Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 22 DE LA CAPITAL FEDERAL, 26 de Febrero de 2019, expediente CCC 054525/2016/TO01
Fecha de Resolución | 26 de Febrero de 2019 |
Emisor | TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 22 DE LA CAPITAL FEDERAL |
Poder Judicial de la Nación nos Aires, 26 de febrero de 2019.
Y VISTOS:
Para dictar sentencia en la causa N° 5543 (54525/2016) de este
Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional nro. 22, elevada a juicio por el
delito de homicidio culposo, a J. J. F., de nacionalidad
argentina, DNI n° 20.467.403, nacido el día 13 de noviembre de 1968 en
F., provincia de Buenos Aires, hijo de J. y de Lucila
Galván, identificado mediante legajo nro. C.I 12.769.979 de la Policía
Federal, con domicilio en Río Pilcomayo 444, F., provincia
de Buenos Aires y constituido junto con su defensa en Paraná 326 7° piso
dpto 28 de esta ciudad.
Intervienen en el proceso, representando al Ministerio Público
Fiscal, el Sr. Fiscal M. y en la defensa del procesado
el Dr. M.° 49 F° 554 CPACF).
RESULTA:
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Requerimiento
Al comienzo de la audiencia de debate se dio lectura del requerimiento de
elevación a juicio de fs 278/282, en el que se atribuyó a J.
que el día 5 de septiembre de 2016, alrededor de las 17:30 hs violó el deber
objetivo de cuidado al no respetar la prioridad de paso de los peatones,
cuando efectuó una maniobra de giro mientras conducía la Unidad 108 de
la luena de colectivos 148, con dominio colocado JXP308, pues al doblar a
la derecha desde la Avenida Juan de G. hacia la calle Lima embistió a
D., quien se encontraba cruzando la última de las
Fecha de firma: 26/02/2019 Firmado por: P.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: CAROLINA I.P. #31213183#227897039#20190226113216122 Poder Judicial de la Nación arterias mencionadas.
En virtud de ello, la damnificada sufrió politraumatismos, y fue trasladada
al Hospital Ramos Mejia, donde falleció al día siguiente –politraumatismo.
Contusión y hemorragia cerebromeníngea.
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Indagatoria
Concedida la palabra al imputado J., éste se negó a
declarar, motivo por el cual se procedió a dar lectura a su declaración
indagatoria brindada en sede instructoria.
En dicha oportunidad, el encausado refirió: “niego el hecho, cuyo descargo
he volcado en un escrito adjunto. Por otra parte quiero decir que no
contestaré preguntas del tribunal”. Asimismo, en el escrito adjunto
manifestó:
Hace 24 años que soy chofer de colectivos y nunca tuve causa
USO OFICIAL penal por ningún accidente.
No tengo antecedentes penales por ningún motivo.
El día del hecho había terminado la vuelta en Plaza
Constitución y debía ir a la parada de donde sale el regreso a provincia, que
es a una cuadra aproximadamente de donde ocurrió el hecho.
El día del hecho llovía y aún estaba oscuro.
Estaba detenido en el semáforo a la espera de la luz
habilitante. Cuando el semáforo me permite retomar la marcha, arranco en
forma lenta y comienzo el giro.
Antes de comenzar la maniobra de giro miro hacia ambos
lados para ver si cruzaba gente. Desde mi izquierda veo que había una
Fecha de firma: 26/02/2019 Firmado por: P.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: CAROLINA I.P. #31213183#227897039#20190226113216122 Poder Judicial de la Nación señora en la esquina opuesta que iba muy tapada por el paraguas.
Por la distancia que existe entre el lugar de giro y la esquina
donde estaba la señora, aún a muy baja velocidad, podía realizar la
maniobra de giro sin peligro alguno.
Cuando estoy girando y con la trompa del colectivo ya
pasando la senda peatonal, la señora cambia la forma de cruce, se aleja de
la senda peatonal como en diagonal hacia adelante y también cambió su
paso, de caminar pasó a un trote o pequeña corrida. Es decir que cambió la
dirección y la forma de cruce.
De haber continuado la señora el cruce de la forma en que lo
venía haciendo y de la manera en que yo la vi, el colectivo habría
terminado de girar y ella continuaría por la senda peatonal sin problema ni
peligro alguno.
