON y M.A. GALLEGOS la comisión del hecho ocurrido el día 17 de febrero de 2018, a las 20.30 horas aproximadamente, en el local comercial ubicado en la calle Junín 610 de esta ciudad, ocasión en la cual intentaron sustraer mediante violencia en las personas, con el empleo de un arma impropia Fecha de firma: 26/08/2019 Alta en sistema: 28/08/2019 Firmado por: MARTA AURORA YUNGANO, JUEZ Firmado(ante mi) por: J.M.B., SECRETARIO #32918128#242351067#20190823125850666 (elemento punzante de metal) en co autoría, bienes del local comercial mencionado.

Asimismo, también se les enrostra siempre en co autoría, haber roto uno de los vidrios de la exhibidora del local en cuestión y, por último, haber agredido al Oficial 3° N.R.P. en razón de su función, resistiendo su accionar y provocándole lesiones que en principio han de estimarse de entidad leve.

En efecto, con fecha 17 de febrero de 2018, a las 20.30 horas, en circunstancias en que S.D.L., empleado del quisco ubicado en la calle Junín 610 de esta Ciudad, se encontraba en el interior del comercio observando hacia la vía pública detrás del mostrador, logró observar que ingresó al comercio J.S.G. quien, sin mediar palabra, arrancó dos caretas de cotillón que se encontraban colgadas exhibidas en la parte superior de la heladera batea.

Atento a ello, S.D.L. le solicitó a J.S.G. que devuelva las caretas o que las abonara, a lo que ésta le respondió que no le daría nada, irrumpiendo en ese momento de forma violenta al local comercial C.L.W., quien con un elemento punzante de metal comenzó a insultar y amenazar a S.D.L., el cual por temor a sufrir daños físicos retrocedió

unos pasos, siendo esta circunstancia aprovechada por C.L.W. para golpear el vidrio de la exhibidora hasta romperlo.

En esa situación S.D.L. se percató de la presencia de D.A.B. y M.A.G., uno de los cuales utilizaba muletas, quienes también lo increparon e intentaron golpearlo, por lo que el damnificado optó por ingresar nuevamente al comercio y comunicarse telefónicamente al 911.

Así se hizo presente en el lugar el oficial 3° N.R.P. de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires, quien interiorizado de lo acontecido instó a los acusados a que devolvieran Fecha de firma: 26/08/2019 Alta en sistema: 28/08/2019 Firmado por: MARTA AURORA YUNGANO, JUEZ Firmado(ante mi) por: J.M.B., SECRETARIO #32918128#242351067#20190823125850666 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 26 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 73257/2018/TO1 las máscaras que habían sustraído, lo que en principio habrían realizado, no obstante lo cual seguidamente los cuatro encausados increparon nuevamente al damnificado y agredieron de forma violenta al personal policial, que se interpuso entre los primeros y el damnificado a efectos de preservar la integridad física de la víctima.

Luego, los imputados atacaron en conjunto al agente policial y una de las acusadas se le colgó de su cuello, mientras era agredido con golpes en su hombro derecho con el caño de metal, en su rostro con un puñetazo, en su cabeza con una de las muletas que utilizaba uno de los encausados e incluso le arrojaron una botella que impactó en su pecho y reventó, ocasionándole lesiones los trozos de vidrio de dicho elemento.

En consecuencia, y frente a la hostilidad de los acusados, el personal policial debió retroceder en pos de resguardar la integridad física de la víctima y la propia, solicitando colaboración, por lo que se hicieron presentes en el lugar otros móviles de la Seccional 5ª., de la Policía de la Ciudad, donde formalizaron la detención de los acusados y secuestraron tanto las caretas que intentaran sustraer como el caño de metal utilizado para agredir a la víctima y al personal policial.

Ha de destacarse que producto del accionar denunciado se produjeron al oficial 3° N.R.P. las lesiones que fueran descriptas como “excoriación en hombro derecho”, en principio de carácter leve y que en el momento de formalizarse sus detenciones la imputada J.S.G. manifestó llamarse “X.V.”…, la imputada C.L.M. se identificó como “C.W., mientras los imputados D.A.B. y M.A.G., una vez esposados comenzaron a autoagredirse golpeando una persiana con la cabeza mientras insultaban y amenazaban a los efectivos policiales, refiriéndoles que los iban a acusar de haberlos golpeado…”.

Fecha de firma: 26/08/2019 Alta en sistema: 28/08/2019 Firmado por: MARTA AURORA YUNGANO, JUEZ Firmado(ante mi) por: J.M.B., SECRETARIO #32918128#242351067#20190823125850666 Calificó el hecho...

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