Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 22 DE LA CAPITAL FEDERAL, 26 de Febrero de 2019, expediente CCC 054525/2016/TO01

Fecha de Resolución26 de Febrero de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 22 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación nos Aires, 26 de febrero de 2019.

Y VISTOS:

Para dictar sentencia en la causa N° 5543 (54525/2016) de este

Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional nro. 22, elevada a juicio por el

delito de homicidio culposo, a J. J. F., de nacionalidad

argentina, DNI n° 20.467.403, nacido el día 13 de noviembre de 1968 en

F., provincia de Buenos Aires, hijo de J. y de Lucila

Galván, identificado mediante legajo nro. C.I 12.769.979 de la Policía

Federal, con domicilio en Río Pilcomayo 444, F., provincia

de Buenos Aires y constituido junto con su defensa en Paraná 326 7° piso

dpto 28 de esta ciudad.

Intervienen en el proceso, representando al Ministerio Público

Fiscal, el Sr. Fiscal M. y en la defensa del procesado

el Dr. M.° 49 F° 554 CPACF).

RESULTA:

  1. Requerimiento

    Al comienzo de la audiencia de debate se dio lectura del requerimiento de

    elevación a juicio de fs 278/282, en el que se atribuyó a J.

    que el día 5 de septiembre de 2016, alrededor de las 17:30 hs violó el deber

    objetivo de cuidado al no respetar la prioridad de paso de los peatones,

    cuando efectuó una maniobra de giro mientras conducía la Unidad 108 de

    la luena de colectivos 148, con dominio colocado JXP308, pues al doblar a

    la derecha desde la Avenida Juan de G. hacia la calle Lima embistió a

    D., quien se encontraba cruzando la última de las

    Fecha de firma: 26/02/2019 Firmado por: P.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: CAROLINA I.P. #31213183#227897039#20190226113216122 Poder Judicial de la Nación arterias mencionadas.

    En virtud de ello, la damnificada sufrió politraumatismos, y fue trasladada

    al Hospital Ramos Mejia, donde falleció al día siguiente –politraumatismo.

    Contusión y hemorragia cerebromeníngea.

  2. Indagatoria

    Concedida la palabra al imputado J., éste se negó a

    declarar, motivo por el cual se procedió a dar lectura a su declaración

    indagatoria brindada en sede instructoria.

    En dicha oportunidad, el encausado refirió: “niego el hecho, cuyo descargo

    he volcado en un escrito adjunto. Por otra parte quiero decir que no

    contestaré preguntas del tribunal”. Asimismo, en el escrito adjunto

    manifestó:

    Hace 24 años que soy chofer de colectivos y nunca tuve causa

    USO OFICIAL penal por ningún accidente.

    No tengo antecedentes penales por ningún motivo.

    El día del hecho había terminado la vuelta en Plaza

    Constitución y debía ir a la parada de donde sale el regreso a provincia, que

    es a una cuadra aproximadamente de donde ocurrió el hecho.

    El día del hecho llovía y aún estaba oscuro.

    Estaba detenido en el semáforo a la espera de la luz

    habilitante. Cuando el semáforo me permite retomar la marcha, arranco en

    forma lenta y comienzo el giro.

    Antes de comenzar la maniobra de giro miro hacia ambos

    lados para ver si cruzaba gente. Desde mi izquierda veo que había una

    Fecha de firma: 26/02/2019 Firmado por: P.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: CAROLINA I.P. #31213183#227897039#20190226113216122 Poder Judicial de la Nación señora en la esquina opuesta que iba muy tapada por el paraguas.

    Por la distancia que existe entre el lugar de giro y la esquina

    donde estaba la señora, aún a muy baja velocidad, podía realizar la

    maniobra de giro sin peligro alguno.

    Cuando estoy girando y con la trompa del colectivo ya

    pasando la senda peatonal, la señora cambia la forma de cruce, se aleja de

    la senda peatonal como en diagonal hacia adelante y también cambió su

    paso, de caminar pasó a un trote o pequeña corrida. Es decir que cambió la

    dirección y la forma de cruce.

    De haber continuado la señora el cruce de la forma en que lo

    venía haciendo y de la manera en que yo la vi, el colectivo habría

    terminado de girar y ella continuaría por la senda peatonal sin problema ni

    peligro alguno.

    USO OFICIAL Cuando la señora cambia la forma de cruzar y trata de pasar

    por delante del colectivo, como dije en una especie de diagonal, me veo

    obligado a frenar y por la forma de hamacarse ante la frenada en seco,

    golpea con el parabrisas y cae.