USO OFICIAL Cuando la señora cambia la forma de cruzar y trata de pasar
por delante del colectivo, como dije en una especie de diagonal, me veo
obligado a frenar y por la forma de hamacarse ante la frenada en seco,
golpea con el parabrisas y cae.
El colectivo iba muy despacio, por es razón pude frenar en el
mismo ligar sin arrollar a la señora.
Así sucedieron los hechos.
La descripción del hecho que vengo a hacer no es un intento
de compensar responsabilidades, sino de explicar que lamentablemente, en
una situación muy dinámica como es el tránsito, el súbito cambio de
desplazamiento y la velocidad de cruce que hizo la señora cambió por
Fecha de firma: 26/02/2019 Firmado por: P.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: CAROLINA I.P. #31213183#227897039#20190226113216122 Poder Judicial de la Nación completo la relación de tiempo y espacio para la maniobra.
Desconozco qué llevó a la señora a salir de la senda en
diagonal y acelerar el cruce, al mismo momento en el que yo ya estaba con
la maniobra ya avanzada.
Por lo expuesto es que, más allá de la angustia que me causa lo
ocurrido por la muerte de la señora, considero que no tengo responsabilidad
en el hecho ya que ocurrió por una suma de circunstancias ajenas a mí.
Es por todo ello que solicito a V.S. que al momento de
resolver mi situación procesal dicte Sobreseimiento por no haber cometido
el hecho que se me imputa…
.
-
Testigos Durante el debate declararon los testigos Aleandra Stefania
Carderías Chico, L., L., Juan Carlos
USO OFICIAL Sartarelli, en Ingeniero mecánico Auxiliar Superior de Segunda Juan
Carlos Godoy, M. y el Ayudante Federico Graneros.
Sus declaraciones se encuentran registradas en el soporte
digital que acompaña al acta de debate. Por lo que, en razón de brevedad,
para el conocimiento textual e inalterado de sus dichos se remite a la
escucha de ese disco.
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Incorporación por lectura
Se han incorporado al debate las siguientes pruebas:
Testimonial: la declaración de N. de fs. 45 y 60 y de
J. Maximiliano Aballay que luce a fs. 20. Instrumental: Acta de
detención de fs. 3 y de secuestro de fs. 4. Pericial: El informe médico
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informado por el Departamento de Tanatología –Morgue Judiciala fs. 55,
183 y 254, la Autopsia nro. 2802/16 correspondiente al cadáver de Delfia
Beatriz Quintana (fs. 78/87) como así también el informe del Departamento
Química Legal –Laboratorio de Análisis Clínicos(fs. 181), de Laboratorio
de Toxicología y Química Legal de fs. 182 y del Departamento Química
Legal – Laboratorio de Toxicologíade fs. 250/253. El informe técnico
confeccionado por personal de la Sección Análisis de Imágenes,
Superintendencia Federal de Tecnología de la Información y
Comunicaciones de la P.F.A. (fs. 104/107). El peritaje efectuado por
personal de la División Ingeniería Vial Forense al colectivo línea 148
interno 108, dominio JXP308 (fs. 150) así como también el practicado por
el Ingeniero Mecánico J., perito en Accidentología Vial
USO OFICIAL de la mencionada División (fs. 231/235). Documental: El inventario del
ómnibus (fs. 7). Las constancias policiales de fs. 13, 26, 33, 44 y 56. Las
copias de la documentación del vehículo secuestrado (fs. 37/42) Las copias
del certificado de internación (fs. 47) Lo informado por la división
Requerimientos Judiciales de Imágenes de la PFA (fs. 51 y 131) como así
también por el Área División Expedientes Judiciales, Superintendencia de
Comunicaciones y Servicios Técnicos de la Policía Metropolitana (fs. 65 y
66). La copia de la Historia Clínica correspondiente a la occisa Q.
(fs. 68/77). Lo informado por el Servicio Metereológico Nacional (fs. 96/99
y 162/163). El informe elaborado por la empresa “El Nuevo Halcó” (fs.
110/11, 227/229). Las copias de la licencia de conducir del encausado Frias
Fecha de firma: 26/02/2019 Firmado por: P.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: CAROLINA I.P...
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