Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 19 DE LA CAPITAL FEDERAL, 26 de Septiembre de 2018, expediente CCC 010860/2014/TO01

Fecha de Resolución26 de Septiembre de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 19 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 19 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 10860/2014/TO1 Buenos Aires, 25 de septiembre de 2.018.-

Y VISTOS:

Reunido el Sr. Presidente de Juicio, integrante del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 19, Dr.

HORACIO ERNESTO BARBERIS, con la presencia del Sr.

Secretario de Cámara, Dr. M.C.E.G.M., para dictar sentencia en esta causa N°

10.860/2014 (nro. interno 4.601) que por el delito de robo agravado por haber sido cometido en poblado y en banda, se sigue a FABRICIO PAZ HERETICHE AYLLON, de nacionalidad argentina, titular del D.N.

  1. n° 36.686.479, nacido el 7 de febrero de 1.992 en esta ciudad, hijo de G.A.H. y de M.A.A., soltero, en pareja, con estudios secundarios incompletos, de profesión ayudante de cocina, con domicilio real en la calle S.F. 695, Ituzaingo, Pcia. de Buenos Aires, actualmente alojado en el Complejo Penitenciario Federal N° 2, con domicilio constituido en la sede de la Defensoría Pública Oficial N° 9 sita en Diagonal Roque Sáenz Peña 1190, registro policial R.H. 300.369, con antecedentes penales condenatorios.

Intervienen en el proceso la representante del Ministerio Público Fiscal, Dra. M.L.R.D., y la defensa del imputado, Defensor Público Oficial, Dr. Ramiro J.

Rúa.

RESULTA:

Fecha de firma: 26/09/2018 Firmado por: H.E.B., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.C.E.G.M., SECRETARIO DE CAMARA #26784661#217193435#20180925131937449

I) DEL REQUERIMIENTO DE ELEVACIÓN A JUICIO. A fs. 202/204 obra el requerimiento de elevación a juicio, por el que el Sr. Fiscal de Instrucción, Dr. P.D.A., le atribuyó a F.P.H.A. el siguiente suceso: “… que el día 11 de febrero de 2014, a las 4:00 horas aproximadamente, sobre el puente peatonal de la estación Liniers de la línea de ferrocarriles General Sarmiento, ubicado en la intersección de las calles R.F. y T.G. de esta ciudad, el procesado, junto con la menor C.J.S., quien en esos momentos contaba con 16 años de edad -declarada rebelde a fs. 162/9- y otro sujeto de sexo masculino aún no identificado, previo acuerdo de voluntades y distribución de tareas, sustrajeron mediante violencia física en las personas a D.H. do Nacimiento Choquevillca, sus efectos de valor. Para ello, F.P.H.A. junto a la menor S. se acercaron a la víctima y le exigieron la entrega de dinero con frases tales como “…dame dos pesos, dame dos pesos…” accediendo a ello el damnificado por temor a su integridad física. Fue así, que la acriminada prófuga se alejó del lugar, momentos en que el procesado de manera amenazante comenzó a exigirle a la víctima la entrega de sus pertenencias. En esos instantes, de manera sorpresiva y por detrás de la víctima, se presentó el tercer delincuente aún no individualizado, el cual, junto al procesado, le exigieron sus pertenencias con frases tales como “dame toda la plata, dame todo lo que tenés…”, para luego H.A. arrebatarle su bolso en el cual contenía ropa de Fecha de firma: 26/09/2018 Firmado por: H.E.B., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.C.E.G.M., SECRETARIO DE CAMARA #26784661#217193435#20180925131937449 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 19 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 10860/2014/TO1 trabajo. Ante ello, el damnificado le solicitó su devolución a cambio de unos papeles de folletería que tenía en su bolso y que engañosamente le indicó que entre los mismos había dinero, accediendo a ello los imputados que luego se dieron a la fuga siendo perdidos de vista. Posteriormente, D.H.D.N.C. dio aviso de lo ocurrido a personal policial que circulaba por el lugar, el cual, con la colaboración del personal de monitoreo M8, logró la detención del procesado H.A. y de su cómplice C.J.S. sobre la calle Viedma frente al número 6848 y 6868 respectivamente, de esta ciudad, sin llegar a recuperar los papeles de folletería y los dos pesos expoliados.-”

II) DEL DEBATE.-

  1. LA INDAGATORIA.-

    Al inicio del desarrollo del juicio oral y público, F.P.H.A. manifestó “Me hago cargo, soy responsable de todo el hecho descripto. Pido disculpas y estoy totalmente arrepentido. El día que me detuvieron yo estaba trabajando. Solamente delinquí cuando consumía. Vengo de una familia que me dio educación. No me falta nada. Lo hacía cuando estaba pasado de drogas, cuando estaba mal en la calle”.

  2. INCORPORACIÓN POR LECTURA.-

    1. - D.H.D.N.C.: quien a fs. 1/vta. y 72/vta. declaró que el día 11 de febrero de 2.014, Fecha de firma: 26/09/2018 Firmado por: H.E.B., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.C.E.G.M., SECRETARIO DE CAMARA #26784661#217193435#20180925131937449 alrededor de las 4:00 horas, mientras cruzaba el puente peatonal de la estación de tren de Liniers para tomar el colectivo de la línea 21, fue sorprendido por una persona de sexo masculino, robusta, pelo de color negro, de aproximadamente 1,80 metros de altura, tez trigueña, entre 18-22 años de edad, vestido con pantalón de jean de color azul, una remera color gris; quien se encontraba acompañado por una mujer delgada, de pelo largo de color rubio, de entre 18 -22 años de edad, vestida con un buzo deportivo de color blanco.