    El colectivo iba muy despacio, por es razón pude frenar en el

    mismo ligar sin arrollar a la señora.

    Así sucedieron los hechos.

    La descripción del hecho que vengo a hacer no es un intento

    de compensar responsabilidades, sino de explicar que lamentablemente, en

    una situación muy dinámica como es el tránsito, el súbito cambio de

    desplazamiento y la velocidad de cruce que hizo la señora cambió por

    Fecha de firma: 26/02/2019 Firmado por: P.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: CAROLINA I.P. #31213183#227897039#20190226113216122 Poder Judicial de la Nación completo la relación de tiempo y espacio para la maniobra.

    Desconozco qué llevó a la señora a salir de la senda en

    diagonal y acelerar el cruce, al mismo momento en el que yo ya estaba con

    la maniobra ya avanzada.

    Por lo expuesto es que, más allá de la angustia que me causa lo

    ocurrido por la muerte de la señora, considero que no tengo responsabilidad

    en el hecho ya que ocurrió por una suma de circunstancias ajenas a mí.

    Es por todo ello que solicito a V.S. que al momento de

    resolver mi situación procesal dicte Sobreseimiento por no haber cometido

    el hecho que se me imputa…

    .

  3. Testigos Durante el debate declararon los testigos Aleandra Stefania

    Carderías Chico, L., L., Juan Carlos

    USO OFICIAL Sartarelli, en Ingeniero mecánico Auxiliar Superior de Segunda Juan

    Carlos Godoy, M. y el Ayudante Federico Graneros.

    Sus declaraciones se encuentran registradas en el soporte

    digital que acompaña al acta de debate. Por lo que, en razón de brevedad,

    para el conocimiento textual e inalterado de sus dichos se remite a la

    escucha de ese disco.

  4. Incorporación por lectura

    Se han incorporado al debate las siguientes pruebas:

    Testimonial: la declaración de N. de fs. 45 y 60 y de

    J. Maximiliano Aballay que luce a fs. 20. Instrumental: Acta de

    detención de fs. 3 y de secuestro de fs. 4. Pericial: El informe médico

    Fecha de firma: 26/02/2019 Firmado por: P.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: CAROLINA I.P. #31213183#227897039#20190226113216122 Poder Judicial de la Nación policial que da cuenta del estado psicofísico del encausado (fs. 28) Lo

    informado por el Departamento de Tanatología –Morgue Judiciala fs. 55,

    183 y 254, la Autopsia nro. 2802/16 correspondiente al cadáver de Delfia

    Beatriz Quintana (fs. 78/87) como así también el informe del Departamento

    Química Legal –Laboratorio de Análisis Clínicos(fs. 181), de Laboratorio

    de Toxicología y Química Legal de fs. 182 y del Departamento Química

    Legal – Laboratorio de Toxicologíade fs. 250/253. El informe técnico

    confeccionado por personal de la Sección Análisis de Imágenes,

    Superintendencia Federal de Tecnología de la Información y

    Comunicaciones de la P.F.A. (fs. 104/107). El peritaje efectuado por

    personal de la División Ingeniería Vial Forense al colectivo línea 148

    interno 108, dominio JXP308 (fs. 150) así como también el practicado por

    el Ingeniero Mecánico J., perito en Accidentología Vial

    USO OFICIAL de la mencionada División (fs. 231/235). Documental: El inventario del

    ómnibus (fs. 7). Las constancias policiales de fs. 13, 26, 33, 44 y 56. Las

    copias de la documentación del vehículo secuestrado (fs. 37/42) Las copias

    del certificado de internación (fs. 47) Lo informado por la división

    Requerimientos Judiciales de Imágenes de la PFA (fs. 51 y 131) como así

    también por el Área División Expedientes Judiciales, Superintendencia de

    Comunicaciones y Servicios Técnicos de la Policía Metropolitana (fs. 65 y

    66). La copia de la Historia Clínica correspondiente a la occisa Q.

    (fs. 68/77). Lo informado por el Servicio Metereológico Nacional (fs. 96/99

    y 162/163). El informe elaborado por la empresa “El Nuevo Halcó” (fs.

    110/11, 227/229). Las copias de la licencia de conducir del encausado Frias

    Fecha de firma: 26/02/2019 Firmado por: P.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: CAROLINA I.P...

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