      Que dichos sujetos comenzaron a pedirle dinero, refiriéndole “Dame dos pesos, dame dos pesos”. Por temor a su integridad física le entregó la suma de dos pesos. Observó que la persona de sexo femenino se retiró del lugar, a la vez que el masculino se le acercó de manera atemorizante exigiéndole la entrega de sus pertenencias. Que en ese momento fue sorprendido por la espalda por otro hombre más robusto que el primero. Que ambos comenzaron a exigirle la entrega de todo lo que llevaba “Dame toda la plata, dame todo lo que tengas” (SIC). Que en ese momento le arrebataron el bolso, por lo que le gritó a los delincuentes que no se llevaran el bolso. Que mientras éstos se daban a la fuga por el puente, arrojaron el bolso al suelo y los perdió de vista. Que luego, observó un patrullero y comentó lo sucedido. Posteriormente, declaró ante el Juzgado de Instrucción y ratificó el contenido de la declaración que antecede. A preguntas concretas de S.S., respondió

      que luego de entregarle un billete de dos pesos a la pareja compuesta por un masculino que tenía un vendaje en uno de sus brazos y un femenino, la joven se alejó del lugar y no volvió a Fecha de firma: 26/09/2018 Firmado por: H.E.B., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.C.E.G.M., SECRETARIO DE CAMARA #26784661#217193435#20180925131937449 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 19 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 10860/2014/TO1 verla. Que el sujeto masculino que integraba dicha pareja se quedó

      a su lado y junto con otro individuo que se le acercó por su espalda comenzaron a exigirle la entrega de sus pertenencias. Que el joven que tenía el vendaje le arrebató su bolso, el cual portaba colgado de uno de sus hombros. Que luego de ello las personas comenzaron a alejarse del lugar, previo a lo cual les entregó a cambio de su bolso unos papeles que tenía en el bolsillo de su pantalón. Refirió que dentro del bolso de color negro, llevaba únicamente ropa de trabajo y que cuando les pidió a los asaltantes su devolución los tentó

      mostrándole unos papeles y diciéndoles que allí había dinero, lo cual no era cierto ya que se trataba de folletería de propaganda.

      Que fue así como recuperó su bolso y perdió luego de vista a los asaltantes, a quienes no volvió a ver. Aclaró que lo único que no recuperó fue el billete de dos pesos.

    2. - Agente L.O. (fs. 4/vta.): Que durante el día mencionado, alrededor de las 4 horas, mientras recorría el ejido jurisdiccional por la calle Rivadavia y C., fue alertado por el Departamento Federal de Emergencias que en la pasarela de las vías del ferrocarril Sarmiento, se encontraban tres personas cometiendo un ilícito en perjuicio de un masculino. Que una vez que arribó al lugar, tomó contacto con D.H.D.N.C. quien le manifestó que tres personas le habían robado en el puente peatonal aludido y que se habían dado a la fuga en dirección a la parada del Metrobus sito en las calles Viedma y Madero. Por ese motivo, se dirigió a aquél lugar luego de decirle al damnificado que lo esperara allí y modulara Fecha de firma: 26/09/2018 Firmado por: H.E.B., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.C.E.G.M., SECRETARIO DE CAMARA #26784661#217193435#20180925131937449 informando la descripción de los sujetos intervinientes en el suceso delictivo. Que uno de los mismos, el que se encontraba vestido con pantalón de jean y remera gris, se encontraba en la parada mencionada. Consecuentemente, se procedió a demorarlo hasta el arribo de otro móvil policial, a cargo del Cabo 1ro. S., quien después de tomar conocimiento de lo sucedido, labró las actas de detención y notificación de derechos frente a dos testigos de actuación. Seguidamente, se dirigió rápidamente a la intersección de Rivadavia y Carhue, donde se encontraba el damnificado, y lo trasladó a la Seccional interviniente.

    3. - Ayudante L.S. (fs. 5/vta.), refirió que en aquél momento, mientras recorría el radio jurisdiccional en su condición de Jefe de Servicio externo del cuarto II, fue desplazado por el Departamento Federal de Emergencias a la calle Viedma y Cuzco a solicitud del M8, por dos masculinos y un femenino cometiendo un ilícito. Que luego de que le informaran las características de dichos individuos, detuvo la marcha de una mujer de similares características, siendo informado por el operador del M8 que se trataba del femenino que había cometido el hecho ilícito. Ante la presencia de dos testigos hábiles, procedió a la detención y lectura de derechos y garantías de quien manifestó llamarse C.A.S. y tener 19 años de edad. Que en el mismo lugar se encontraba el móvil 244 que tenía demorada a un masculino que también estaba acusada del mismo ilícito.

    4. - Cabo 1ro. C.D.S. (fs. 6/vta.) quien explicó que el día mencionado, alrededor de las 4:00 horas, fue Fecha de firma: 26/09/2018 Firmado por: H.E.B...

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